Acuerdo G/15/2013 por el que se determinan las Salas Regionales que serán apoyadas por las Salas Auxiliares del Tribunal Federal e Justicia Fiscal y Administrativa, así como el número y cualidad de los asuntos (DOF 3/VI/2013)

AutorJosé Pérez Chavez - Eladio Campero Guerrero - Raymundo Fol Olguin
Páginas496-503

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ACUERDO G/15/2013 por el que se determinan las Salas Regionales que serán apoyadas por las Salas Auxiliares del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como el número y cualidad de los asuntos (DOF 3/VI/2013)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior.

ACUERDO G/15/2013

POR EL QUE SE DETERMINAN LAS SALAS REGIONALES QUE SERÁN APOYADAS POR LAS SALAS AUXILIARES DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, ASÍ COMO EL NÚMERO Y CUALIDAD DE LOS ASUNTOS.

El Pleno de la Sala Superior en su integración de once Magistrados, en adelante Pleno Jurisdiccional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16,17,18 fracción X, 33 y 38-Bis, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; 2o., fracción IX, 21,22y 23-Bis, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Segundo Transitorio del Acuerdo SS/3/2012 del Pleno de laSalaSuperior, en su integración de trece Magistrados, en adelante laSalaSuperior, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, Tercero Transitorio del Acuerdo SS/6/2012 del Pleno de la Sala Superior, dictado en sesión de 10 de septiembre de 2012, Cuarto Transitorio del Acuerdo SS/1 /2013 del Pleno de laSalaSuperior, dictado en sesión de4deenerode2013ySegundoTransitoriodelAcuerdoSS/5/2013delaSala Superior, dictado en sesión de 22 de mayo de 2013, por los cuales se reforman los artículos 21, 22 y 23-Bis, del citado Reglamento Interior, y

CONSIDERANDO

Primero.-Que por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 dejunio de 2011, se reformó la Ley Orgánica del Tribunal Federal deJusticia Fiscal y Administrativa, a fin de prever la existencia de las Salas Auxiliares que tendrían como propósito esencial apoyar en el dictado de sentencias;

Segundo.- Que mediante Acuerdo SS/3/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, laSalaSuperior reformó el artículo 22, fracciones Vy XII y adicionó el 23-Bis, ambos del Reglamento Interior del Tribunal Federal deJusticia Fiscal y Administrativa, con el objeto de transformar, a partir del 1 o. de marzo de 2012, la SegundaSala Regional de Oriente y laTercera Sala Regional de Oriente, ambas consedeen laCiudad de San Andrés Cholula, Puebla; así como la Tercera Sala Regional del Norte Centro 11, con sede en la Ciudad de Torreón, Coahuila, en la Primera, Segunda y Tercera Salas Auxiliares del Tribunal, respectivamente. Asimismo, mediante Acuerdos SS/6/2012 y SS/1 /2013, dictados en sesión de 10 de septiembre de 2012 y 4 de enero de 2013, laSalaSuperiortransformó la SegundaSala Auxiliar en laTercera Sala Regional del Noreste y creó la Cuarta Sala Auxiliar, con sede en la ciudad de Victoria, Durango, respectivamente;

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Tercero.-Que el Pleno Jurisdiccional de laSalaSuperior, mediante Acuerdo G/5/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, determinó las Salas Regionales que, a partir del 1 o. de marzo de 2012, serían apoyadas por las

Salas Auxiliares, asícomo el númeroy cualidad de los asuntos que les serían turnados;

Cuarto.- Que el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, mediante Acuerdo G/32/2012, dictado en sesión de 10 de septiembre de 2012, modificó el Acuerdo G/5/2012, y determinó las Salas Regionales que, a partir del 1 o. de noviembre de 2012, serían apoyadas por las Salas Auxiliares, así como el número de los asuntos que les serían turnados;

Quinto.- Que conforme al artículo Tercero Transitorio del Acuerdo SS/3/2012 de 25 de enero de 2012, la Junta de Gobierno y Administración dictó los acuerdos necesarios para la operación de las Salas Auxiliares del Tribunal;

Sexto.- Que en virtud de los diversos obstáculos que enfrentó el desarrollo de la operación de la normatividad descrita, mismos que se detectaron en las Salas Auxiliares durante el proceso de visitas 2012, se hace necesario abrogar el Acuerdo G/5/2012 y su modificación contenida en el diverso G/32/2012 antes referidos, y en su lugar emitir un nuevo instrumento normativo que concentre, armonicey garantice laeficaciadetodos los procedimientosque regulan la operación de las Salas Auxiliares, para mejorar su funcionamiento y opti-mizar los objetivos que les fueron asignados por la Ley;

Séptimo.- Que tomando en cuenta lo anterior, ytodavezque es facultad del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior determinar las Salas Regiona-lesqueserán apoyadas por las Salas Auxiliares, así como el númeroy cualidad de los asuntos que se enviarán a éstas últimas, se estima conveniente proceder a la emisión de un nuevo Acuerdo, que subsane las deficiencias detectadas y que garantice la adaptabilidad de sus normas a la realidad actual de las Salas que de conformidad con la información estadística obtenida por el Sistema de Control y Seguimiento de Juicios, actualmente cuentan con un alto porcentaje de ingresos, inventarios altos y en consecuencia, mayores cargas de trabajo;

Octavo.-Que laJuntade Gobierno y Administración hizo del conocimiento de este Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, los informes y reportes estadísticos registrados en el desempeñode las Salas Regionales en el año2012y en los meses transcurridos hasta el mes anterior a este Acuerdo, que comprenden, cuando menos, los datos consistentes en: a) el número de expedientes que se encuentran en trámite en cada Sala Regional, b) el número de demandas que mensualmente han ingresado a cada Sala Regional, c) el número de sentencias...

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