Acuerdo General 24/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, y de la oficina de correspondencia común que presta servicio a los Juzgados de Distrito de la residencia indicada; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana, y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Fecha de publicación29 Noviembre 2021
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
ACUERDO General 24/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, y de la oficina de correspondencia común que pr
ACUERDO General 24/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, y de la oficina de correspondencia común que presta servicio a los Juzgados de Distrito de la residencia indicada; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana, y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 24/2021, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, CON RESIDENCIA EN MONCLOVA, Y DE LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN QUE PRESTA SERVICIO A LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE LA RESIDENCIA INDICADA; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA, Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, fracciones V y XXIV; y 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los Juzgados de Distrito cuando en un mismo lugar haya varios de ellos. Esta atribución se ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17 párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; y
CUARTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de 27 de octubre de 2021, aprobó el Estudio relativo a la conclusión de funciones de un Juzgado de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. El Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, concluye funciones a las veinticuatro horas del 30 de noviembre de 2021.
Artículo 2. A partir del 15 de noviembre de 2021 todos los asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, se turnarán en forma exclusiva al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, para el efecto de que el órgano que concluirá funciones en esa sede resuelva, en la medida de lo posible, los asuntos que se encuentren pendientes de resolución y prepare la entrega de todos sus expedientes, documentos, valores, mobiliario y equipo.
Artículo 3. Del 1 al 30 de noviembre de 2021 el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, estará de guardia para la recepción de todos los asuntos urgentes que se presenten en días y horas hábiles e inhábiles y, a partir del 1 de diciembre de 2021, este órgano jurisdiccional quedará en forma permanente de guardia en su sede para atender los referidos asuntos, al quedar como juzgado de Distrito único en esa residencia.
Artículo 4. La persona titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, designará a la o al servidor público encargado de elaborar una relación de los juicios de amparo, los juicios federales, así como de las causas penales, en las que se numeren los expedientes de forma consecutiva y por orden de antigüedad señalando, en su caso, los anexos, bienes, billetes de depósito, fianzas, valores y demás documentos; así como el número de personas involucradas y tipo de delito, cuando proceda, y elaborará el acta de entrega-recepción de los expedientes y sus anexos, entregará un tanto a la Dirección General de Gestión Judicial, a la Dirección General de Estadística Judicial y al Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova.
Los libros de control deberán darse por concluidos, asentando la certificación correspondiente, y ponerse en resguardo de la Administración Regional que corresponda, los cuales conservará para su eventual consulta en caso de ser necesario.
Artículo 5. La documentación administrativa del órgano jurisdiccional (expedientes personales, control de asistencia, publicaciones, discos compactos, actas de visita, reportes estadísticos, etcétera) y el mobiliario del Juzgado se entregará a la Coordinación de Administración Regional, en tanto que el equipo informático quedará en custodia de la Dirección General de Tecnologías de la Información. De lo anterior se levantará el acta respectiva.
Artículo 6. La entrega-recepción de los expedientes, documentos, libros de control, valores, garantías, mobiliario, equipo y demás, concluirá, a más tardar, el 26 de noviembre de 2021. Los días 29 y 30 de noviembre de 2021 podrán destinarse al traslado del personal a la sede del órgano jurisdiccional al que serán incorporados y realizar los preparativos para su inicio de funciones. La persona titular del órgano jurisdiccional podrá destinar una plantilla mínima de personal para finalizar los actos que correspondan.
Artículo 7. El Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, recibirá los asuntos, valores, garantías, objetos y otros, procedentes del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, que concluye funciones. Asimismo, continuará con el trámite de los expedientes hasta su conclusión, cumplimentación, en su caso, y archivo definitivo y los registrará en sus libros de control respectivos con el número subsecuente que corresponda, con excepción de los relativos al archivo definitivo, señalando en el rubro de observaciones el número de expediente que se les asignó originalmente en el Juzgado de Distrito que concluye funciones y que éstos derivan de la remisión de asuntos ordenada en el presente Acuerdo.
Artículo 8. El Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova, dará el trámite correspondiente a los asuntos urgentes que llegasen a suscitarse, para posteriormente remitirlos al Juzgado Cuarto en la misma residencia, dando aviso de ello a la Oficina de Correspondencia Común.
Artículo 9. A partir de la fecha señalada en el artículo 1 de este Acuerdo, concluye funciones la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Coahuila de Zaragoza, con residencia en Monclova. La Dirección General de Gestión Judicial determinará lo relativo al destino del personal, documentación y archivo de la citada oficina, cuya jefa o jefe levantará un acta con motivo de su conclusión, remitiéndola a la citada Dirección General para su archivo y efectos conducentes. El mobiliario y equipo informático quedará en resguardo de la Administración Regional y de la Dirección General de Tecnologías de la Información, según corresponda, las que determinarán su destino.
Artículo 10. El Juzgado Cuar...

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