Acuerdo General 6/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación de los Juzgados de Distrito en Materia Mercantil Especializados en Juicios de Cuantía Menor en San Andrés Cholula, Puebla y Cancún, Quintana Roo, a la denominación de Juzgados de Distrito en Materia Mercantil Federal, Especializados en Juicios Orales; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
Fecha de entrada en vigor | 10 Mayo 2022 |
Sección | UNICA. Poder Judicial |
Fecha de publicación | 09 Mayo 2022 |
Emisor | CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL |
ACUERDO General 6/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación de los Juzgados de Distrito en Materia Mercantil Especializados en Juicios de Cuantía Menor en San Andrés Cholula, Puebla y Cancún, Quintana Roo, a la denominación de Juzgados de Distrito en Materia Mercantil Federal, Especializados en Juicios Orales; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura General.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 6/2022, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL ESPECIALIZADOS EN JUICIOS DE CUANTÍA MENOR EN SAN ANDRÉS CHOLULA, PUEBLA Y CANCÚN, QUINTANA ROO, A LA DENOMINACIÓN DE JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL FEDERAL, ESPECIALIZADOS EN JUICIOS ORALES; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 86, fracción V; de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Juzgados de Distrito en cada uno de los Circuitos en que se divide...
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