Acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública, relativo a la fusión de las Especializaciones en Migrantes y Repatriados para crear la denominada Asesoría Especializada en personas en movilidad y sujetas a protección internacional, así como al aumento del número de asesores jurídicos que formarán parte de la misma.

Fecha de Resolución15 de Agosto de 2019
EmisorPrimera Seccion

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ACUERDO ACT-JD/ORD/II/25/06/2019.07

Acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública, relativo a la fusión de las Especializaciones en Migrantes y R. para crear la denominada "Asesoría Especializada en personas en movilidad y sujetas a protección internacional", así como al aumento del número de asesores jurídicos que formarán parte de la misma.

ANTECEDENTES
  1. En la Trigésima Segunda sesión ordinaria de la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, celebrada el 29 de septiembre de 2016, se sometió a consideración del Pleno la cédula 8865 del área de Recursos Humanos, relativa a la conversión y reubicación de plazas dentro de la plantilla de Personal del Instituto Federal de Defensoría Pública.

  2. En sesión del 5 de octubre de 2016, el Pleno aprobó la propuesta de acuerdo presentada y acordó la conversión de diez plazas de defensor público, adscritas a diversas Defensorías Públicas Federales dependientes del Instituto, por diez de asesor jurídico. Lo anterior, con la finalidad de otorgar el servicio de orientación, asesoría y representación en las entidades de Campeche, Ciudad de México, Coatzacoalcos, Guadalajara, Mexicali, N., Reynosa, San Luis Potosí, Tapachula y Zacatecas, con efectos a partir del 16 de octubre de 2016.

  3. En sesión de 22 de febrero de 2017, el Pleno aprobó la propuesta del punto de acuerdo para la conversión de 11 plazas de asesor jurídico para otorgar el servicio de orientación, asesoría y representación a repatriados. Estos asesores fueron adscritos en Agua Prieta, Ciudad Acuña, C.J., C., Los Mochis, Matamoros, Mexicali, Naucalpan, N., Nuevo Laredo y Tijuana.

CONSIDERANDOS

PRIMERO

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce de manera amplia a toda persona el goce de los derechos reconocidos por el Estado mexicano, así como por los tratados internacionales en los que sea parte, aplicando el principio de igualdad no sólo a los nacionales, sino también a los extranjeros, con independencia de su condición jurídica a su ingreso en el país.

SEGUNDO

México es un país de origen, tránsito, destino y de retorno de migrantes, que recibe un importante flujo de personas inmigrantes provenientes de diversas partes del mundo, con una presencia mayoritaria de personas del continente americano, particularmente de países centroamericanos como Guatemala, Honduras y El Salvador, de países caribeños como Cuba y Haití y, en los últimos meses se ha tenido un ingreso mayor de migrantes africanos.

Las cifras publicadas por la Secretaría de Gobernación, a través de la Unidad de Política Migratoria, reflejan el número de extranjeros no documentados en México, así como su situación jurídica en 2018 y de enero a marzo de 2019:

EXTRANJEROS NO DOCUMENTADOS EN MÉXICO
2018
enero a marzo de 2019
Presentados
138,612
31,675
Devueltos por deportación
2,913
22,614
Devueltos por retorno asistido
83,439
16,018
Menores de 18 años devueltos por retorno asistido
25,965
5,997
TERCERO

Este flujo migratorio durante el año 2018, se puede evidenciar con la intervención que tuvo el Instituto Nacional de Migración (INAMI), en razón de que otorgó un total de 14,819 Tarjetas de Visitante por Razones Humanitarias, así como 74,080 Tarjetas de Visitante Regional. En ambos casos, tuvieron mayor presencia los...

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