Acuerdo General 4/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 22/2013, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto y Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, y su transformación como Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal, y jurisdicción territorial en toda la República. A la conclusión de funciones de los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región y su transformación como Primer y Segundo Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal y jurisdicción territorial en toda la República. Así como su domicilio, fecha de inicio de funcionamiento y a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los órganos

Fecha de publicación06 Julio 2021
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
ACUERDO General 4/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 22/2013, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto y Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, y su transformación como Ju
ACUERDO General 4/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar 22/2013, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto y Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, y su transformación como Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal, y jurisdicción territorial en toda la República. A la conclusión de funciones de los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región y su transformación como Primer y Segundo Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal y jurisdicción territorial en toda la República. Así como su domicilio, fecha de inicio de funcionamiento y a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los órganos jurisdiccionales indicados. Y al cambio de denominación de la oficina de correspondencia común del Centro Auxiliar de la Primera Región. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 4/2021, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y DEROGA EL SIMILAR 22/2013, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS CUARTO Y QUINTO DE DISTRITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN, Y SU TRANSFORMACIÓN COMO JUZGADOS PRIMERO Y SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL, Y JURISDICCIÓN TERRITORIAL EN TODA LA REPÚBLICA. A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS SEGUNDO Y TERCERO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN Y SU TRANSFORMACIÓN COMO PRIMER Y SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADOS EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN TERRITORIAL EN TODA LA REPÚBLICA. ASÍ COMO SU DOMICILIO, FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO Y A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES INDICADOS. Y AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 73 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100, noveno párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
CUARTO. El artículo Décimo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de junio de dos mil trece, no establece que los magistrados y jueces especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones tengan un periodo especifico de rotación, por lo que no se estima pertinente ni necesario establecer algún plazo para ello; siendo que una disposición en tal sentido tiende a limitar las facultades que han sido conferidas al Pleno y a la Comisión de Adscripción del Consejo, para determinar conforme a sus atribuciones la adscripción y rotación de dichos órganos jurisdiccionales especializados, en términos del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo.
Por otra parte, derivado de la estructura organizacional del Consejo se actualizan las denominaciones de la Escuela Federal de Formación Judicial, la Comisión de Vigilancia, la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos y la Dirección General de Gestión Judicial.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ÚNICO. Se reforman los numerales PRIMERO, párrafo segundo; TERCERO, párrafo segundo; OCTAVO, párrafo cuarto; NOVENO; DÉCIMO QUINTO; DÉCIMO SEXTO y DÉCIMO SÉPTIMO y se deroga el párrafo segundo del numeral DÉCIMO CUARTO del Acuerdo General 22/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados Cuarto y Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, y su transformación como Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal, y jurisdicción territorial en toda la República. A la conclusión de funciones de los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región y su transformación como Primer y Segundo Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal y jurisdicción territorial en toda la República. Así como su domicilio, fecha de inicio de funcionamiento y a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Órganos Jurisdiccionales indicados. Y al cambio de denominación de la oficina de correspondencia común del Centro Auxiliar de la Primera Región, para quedar como sigue:
"PRIMERO.- ...
Los titulares de los juzgados de distrito auxiliares, o en su caso, los secretarios encargados del despacho deberán levantar por duplicado un acta administrativa con motivo de la conclusión de sus funciones, remitiendo un ejemplar para su archivo a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.
...
TERCERO.- ...
El Presidente de cada tribunal colegiado de circuito auxiliar, o en su caso, quien lo sustituya, deberá levantar por duplicado un acta administrativa con motivo de la conclusión de sus funciones, remitiendo un ejemplar para su archivo a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.
...
OCTAVO.- ...
...
...
La Dirección General de Gestión Judicial en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de la Información realizarán la adición de los rubros necesarios en el sistema de cómputo de la oficina de correspondencia común de que se trata, a fin de adecuarlos a sus nuevas funciones.
...
NOVENO.- Los órganos jurisdiccionales que inician funciones, para el control de los asuntos de su conocimiento, contarán con libros electrónicos de registro que se les implementarán en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE), por la Dirección General de Gestión Judicial. De forma temporal, se podrán autorizar por los titulares el uso de libros auxiliares, con la certificación correspondiente conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General 34/2000 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
De igual forma, deberán levantar por duplicado un acta administrativa del inicio de funciones del órgano jurisdiccional, cuyo formato les será proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, debiendo remitir un tanto a la propia Secretaría.
DÉCIMO CUARTO.- La adscripción y la rotación de los jueces de Distrito y magistrados de Circuito como titulares de los órganos jurisdiccionales en materia administrativa especializados en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, corresponderá a la Comisión de Adscripción del Consejo de la Judicatura Federal de conformidad con las atribuciones señalada...

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