Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma, adiciona y deroga diversos acuerdos generales en relación con las atribuciones de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación dentro del procedimiento de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y en materia de auditoría; adscripción de las secretarías técnicas de comisiones a las secretarías ejecutivas correspondientes.

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2019
EmisorUnica Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSOS ACUERDOS GENERALES EN RELACIÓN CON LAS ATRIBUCIONES DE LA CONTRALORÍA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y EN MATERIA DE AUDITORÍA; ADSCRIPCIÓN DE LAS SECRETARÍAS TÉCNICAS DE COMISIONES A LAS SECRETARÍAS EJECUTIVAS CORRESPONDIENTES.

CONSIDERANDO

PRIMERO

La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO

Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO

Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar sus estructuras orgánicas, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

QUINTO

Las directrices del Sistema Nacional Anticorrupción prevén como uno de los principios de la gestión pública, la fiscalización superior de los recursos públicos, atendiendo a que el diseño jurídico de las instituciones encargadas del control y la vigilancia de los recursos públicos estatales, permite observar el grado de desarrollo de las democracias y la salvaguarda del estado de derecho.

En este contexto, para que la C. del Poder Judicial de la Federación pueda llevar a cabo las atribuciones de control, inspección y fiscalización debe contar con la suficiente autonomía que le permita revisar y emitir observaciones, respecto de las actividades operativas y funcionamiento administrativo del Consejo.

Por lo anterior, resulta necesario armonizar a los principios y reglas de la legislación en materia de responsabilidades administrativas y fiscalización, así como a los criterios emitidos en el seno de los Sistemas Nacionales Anticorrupción y Fiscalización, con los diversos acuerdos generales del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en lo relativo a las atribuciones de la C. del Poder Judicial de la Federación.

ACUERDO

PRIMERO

Se reforman los artículos 18, fracción XV; 35, fracción XVIII; 38, fracción V; 40, fracción XXI; 42, fracción IX; 44, fracción XVIII; 46, fracción VIII; 82 Ter, fracciones XII y XIII; 84, fracción XIV; 84 Q., fracciones XIX y XX; 86, fracciones I y XII; 88, fracción XX; 106; 107, fracciones VI, VI Bis, IX, XIV, XV, XX, XXII, XXXIII Ter, XXV y XXVI; 179; 180, fracciones III, VII, VIII, X, XI, XIII, XVI, XXI, XXII, XXIV, XXV y XXVI; 182, fracciones IV y XV; 182 Ter, fracciones V y VI; 185; y 186, fracciones II, IV, V, VI, VIII, X y XIII; se adicionan la fracción XXXV.B. al artículo 81; la fracción XIV al artículo 82 Ter; la fracción XXI al artículo 84 Q.; las fracciones V Bis, XV Bis, XXVII y XXVIII al artículo 107; la fracción X Bis al artículo 180; y la fracción VII al artículo 182 Ter; y se derogan las fracciones XIX y XXIII del artículo 180 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, para quedar como sigue:

Artículo 18. ...

I. a XIV Bis. ...

XV. Instruir en materia de responsabilidad administrativa, a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, a la Secretaría Ejecutiva de Disciplina y a la C. del Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, la práctica de investigaciones de faltas administrativas respecto de servidores públicos adscritos a órganos jurisdiccionales y áreas administrativas, así como de particulares cuando la falta atribuida los vincule a alguno de esos servidores públicos, o a algún procedimiento jurisdiccional o administrativo del Consejo; además de proveer, en su caso, sobre su tramitación;

XV Bis. a XX. ...

Artículo 35. ...

I. a XVII. ...

XVIII. Designar, a propuesta del Secretario Ejecutivo de Administración, al Secretario Técnico de la Comisión de Administración y determinar, en su caso, su remoción;

XIX. XXXV. ...

Artículo 38. ...

I. a IV. ...

V.D., a propuesta del Secretario Ejecutivo de Adscripción, al Secretario Técnico de la Comisión de Adscripción y determinar, en su caso, su remoción;

VI. a IX. ...

Artículo 40. ...

I. a XX. ...

XXI. Designar, a propuesta del Secretario Ejecutivo de Carrera Judicial, al Secretario Técnico de la Comisión de Carrera Judicial y determinar, en su caso, su remoción;

XXII. a XXIV. ...

Artículo 42. ...

