Acuerdo por el que se habilitan días para la substanciación de procesos adquisitivos para la contratación de bienes y/o prestación de servicios, por parte del Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México, cumpliendo con las disposiciones de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su reglamento.

Miércoles 22 de diciembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 119
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: CEDIPIEM.
CONSEJO ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL
ESTADO DE MÉXICO
VOCALIA EJECUTIVA
Mtra. Diana Pérez Barragán, Vocal Ejecutiva del Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del
Estado de México, con fundamento a lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de México, artículos 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, artículo 1 fracción IV, 3
fracción III, 5 segundo párrafo y 22 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, y 1,3,12 y 13
primer párrafo del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
CONSIDERANDO
Que por decreto número 85 de la H. “LVIII” Legislatura del Estado de México, publicado en el periódico oficial “Gaceta d el
Gobierno”, el 3 de mayo de 2013, se expidió la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, con el
objeto de regular los actos relativos a la planeación, programación, presupuestación, ejecución y control de adquisición,
enajenación y arrendamiento de bienes y la contratación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen las
Dependencias y los Organismos Auxiliares, con legislación estatal o federal.
Que con la finalidad de no desfasar los procedimientos adquisitivos y de contratación y atender oportuna y eficientemente
los requerimientos de los usuarios e indispensable la habilitación de días y horas inhábiles.
Que la Unidad de Apoyo Administrativo, tiene entre sus funciones adquirir los bienes y contratar los servicios e intervenir en
las adquisiciones en sus diferentes modalidades, que requieran las unidades administrativas que conforman la estructura
Orgánica autorizada de este Organismo Auxiliar, a efecto de alcanzar y desarrollar las metas y objetivos conferidos.
Que los procedimientos administrativos de adquisición de bienes y contratación de servicios, se tramitan con arreglo a las
disposiciones de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su respectivo Reglamento y según
sea el caso, conforme a las demás disposiciones relacionadas.
Que los días del 23 al 31 de diciembre de 2021 que f orman parte del período vacacional, de acuerdo al calendario oficial
que rige el presente año y por ende estos días son inhábiles; en los cuales no se podrán realizar promociones y
actuaciones salvo que las autoridades administrativas ejerciten su facultad para habilitarlos con el propósito de llevar a cabo
los procedimientos adquisitivos necesarios con el objeto de proveer los bienes y servicios a las diferentes áreas de este
Organismo.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones legales invocadas, he tenido a bien emitir el
siguiente:
ACUERDO
POR EL QUE SE HABILITAN DIAS PARA LA SUBSTANCIACIÓN DE PROCESOS ADQUISITIVOS PARA LA
CONTRATACIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS. POR PARTE DEL CONSEJO ESTATAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL ESTADO DE MÉXICO, CUMPLIENDO CON LAS
DISPOSICIONES DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y SU
REGLAMENTO CONFORME A LO SIGUIENTE:
PRIMERO.- Se habilitan los días del 23 al 31 de diciembre 2021 que forman parte del período vacacional, de acuerdo al
calendario oficial que rige el presente año, exclusivamente para que la Unidad de Apoyo Administrativo, a través del Comité
de Adquisiciones y Servicios del Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México,
realice los actos relacionados con las adquisiciones de bienes y contratación de servicios, por lo que sólo para esos efectos
correrán los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como lo
indicado en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento.
SEGUNDO.- Se habilitan los días del 23 al 31 de diciembre 2021 que forman parte del período vacacional, de acuerdo al
calendario oficial que rige el presente año, exclusivamente para que la Unidad de Apoyo Administrativo, a través del Comité
de Adquisiciones y Servicios del Consejo Estatal para el Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas del Estado de México,
lleve a cabo la implementación de procedimientos adquisitivos con la legislación necesaria, con el objeto de proveer los
bienes y servicios de las diferentes áreas de este Organismo, por lo que sólo, para estos efectos, correrán los plazos
establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como lo indicado en la Ley de
Contratación Pública del Estado de México y Municipios y sus Reglamentos.
TERCERO.- El presente acuerdo surtirá efectos en los días habilitados, los cuales se señalan en el punto primero de este
documento.
Toluca de Lerdo, Estado de México a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.- VOCAL EJECUTIVA
DEL CONSEJO ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL ESTADO DE
MÉXICO.- MTRA. DIANA PÉREZ BARRAGÁN.- RÚBRICA.

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