Acuerdo INE/CIGYND/001/2023, Acuerdo de la comisión de igualdad de género y no discriminación, por el cual se emite opinión técnica relacionada con la consulta hecha por el instituto estatal electoral de nayarit, derivada de un caso no previsto en los lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, en términos del artículo 5, numerales 1 y 2, de los citados lineamientos, a solicitud de la unidad técnica de lo contencioso electoral, 05-01-2023

Fecha de publicación10 Enero 2023
Número de registroINE/CIGYND/001/2023
Año2023
Fecha05 Enero 2023
Número de expedienteINE/CIGYND/001/2023
SecciónComisión de Igualdad de Género y No Discriminación
Número de Gaceta65
Tipo de documentoAcuerdo
EmisorComisión de Igualdad de Género y No Discriminación
COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN
ACUERDO INE/CIGYND/001/2023
1
ACUERDO DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO
DISCRIMINACIÓN, POR EL CUAL SE EMITE OPINIÓN TÉCNICA
RELACIONADA CON LA CONSULTA HECHA POR EL INSTITUTO ESTATAL
ELECTORAL DE NAYARIT, DERIVADA DE UN CASO NO PREVISTO EN LOS
LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN, FUNCIONAMIENTO,
ACTUALIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE
PERSONAS SANCIONADAS EN MATERIA DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA
LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5,
NUMERALES 1 Y 2, DE LOS CITADOS LINEAMIENTOS, A SOLICITUD DE LA
UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL.
G L O S A R I O
Comisión
Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación.
Constitución
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
IEEN
Instituto Estatal Electoral de Nayarit.
Instituto/INE
Instituto Nacional Electoral.
Lineamientos
Lineamientos para la integración, funcionamiento,
actualización, y conservación del Registro Nacional de
Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra
las Mujeres en Razón de Género.
OPL
Organismo(s) Público(s) Local(es) Electoral(es).
Registro/RNPS
Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de
Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
UTCE
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto
Nacional Electoral.
UTSI
Unidad Técnica de Servicios de Informática
VPMRG
Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
COMISIÓN DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN
ACUERDO INE/CIGYND/001/2023
2
A N T E C E D E N T E S
I. Aprobación de los Lineamientos: El cuatro de septiembre de dos mil
veinte, en Sesión Extraordinaria, el Consejo General de este Instituto
Nacional Electoral aprobó los Lineamientos.
En el artículo 5, numeral 1, de los Lineamientos se establece que la UTCE,
en conjunto con la UTSI, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, son
responsables de llevar a cabo la interpretación y la resolución de los casos
no previstos, siempre que el supuesto verse sobre aspectos cnicos u
operativos relacionados con el diseño, integración y operación del Sistema
informático del Registro.
Asimismo, en el numeral 2 del mismo artículo se determina que, a la
Secretaría Ejecutiva le correspondería interpretar los demás casos que
deriven de la aplicación de los Lineamientos.
En ambos casos, la normatividad establece como presupuesto la opinión
de la Comisión.
II. Solicitud de opinión de la UTCE. Mediante oficio INE-UT/10563/2021
(anexo único), de veintitrés de diciembre de dos mil veintidós, el Titular de la
UTCE informó a la Presidencia de la Comisión que, en cumplimiento con lo
establecido en los artículos 5, párrafo segundo y 9 de los Lineamientos, se
estimaba indispensable poner a consideración de este órgano colegiado, la
siguiente solicitud:
TEMA ÚNICO: PROCEDENCIA DE LA INSCRIPCIÓN DE UNA
PERSONA EN EL REGISTRO NACIONAL, DERIVADO DE UNA
SENTENCIA PENAL EN LA QUE NO SE ORDENA LA INSCRIPCIÓN,
SIN EMBARGO, LA AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO LA
SOLICITA. El 2 de noviembre de 2022, el IEEN realizó una consulta a la
UTCE, relativa a la inscripción de un ciudadano en el Registro Nacional,
ordenada por la Agente del Ministerio Público, adscrita a la Fiscalía
Especializada en Materia de Delitos Electorales del Estado de Nayarit,
con motivo de la sentencia dictada dentro de una causa penal, por su
responsabilidad en la comisión del delito de Violencia Política contra
las Mujeres en Razón de Género.

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