Acuerdo por el que se habilitan días y horas inhábiles para la práctica de acciones de control, inspecciones, evaluaciones, testificaciones, notificaciones, vigilancia y revisión que realizan el personal adscrito al Órgano Interno de Control en el Instituto Materno Infantil del Estado de México.

Martes 22 de febrero de 2022 Seccn Primera Tomo: CCXIII No. 35
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: Instituto Materno Infantil, Estado de México.
MARÍA FERNANDA CUENCA REYES, TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO
MATERNO INFANTIL DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 3, 15, 19 FRACCIÓN Y XIV, 38 BIS
FRACCIONES V Y VIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 7 , 9 FRACCIÓN VIII, 10 Y 11 Y 122 DE LA LEY DE
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1 FRACCIONES II
Y IX, 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; 4, 35,
36, 37 , 38 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE MÉXICO, 22 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MATERNO INFANTIL DEL
ESTADO DE MÉXICO Y;
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México, en términos de lo que dispone el
artículo 38 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, es la dependencia
responsable de la vigilancia, fiscalización y control de los ingresos, gastos, recursos y obligaciones de la
administración pública estatal y su sector auxiliar, así como lo relativo a la presentación de la declaración
patrimonial, de intereses y constancia de presentación de la declaración fiscal, así como de la responsabilidad
de los servidores públicos.
Que de conformidad con lo establecido en la fracción XIV del artículo 38 Bis de la referida Ley, el Titular de la
Secretaría de la Contraloría cuenta con facultades para designar y remover a los titulares de los Órganos
Internos de Control de las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos de la administración pública
estatal, quienes dependerán jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la Contraloría del Estado de
México.
Que al Órgano Interno de Control en Instituto Materno Infantil del Estado de México, en términos del dispositivo
normativo legal citado, le corresponde inspeccionar y vigilar que la dependencia de adscripción cumpla con las
normas y disposiciones en materia de: sistema de registro y contabilidad, contratación y pago de personal,
contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación,
enajenación y baja de bienes y demás activos y recursos materiales de la Administración Pública Estatal.
Que el Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, en sus artículos 12 y 13 establece que
son días hábiles todos los del año con exclusión de los sábados y domingos y aquellos que se señalen en el
calendario oficial correspondiente; y horas hábiles las comprendidas entre la 9:00 y 18:00 horas, asimismo, que

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