Acuerdo mediante el cual el Secretario de Finanzas da a conocer las reglas de operación del Comité Técnico del Programa Especial FEFOM 2022-2023.

Lunes 2 de mayo de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 77
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Al margen Escudo del Estado de México.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL SECRETARIO DE FINANZAS DA A CONOCER LAS REGLAS DE
OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DEL PROGRAMA ESPECIAL FEFOM 2022-2023
Rodrigo Jarque Lira, Secretario de Finanzas, con fundamento en lo establecido en los artículos 78 y 129 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 15, 19 fracción III, 23 y 24 fracciones I, III, XIX, XX,
XXXII y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 57, 61 y 63 del Presupuesto de
Egresos del Gobierno del Estado de México para el Ejercicio Fiscal 2022; 5, 7 primer párrafo, 17 y 327 primer párrafo
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y 2, 3 fracciones II y XII, 6, 7 fracciones I, III, IV, XI incisos
e) y j), XLI, 8 fracción IX y 18 fracciones I, X, XI, XXI y XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas; y
C O N S I D E R A N D O
Que el 31 de enero de 2022, la “LXI” Legislatura del Estado de México aprobó el Decreto Número 23, mediante el que
se autoriza a los 125 municipios del Estado de México a contratar créditos o financiamientos durante los ejercicios
fiscales 2022 y 2023, por un plazo de hasta 15 años, hasta por $5,500’000,000.00 (cinco mil quinientos millones de
pesos 00/100 M.N.) en los términos establecidos en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, en la
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en los contratos respectivos que se
celebren para tal efecto, y en el propio Decreto.
Y que el artículo sexto del Decreto citado en el párrafo precedente establece que la Secretaría de Finanzas deberá
publicar, a más tardar en los 90 días posteriores a la entrada en vigor del mismo, las Reglas de Operación del Comité
Técnico responsable de verificar que los créditos y financiamientos se contraten bajo el esquema previsto en dicho
Decreto Número 23.
He tenido a bien expedir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DEL PROGRAMA ESPECIAL FEFOM 2022-2023
CONTENIDO
I. GLOSARIO DE TÉRMINOS
II. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO
III. PROGRAMA ESPECIAL FEFOM 2022-2023
I. GLOSARIO DE TÉRMINOS
1. Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
I. Comité Técnico: Al órgano colegiado que verificará que los créditos que contraten los municipios se rijan
bajo el esquema previsto en el Decreto Número 23.
II. Decreto Número 23: Al Decreto aprobado por la “LXI” Legislatura del Estado de México, publicado en el
periódico oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México el 31 de enero de 2022.
III. Fefom: Al Fondo Estatal de Fortalecimiento Municipal.
IV. Fideicomiso del Programa Especial Fefom 2022-2023: Al fideicomiso irrevocable de administración y
fuente de pago, que tendrá como patrimonio fideicomitido los recursos que los municipios adheridos al
Programa Especial Fefom 2022-2023 otorguen como garantía o fuente de pago; y cuyo fin será
administrar los recursos derivados de las Participaciones y hasta el 50% del Fefom para el Ejercicio

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