Acuerdo por el que se habilitan días de noviembre y diciembre de 2024 para que la Dirección General de Recursos Materiales y el Comité de Adquisiciones y Servicios de la Oficialía Mayor del Gobierno del Estado de México, puedan sustanciar los procedimientos para la adquisición de bienes y contratación de servicios, hasta la suscripción del contrato, así como para que la citada Dirección General pueda realizar el trámite de los convenios modificatorios a los contratos administrativos de adquisición de bienes o de contratación de servicios, conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios, y en su Reglamento.

Fecha de disposición29 Octubre 2024
Fecha de publicación29 Octubre 2024
SecciónSección Primera
Martes 29 de octubre de 2024 Sección Primera Tomo: CCXVIII No. 80
edomex.gob.mx
legislacion.edomex.gob.mx
59
PERIÓDICO OFICIAL
Gobierno del Estado de México
OFICIALÍA MAYOR
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN LOS DÍAS 1, 2, 3, 9, 10, 16, 17, 18, 23, 24 Y 30 DE NOVIEMBRE, 1, 7, 8, 14, 15,
20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2024 PARA QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y EL COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO PUEDAN SUSTANCIAR LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, HASTA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, ASÍ COMO PARA QUE LA CITADA
DIRECCIÓN GENERAL PUEDA REALIZAR EL TRÁMITE DE LOS CONVENIOS MODIFICATORIOS A LOS CONTRATOS
ADMINISTRATIVOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES O DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, CONFORME A LO
DISPUESTO EN L A LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y EN SU
REGLAMENTO.
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Estado de México ¡El poder de servir! OFICIALÍA
MAYOR, Dirección General de Recursos Materiales.
LICENCIADA MARÍA DEL CARMEN REZA SILVA, DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I Y IV, 3 FRACCIONES II,
III Y IX, 5, 12, 26, 27 Y DEMÁS APLICABLES DE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, Y DE SU REGLAMENTO; 1, 2, 4, 23 FRACCIÓN XVIII, 58 Y 59
FRACCIONES XX Y XXXVIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO; 11 FRACCIONES VI Y XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA OFICIALÍA MAYOR,
CONSIDERANDO LAS FUNCIONES DEL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA OFICIALÍA
MAYOR; ASÍ COMO 1, 12 Y 13 PÁRRAFO PRIMERO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
C O N S I D E R A N D O
Que en términos del artículo 59 fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
México, a la Oficialía Mayor le corresponde planear, coordinar, controlar y realizar los procesos de
adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes y contratación de servicios para proveer oportunamente
a las dependencias del Ejecutivo y demás entes públicos que lo requieran, de los elementos humanos y
materiales de trabajo necesarios para el desarrollo de sus funciones, cualquiera que sea su fuente de
financiamiento, bajo criterios de economía, eficiencia, eficacia, honradez, transparencia y combate a la
corrupción y que aseguren las mejores condiciones de calidad, precio, financiamiento y entrega, conforme
a la normatividad establecida.
Que de conformidad con el artículo 11 fracción VI del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor, corresponde
a la Dirección General de Recursos Materiales programar, documentar y substanciar los procedimientos
adquisitivos de bienes muebles y de contratación de servicios, en términos de la normatividad
correspondiente. Y que, de acuerdo a las funciones designadas en el Manual General de Organización de
la Oficialía Mayor, la primera función de la citada Dirección es coordinar, evaluar y ejecutar las acciones y
procedimientos relacionados con la adquisición de bienes o la contratación de servicios con recursos
estatales.
Que en términos del artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, las
promociones y actuaciones se efectuarán en días y horas hábiles, siendo días hábiles todos los del año, con
exclusión de los sábados, domingos y aquéllos que se señalen en el calendario oficial correspondiente,

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