Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal

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ACUERDO DEL PLENO DEL CJF 1
ACUERDO GENERAL 3/2013, DEL PLENO DEL CON-
SEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA
DETERMINACION DEL NUMERO Y LIMITES TERRITO-
RIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE
DIVIDE LA REPUBLICA MEXICANA; Y AL NUMERO, A
LA JURISDICCION TERRITORIAL Y ESPECIALIZACION
POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y
DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO
Modificado con el D.O.F. del 10 de diciembre de 2019
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Consejo de la Judicatura Federal. Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal,
relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judicia-
les en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial
y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de
Distrito.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo;
100, párrafos primero y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 68 y 81, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federa-
ción, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administra-
ción, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con
independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está
facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de
sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda perso-
na tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expedi-
tos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Esta-
dos Unidos Mexicanos y los artículos 81, fracciones IV, V, VI, XX y XXIV; y 144 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones
del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número y los límites territoriales
de los Circuitos en que se divida el territorio de la República Mexicana, así como
el número, delimitación territorial y, en su caso, especialización por materia, de
los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y de los juzgados de Distrito en
cada uno de los mencionados Circuitos. Asimismo, que cada uno de los circuitos
comprenderán los distritos judiciales cuyo número y límites territoriales determine
el Consejo de la Judicatura Federal, y que en cada Distrito deberá establecerse
cuando menos un juzgado;
CUARTO. Con motivo de la creación de órganos jurisdiccionales y su especia-
lización, la creación de nuevos Distritos Judiciales y su delimitación territorial por
parte del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, así como la creación de Cen-
tros Regionales Auxiliares, y toda vez que el Acuerdo General 11/2011, derogado
ha sido reformado en múltiples ocasiones, se hace evidente la necesidad de emitir
uno nuevo que lo sustituya y actualice.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y le-
gales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. El territorio de la República se divide en treinta y dos circuitos, cuya
circunscripción territorial es la siguiente:
I. PRIMER CIRCUITO: Ciudad de México.
2 EDICIONES FISCALES ISEF
II. SEGUNDO CIRCUITO: Estado de México.
III. TERCER CIRCUITO: Estado de Jalisco.
IV. CUARTO CIRCUITO: Estado de Nuevo León.
V. QUINTO CIRCUITO: Estado de Sonora, con excepción del municipio de San
Luis Río Colorado.
VI. SEXTO CIRCUITO: Estado de Puebla.
VII. SEPTIMO CIRCUITO: Estado de Veracruz, con excepción de los munici-
pios de Acayucan, Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidal-
gotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Jesús Carranza, Las Choapas, Mecayapan,
Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Paja-
pan, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuica-
pan de Juárez, Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza.
VIII. OCTAVO CIRCUITO: Estado de Coahuila de Zaragoza y los municipios
de General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Lerdo, Mapimí, Nazas, San Juan de
Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo del Estado de
Durango.
IX. NOVENO CIRCUITO: Estado de San Luis Potosí.
X. DECIMO CIRCUITO: Estado de Tabasco y los municipios de Acayucan,
Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidalgotitlán, Ixhuatlán
del Sureste, Jáltipan, Jesús Carranza, Las Choapas, Mecayapan, Minatitlán, Mo-
loacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, San Juan
Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez,
Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza del Estado de Veracruz.
XI. DECIMOPRIMER CIRCUITO: Estado de Michoacán.
XII. DECIMOSEGUNDO CIRCUITO: Estado de Sinaloa y Archipiélago de las
Islas Marías.
XIII. DECIMOTERCER CIRCUITO: Estado de Oaxaca.
XIV. DECIMOCUARTO CIRCUITO: Estado de Yucatán.
XV. DECIMOQUINTO CIRCUITO: Estado de Baja California y municipio de San
Luis Río Colorado del Estado de Sonora.
