Acuerdo INE/CG232/2025, Acuerdo del consejo general del instituto nacional electoral por el que se determina la asignación de tiempo en radio y televisión a las autoridades electorales para el segundo trimestre de dos mil veinticinco, mediante la aplicación de criterios específicos de distribución

Número de expedienteINE/CG232/2025
Tipo de documentoAcuerdo
EmisorConsejo General
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AI
,
¿)~~
..
~
~~¿
,
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
IN E/CG232/2025
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL POR
EL
QUE
SE
DETERMINA
LA
ASIGNACIÓN
DE
TIEMPO
EN
RADIO V TELEVISIÓN A
LAS
AUTORIDADES ELECTORALES PARA
EL
SEGUNDO TRIMESTRE
DE
DOS MIL VEINTICINCO, MEDIANTE
LA
APLICACIÓN
DE
CRITERIOS ESPECÍFICOS
DE
DISTRIBUCIÓN
GLOSARIO
Comité Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional
Electoral
Consejo General Consejo General del Instituto Nacional Electoral
CPEUM/Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
DEPPP Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
del Instituto Nacional Electoral
DOF Diario Oficial de la Federación
IECM Instituto Electoral de la Ciudad de México
IEEZ Instituto Electoral del Estado de Zacatecas
IN
E/Instituto Instituto Nacional Electoral
JGE Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral
"
L.ey
..
,General de Instituciones y Procedimientos
LGIPE Electorales
OPLE Organismo(s) Público(s) Local(es) Electoral(es)
PEEPJF 2024-2025 Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de
la Federación 2024-2025
PEEPJL Proceso(s) Electoral(es) Extraordinario(
s)
del (os)
Poder(es) Judicial(es) Local(es)
PEL Proceso(s) Electoral(es) Local(es)
RRTME Reglamento de Radio y Televisión
en
Materia Electoral
TEPJF Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
ANTECEDENTES
l.
Aprobación y modificación a
la
LGIPE.
El
veintitrés de mayo de dos mil
catorce, mediante Decreto publicado
en
el
DOF,
se expidió la LGIPE.
El
catorce de octubre de dos mil veinticuatro, se publicó
en
el
DOF el
Decreto por
el
que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la
LGIPE,
en
materia
de
elección de personas juzgadoras del PJF,
el
cual
entró
en
vigor al día siguiente. Entre las modificaciones destaca
la
incorporación del Libro Noveno,
en
el
que se establecen los lineamientos
relativos a la organización, los requisitos y los procedimientos que deberán
observarse
en
la selección e integración de los miembros del
PJF,,
tanto a
nivel federal como
en
las entidades federativas, asignando además
competencias específicas
al
INE para la supervisión de estos procesos.
11.
Expedición y modificaciones
al
RRTME.
El
diecinueve de noviembre de
dos mil catorce, mediante Acuerdo identificado con la clave
INE/CG267/2014, este Consejo General expidió
el
RRTME,
el
cual tuvo
diversas modificaciones, a través de los siguientes Acuerdos:
a) INE/CG/347/2015.
El
catorce de junio de dos mil quince, este Consejo
General modificó
el
término establecido
en
el
Segundo transitorio del
Acuerdo identificado con la clave INE/CG267/2014.
b)
INE/CG198/2020.
El
veintiuno de agosto de dos mil veinte,
el
Consejo
General modificó
el
RRTME con motivo de la reforma legal
en
materia
de violencia política contra las mujeres
en
razón de género.
c)
INE/CG445/2023.
El
veinte de julio de dos mil veintitrés, este Consejo
General modificó
el
RRTME, con la finalidad de armonizar las
disposiciones reglamentarias con la Ley Federal de
Telecomunicaciones y Radiodifusión y
el
Reglamento de Elecciones del
INE; integrar disposiciones previstas
en
otros ordenamientos jurídicos
como lineamientos, acuerdos y criterios operativos de la DEPPP,
el
Comité de Radio y Televisión y
el
Consejo General; y recopilar criterios
jurisdiccionales de la Sala Especializada y
la
Sala Superior del TEPJF
utilizados con regularidad
en
la operación del modelo de comunicación
política.
2
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
111.
Reforma constitucional
en
materia
del
Poder Judicial de
la
Federación.
El
quince
de
septiembre de dos mil veinticuatro,
se
publicó
en
el
DOF
el
Decreto por
el
que
se
reformaron, adicionaron y derogaron diversas
disposiciones (artículos:
17,
20,
76,
89,
94, 95,
96, 97, 98, 99,
100, 101,
105, 107,
11
O,
111,
113, 116, 122 y 123) de
la
CPEUM
en
materia de
reforma
al
Poder Judicial de
la
Federación.
El
Decreto,
en
su
artículo
Primero Transitorio, estableció que dicha reforma entraría
en
vigor
al
día
siguiente
de
su
publicación
en
el
DOF;
es
decir,
el
dieciséis
de
septiembre
de
dos mil veinticuatro.
IV. Declaratoria
del
inicio del PEEPJF 2024-2025.
El
veintitrés
de
septiembre
de
dos mil veinticuatro,
el
Consejo General aprobó
el
Acuerdo identificado
con
la
clave INE/CG2240/2024, a través
del
cual se emitió
la
Declaratoria
del inicio del PEEPJF 2024-2025,
en
el
que
se
elegirán los cargos
de
Ministras y Ministros
de
la Suprema Corte
de
Justicia de
la
Nación, las
Magistraturas
de
las Salas Superior y Regionales del TEPJF, las personas
Integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y Magistraturas de Circuito y
Personas Juzgadoras de Distrito, así como
de
su
etapa
de
preparación y
se
define
la
integración e instalación
de
los Consejos Locales.
Administración del tiempo
del
Estado
en
radio y televisión
en
2025
V.
Consulta
del
IEEZ.
El
once de octubre
de
dos mil veinticuatro,
se
notificó
a
la
DEPPP
el
oficio IEEZ-02-2895/24, remitido por la persona titular de
la
Secretaría Ejecutiva del IEEZ, relacionado
con
la posible Revocación
de
Mandato para
la
persona titular del Ejecutivo del Estado
en
dos
mil
veinticinco.
En
tal virtud,
la
pregunta competencia de
la
DEPPP fue
la
siguiente:
'T,
..
]
5.
¿Es viable que el
/NE,
que
por
mandato constitucional y legal, administra
los tiempos del Estado en Radio y Televisión, proporcione más tiempo del
que actualmente recibe el IEEZ, para difundir
la
Revocación de Mandato, en
el periodo tentativo del
25
de
enero
al
27
de abril
de
2025.
{.
..
]".
En
ese sentido,
el
quince
de
octubre siguiente, mediante
el
oficio
INE/DEPPP/DE/DATE/4088/2024,
la
DEPPP dio respuesta
en
los términos
siguientes:
3

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