Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas para el ejercicio fiscal 2015, publicado el 24 de diciembre de 2014

Fecha de disposición13 Mayo 2015
Fecha de publicación13 Mayo 2015
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 9 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados podrá señalar en el Presupuesto de Egresos de la Federación, los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia; asimismo, que en el Presupuesto de Egresos se señalarán los criterios generales a los cuales se sujetarán las Reglas de Operación de los programas;

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos el Programa de Opciones Productivas, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las Reglas de Operación emitidas y las demás disposiciones vigentes aplicables;

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las Reglas de Operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el 24 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas, para el ejercicio fiscal 2015;

Que en términos de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se cuenta con el oficio número 312.A.- 000869 de fecha 11 de marzo de 2015, mediante el cual, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Opciones Productivas, y

Que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, mediante oficio número COFEME/15/1103 de fecha 8 de abril de 2015, ha emitido el dictamen regulatorio correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE OPCIONES PRODUCTIVAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 24 DE DICIEMBRE DE 2014

ÚNICO.- SE MODIFICAN los numerales 3.5.3 Fondo de Capital para el Desarrollo Social, párrafos primero y tercero; 11. Enfoque de Derechos, último párrafo; el Anexo 1 Glosario; Anexo 6-B Modelo de Convenio de Concertación para la modalidad de Impulso Productivo con aportación estatal o municipal; Anexo 6-C Modelo de Convenio de Ejecución; Anexo 14-A Modelo de Convenio de Concertación con Instituciones de educación media superior y superior y/o Incubadoras de Empresas con Plan de Intervención de Asistencia Técnica y Acompañamiento (Pre-incubación); y Anexo 14-B Modelo de Convenio de Concertación para la modalidad de Asistencia Técnica y Acompañamiento (Incubación de proyectos).

SE ADICIONA al numeral 11. Enfoque de Derechos, un segundo párrafo, recorriéndose el actual segundo párrafo para ser tercero del Programa de Opciones Productivas para el ejercicio fiscal 2015, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2014, para quedar como sigue:

  1. a 3.5.2. ...

    3.5.3 Fondo de Capital para el Desarrollo Social

    Son apoyos económicos capitalizables para empresas, intermediarios financieros no bancarios, administradores de fondos y fondos de capital de riesgo, que permitan la implementación de proyectos, ejecutados a través de la banca de desarrollo, de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural Forestal y Pesquero y/o de fideicomisos públicos de Fomento del Gobierno Federal.

    ...

    Los proyectos tendrán un plazo máximo de capitalización de hasta 15 años que dependerá de la rentabilidad del proyecto.

    3.5.4. a 10. ...

  2. Enfoque de Derechos

    ...

    De igual manera, se fomentará que las y los servidores públicos involucrados en la operación del Programa, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las y los beneficiarios, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población objetivo, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.

    ...

    En cumplimiento a la Ley General de Víctimas y atendiendo las Reglas de Operación vigentes, se favorecerá el acceso al Programa de las personas inscritas en el Registro Nacional de Víctimas que se encuentren en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, rezago y marginación, mediante solicitud escrita, fundada y motivada que emane de autoridad competente.

  3. a 12.2. ...

Anexo 1

Glosario

Activos Productivos: a Capital de Trabajo: ...

Capitalizable: Es la reinversión del recurso en el proyecto, que puede efectuarse desde el primer ciclo productivo y hasta el término del plazo establecido; permite incrementar el patrimonio del grupo social o empresa, ya sea mediante la compra de activos o depósito en entidades de ahorro y crédito de la banca social, reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; en el caso de la modalidad de Impulso Productivo se hará tomando parte de los ingresos generados por las ventas de los productos y en la modalidad de Fondo de Capital para el Desarrollo Social con la retención parcial o total de las utilidades de la empresa, según esté determinado en su estatuto el fondo de reserva.

CENFEMUL: a Proyecto Productivo: ...

Proyecto productivo sustentable: Se considera que un proyecto productivo es sustentable cuando los ingresos y costos esperados garantizan la capitalización de la inversión, actualizando el valor del dinero en el tiempo. Además habrá de preservar el equilibrio ecológico, la protección del medio ambiente y el aprovechamiento de recursos naturales, para mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

Reglas: a Vivienda: ...

ANEXO 2 a ANEXO 6-A ...
ANEXO 6-B

MODELO DE CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA LA MODALIDAD DE IMPULSO PRODUCTIVO CON APORTACIÓN ESTATAL O MUNICIPAL

CONVENIO DE CONCERTACIÓN QUE SUSCRIBEN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL POR CONDUCTO DE SU DELEGADO(A) FEDERAL EN EL ESTADO DE _____________, EL O LA C._________________; A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDESOL"; Y POR LA OTRA PARTE EL ESTADO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL O LA C. ______________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ESTADO", Y POR OTRA PARTE EL MUNICIPIO LIBRE Y SOBERANO DE _______________, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL O LA C. ______________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO" (según sea el caso de quien vaya aportar recurso para la ejecución del proyecto) Y POR LA OTRA PARTE, "EL GRUPO SOCIAL U ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES Y PRODUCTORAS" INTEGRADO POR LAS Y LOS CC. _________, __________, __________, _________ A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE SOCIAL EL O LA C.______________ Y QUE TIENE POR OBJETO PRECISAR LAS BASES Y OBLIGACIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO PRODUCTIVO DENOMINADO "____________________________" BAJO LA MODALIDAD DE IMPULSO PRODUCTIVO DEL PROGRAMA OPCIONES PRODUCTIVAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. - La Ley General de Desarrollo Social contempla dentro de sus objetivos el propiciar las condiciones para garantizar el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social, promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución, mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza, así como desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detonar las potencialidades productivas; así como abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud, así como fortalecer el desarrollo regional equilibrado y garantizar las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de Desarrollo Social.

  2. - Conforme a lo establecido en el Artículo _____ del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 dentro de los programas de subsidios del Ramo...

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