XVI. DECIMOSEXTO CIRCUITO: Estado de Guanajuato.
XVII. DECIMOSEPTIMO CIRCUITO: Estado de Chihuahua.
XVIII. DECIMOCTAVO CIRCUITO: Estado de Morelos.
XIX. DECIMONOVENO CIRCUITO: Estado de Tamaulipas.
XX. VIGESIMO CIRCUITO: Estado de Chiapas.
XXI. VIGESIMO PRIMER CIRCUITO: Estado de Guerrero.
XXII. VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO: Estado de Querétaro.
XXIII. VIGESIMO TERCER CIRCUITO: Estado de Zacatecas.
XXIV. VIGESIMO CUARTO CIRCUITO: Estado de Nayarit.
XXV. VIGESIMO QUINTO CIRCUITO: Estado de Durango, con excepción de
los municipios de General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Lerdo, Mapimí, Nazas,
San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo.
XXVI. VIGESIMO SEXTO CIRCUITO: Estado de Baja California Sur.
XXVII. VIGESIMO SEPTIMO CIRCUITO: Estado de Quintana Roo.
XXVIII. VIGESIMO OCTAVO CIRCUITO: Estado de Tlaxcala.
XXIX. VIGESIMO NOVENO CIRCUITO: Estado de Hidalgo.
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XXX. TRIGESIMO CIRCUITO: Estado de Aguascalientes.
XXXI. TRIGESIMO PRIMER CIRCUITO: Estado de Campeche.
XXXII. TRIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO: Estado de Colima.
SEGUNDO. Cada uno de los Circuitos a que se refiere el punto primero com-
prenderá los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y los juzgados de Distrito
que a continuación se precisan:
I. PRIMER CIRCUITO:
1. Sesenta y cinco tribunales colegiados especializados: diez en materia penal,
veintitrés en materia administrativa, quince en materia civil y diecisiete en materia
de trabajo, todos con residencia en la Ciudad de México.
2. Diez tribunales unitarios especializados: seis en materia penal y cuatro en
materias Civil, Administrativa y Especializados en Competencia Económica, Ra-
diodifusión y Telecomunicaciones, todos con residencia en la Ciudad de México.
3. Sesenta y cuatro juzgados de Distrito en la Ciudad de México especializados:
Nueve de Procesos Penales Federales, dieciséis de amparo en materia penal,
dieciséis en materia administrativa, catorce en materia civil y nueve en materia de
trabajo, todos con residencia en la Ciudad de México.
4. Cuatro Juzgados de Distrito en Materia Mercantil Especializados en Juicios
de Cuantía Menor, con residencia en la Ciudad de México.
5. Derogado.
6. Cinco Juzgados de Distrito Especializados en Ejecución de Penas, todos con
residencia en la Ciudad de México.
II. SEGUNDO CIRCUITO:
1. Dieciséis tribunales colegiados, de los cuales catorce son especializados:
cuatro en materia penal, cuatro en materia civil y dos en materia de trabajo, con re-
sidencia en Toluca, y cuatro tribunales colegiados en materia administrativa, con re-
sidencia en Naucalpan de Juárez; y dos tribunales colegiados en Nezahualcóyotl.
2. Ocho Tribunales Unitarios: cinco con sede en Toluca, dos con residencia en
Nezahualcóyotl; y uno especializado en Materia Penal, con residencia en Almoloya
de Juárez.
3. Treinta y un Juzgados de Distrito en el Estado de México; cuatro de Pro-
cesos Penales Federales, nueve especializados en materia de Amparo y Juicios
Federales y uno en Materia Mercantil Federal, todos con residencia en Toluca; doce
Juzgados de Distrito Mixtos y uno en materia Mercantil Federal, todos con sede en
Naucalpan de Juárez; y cuatro con sede en Nezahualcóyotl.
4. Derogado.
III. TERCER CIRCUITO:
1. Veintidós tribunales colegiados especializados: tres en materia penal; siete
en materia administrativa, cinco en materia civil, y cinco en materia de trabajo, to-
dos con residencia en Zapopan; uno en materia penal y uno en materia civil, ambos
con sede en Guadalajara, en Jalisco.
2. Seis tribunales unitarios: cinco con residencia en Zapopan y uno con sede
en Guadalajara.
3. Treinta y dos juzgados de Distrito especializados: nueve de amparo en ma-
teria penal, cuatro con residencia en Zapopan y cinco con sede en Puente Grande;
diecinueve en materias administrativa, civil y de trabajo, todos con residencia en
el municipio de Zapopan; y cuatro de procesos penales federales con residencia
en Puente Grande.

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