Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo.

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EmisorSecretaría de Economía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracciones I, II y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracciones III y V, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 26, 31 y 35 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado el 30 de junio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, establece el arancel-cupo exento para las fracciones arancelarias 0713.33.02, 0713.33.03 y 0713.33.99 correspondientes a frijol, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía.

Que el 27 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo, con el objeto de establecer el procedimiento de asignación de "primero en tiempo, primero en derecho" como un instrumento de la política sectorial para contribuir al abasto nacional en condiciones equitativas de competencia, y con ello facilitar el acceso de los consumidores a los mejores precios de los alimentos en el mercado internacional; impulsar la producción de alimentos, así como proteger el ingreso y fortalecer la economía de las familias mexicanas, modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano informativo el 13 de enero y 4 de febrero de 2012, 12 de julio de 2013, 29 de marzo de 2016, 14 de abril de 2017, 17 de agosto de 2018, así como 26 de junio y 26 de diciembre de 2020.

Que el 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, mismo, que instrumenta la "Sexta Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías", aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera de la Organización Mundial de Aduanas; contempla modificaciones a diversas fracciones arancelarias de la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE); actualiza y moderniza la TIGIE para adecuarla a los flujos actuales de comercio internacional, y contempla la creación de los números de identificación comercial (NICO), a fin de contar con datos estadísticos más precisos, que constituyan una...

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