Acuerdo de la H. “LX” Legislatura del Estado de México, por el que se exhorta respetuosamente a los municipios con población indígena, para que convoquen oportunamente a las sesiones de cabildo, a los representantes de comunidades indígenas, debidamente reconocidos ante el ayuntamiento, respetando en todo momento su derecho a voz y para que, de acuerdo con su capacidad presupuestal, se les proporcionen las condiciones económicas y materiales para el desempeño de su encargo.

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