Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Operación de la acción institucional de Fomento a la Transición y la Sustentabilidad Energética en MIPYMES de la Ciudad de México

10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 de septiembre de 2020

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Ciudad de México a 03 de septiembre del 2020

(Firma)

______________________________________________ LIC. FADALALA AKABANI HNEIDE SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

LIC. FADALALA AKABANI HNEIDE, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 122 apartado A, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15 apartados A y B, 16 apartados A numeral 3 y 4, F numeral 4 inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 11 fracción I, 13, 14, 16 fracción V, 18, 20 fracción III, 30 fracciones I, II, VI, IX y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción V, inciso E) del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones VII, VIII y XVI, 4 fracción II, 7 fracción I, II y IV, 16, 17 y 21 de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal; 2, 10 y 11 fracciones I y IV de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal, así como 14 de su Reglamento; y

C O N S I D E R A N D O

Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracciones I, VI, IX y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Económico tiene atribuciones para establecer las políticas y programas generales en materia de desarrollo, promoción y fomento económico, así como promover, orientar y estimular el desarrollo y modernización del sector empresarial de la Ciudad; establecer, conducir y coordinar los mecanismos de apoyo al sector empresarial, incluyendo el respaldo financiero, asesorías, asistencia técnica, entre otros, a través de diversos instrumentos para apoyar la actividad productiva; y generar programas de producción y uso de energía limpia y ponerlos en operación, en coordinación con todos los sectores públicos y privados de la economía.

Que atendiendo a lo establecido en el artículo 7, fracciones I y II de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Económico tiene atribuciones para programar, conducir, coordinador, orientar y promover el fomento de las actividades productivas, así como definir, promover, coordinar, impulsar y, en su caso, disponer los instrumentos y estímulos para el desarrollo económico en la Ciudad de México.

Que de conformidad a lo señalado en el artículo 21 de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, las dependencias, entidades de la administración Pública así como las Delegaciones (hoy Alcaldías), en el ámbito de su competencia, propiciarán el desarrollo y la consolidación de las personas físicas o morales que desarrollan una actividad económica (agentes económicos) por medio de diversas directrices, entre las que destacan, el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, en adelante las MIPYMES.

Que en términos de los artículos 2, 10 y 11 fracciones I y IV de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal, en la planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES, la Secretaría de Desarrollo Económico deberá procurar esquemas de apoyo a estas últimas mediante la concurrencia de recursos federales y de la Ciudad de México así como de las cámaras empresariales, a través la modernización, innovación y desarrollo tecnológico promoviendo una cultura tecnológica en las MIPYMES.

Que atendiendo al artículo 14 del Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en el Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Económico, tiene facultades para diseñar, ejecutar y evaluar las políticas, programas, instrumentos y actividades de fomento para impulsar la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad y sustentabilidad de las MIPYMES, y coordinar e impulsar la participación directa del sector público, privado y social, así como las acciones e instrumentos de apoyo para el desarrollo de su competitividad.

Asimismo, que de conformidad con el artículo 4 de la misma norma, se consideran como Actividades de Fomento para el desarrollo de la competitividad de las MIPYMES, entre otras, a las económicas y a las tecnológicas, siendo las primeras las que contribuyan a crear, organizar y desarrollar mecanismos económicos para apoyar o estimular la creación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las MIPYMES, así como el incremento de su participación en los mercados, con el fin de fomentar el empleo y el bienestar social y económico. Las segundas serán las que contribuyan a la actualización e innovación tecnológica de las MIPYMES, particularmente en el desarrollo de sistemas, procesos, productos y servicios, con el fin de incrementar su competitividad.

Que en cumplimiento a lo anterior, con fecha 30 de marzo de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "Acuerdo...

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