I. a VIII. ...

IX. Designar, a propuesta del Secretario Ejecutivo de Creación de Nuevos Órganos, al Secretario Técnico de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos y determinar, en su caso, su remoción;

X. a XIII. ...

Artículo 44. ...

I. a XVII. ...

XVIII. Designar, a propuesta del Secretario Ejecutivo de Disciplina, al Secretario Técnico de la Comisión de Disciplina y determinar, en su caso, su remoción;

XIX. a XXII. ...

Artículo 46. ...

I. a VII. ...

VIII. Designar, a propuesta del Secretario Ejecutivo de Vigilancia, al Secretario Técnico de la Comisión de Vigilancia y determinar, en su caso, su remoción;

V.B.. a XVIII. ...

Artículo 81. ...

I. a XXXVIII. ...

XXXV.B.. Proponer al Secretario Técnico de la Comisión de Administración;

XXXIX. a XLI. ...

Artículo 82 Ter. ...

I. a XI. ...

XII. Presentar ante el Pleno, el Informe Anual de Labores correspondiente a la unidad administrativa de su competencia;

XIII. Proponer al Secretario Técnico de la Comisión de Adscripción; y

XIV. Las demás que establezcan el Pleno y las Comisiones.

Artículo 84. ...

I. a XIII. ...

XIV. Proponer al Secretario Técnico de la Comisión de Carrera Judicial;

XV. a XXXVIII. ...

Artículo 84 Q.. ...

I. a XVIII. ...

XIX. Presentar ante el Pleno, el Informe Anual de Labores correspondiente a la unidad administrativa de su competencia;

XX. Proponer al Secretario Técnico de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos; y

XXI. Las demás que establezcan el Pleno, y las Comisiones.

Artículo 86. ...

I.S. los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de las y los servidores públicos adscritos o comisionados a órganos jurisdiccionales y a la C. del Poder Judicial de la Federación, del Director General del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como de particulares que sean de su competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

I Bis. a XI. ...

XII. Proponer al Secretario Técnico de la Comisión de Disciplina;

XIII. a XXIII. ....

Artículo 88. ...

I. a XIX. ...

XX. Proponer al Secretario Técnico de la Comisión de Vigilancia;

XXI. ...

Artículo 106. La C. del Poder Judicial de la Federación tendrá a su cargo las facultades de control y fiscalización del cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que rigen a las áreas administrativas y a las y los servidores públicos del Consejo, por lo que será competente para realizar las auditorías, revisiones y visitas de inspección con el propósito de verificar el cumplimiento a la normativa aplicable; así como las metas y objetivos de los programas; promover, evaluar, fortalecer y promover el buen funcionamiento del control interno; así como para iniciar, substanciar y resolver, según corresponda, los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos adscritos a las áreas administrativas.

Además, llevar el registro, la verificación, seguimiento, substanciación y resolución de la situación patrimonial de las y los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, con excepción de quienes estén adscritos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Implementar al interior del Consejo las políticas, programas y acuerdos establecidos por el Sistema Nacional Anticorrupción, de conformidad con la normatividad aplicable; y fungir como enlace de coordinación con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción en los términos que establezca el Pleno.

Artículo 107. ...

I. a V. ...

V Bis. Promover y difundir la cultura de la integridad y de la ética en el servicio público, así como de la rendición de cuentas y de la transparencia;

VI. Coadyuvar en la mejora continua de los programas de modernización y desarrollo administrativo, simplificación de trámites y procedimientos, así como en los relativos a desconcentración y descentralización de la función administrativa que determine el Pleno, a través de las revisiones que lleva a cabo;

VI Bis. Coordinar la promoción, evaluación y fortalecimiento del control interno para el funcionamiento institucional y promover su mejora continua;

VII. a VIII. ...

IX. Presentar al Pleno, en su última sesión del año, por conducto de la Comisión de Administración, el Programa Anual de Control y Auditoría del ejercicio fiscal siguiente que corresponda,

conforme a lo señalado en los acuerdos generales;

X. a XIII. ...

XIV. Comprobar que la cuenta pública, cumpla con la normativa respectiva...

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