Acuerdo por el que se expiden los lineamientos internos del Comité Técnico del Programa 'Reparación a Víctimas u Ofendidos del Delito de Feminicidio”.

Jueves 28 de abril de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 75
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EL COMITÉ TÉCNICO DEL PROGRAMA "REPARACIÓN A VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO DE
FEMINICIDIO”, PARA EL ESTADO DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL
NUMERAL 9.4.3 FRACCIÓN V, ASÍ COMO EL ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL ACUERDO
DEL SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y DE LA SECRETARIA DE LA MUJER
POR EL QUE SE EMITEN MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE RECURSOS DEL
PROGRAMA "REPARACIÓN A VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO DE FEMINICIDIO”, PARA EL
ESTADO DE MÉXICO.
CONSIDERANDO
Que el Programa "Reparación a Víctimas u Ofendidos del Delito de Feminicidio”, consiste en un otorgar
reparación integral del daño con Perspectiva de Género, contemplado dentro del Manual y Protocolo de
Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito de Feminicidio, pretende garantizar a las Víctimas y Ofendidos
del Delito de Feminicidio, homicidio de mujeres por razones de género y mujeres sobrevivientes de
feminicidio, el acceso a una medida de compensación pecuniaria, que exprese la voluntad del Estado por
reconocer su responsabilidad, donde se materialice su compromiso con mejorar las condiciones de vida de
las víctimas y la reconstrucción de su proyecto de vida, conforme al último párrafo del artículo 58 Ter de la
Ley de Víctimas del Estado de México respecto a que, en el caso del delito de feminicidio, la
compensación será de hasta cinco mil unidades de medida y actualización y si este se presentara en
transporte público de pasajeros, oficiales, escolares en servicio u otros, dicha cantidad podría elevarse
hasta tres veces.
Que el 25 de febrero de 2022 se publicaron en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” las
modificaciones a las Reglas de Operación del Programa "Reparación a Víctimas u Ofendidos del Delito de
Feminicidio”.
Que en las Reglas de Operación del referido Programa se contempla la constitución del Comité Técnico
como un cuerpo colegiado, que garantice el cumplimiento de estas, la transparencia en el ejercicio y
aplicación de los recursos, así como el seguimiento del Programa, quedando formalmente instalado el día
17 de marzo de 2022.
Que, en virtud de lo anterior, de conformidad con el numeral 9.4.3 fracción V, así como el artículo octavo
transitorio de las modificaciones a las reglas de operación del mismo Programa, se formulan los presentes
Lineamientos Internos del Comité Técnico, los cuales permitirán eficientar el ejercicio de las atribuciones
del mismo y contar con un instrumento normativo acorde con las necesidades específicas del referido
Programa.
Que el Comité de Admisión y Seguimiento aprobó los presentes Lineamientos Internos en la Segunda
Sesión Ordinaria del Comité de Admisión y Seguimiento celebrada el día 20 de abril de 2022, mediante
acuerdo CT-FEM-20-22-3.
En mérito de lo expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y consideraciones previamente
señaladas, el Comité Técnico ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DEL COMITÉ TÉCNICO DEL
PROGRAMA "REPARACIÓN A VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO DE FEMINICIDIO”.
CAPÍTULO PRIMERO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERO. Las disposiciones de los presentes Lineamientos Internos tienen como propósito regular la
organización y funcionamiento del Comité Técnico del Programa "Reparación a Víctimas u Ofendidos del
delito de feminicidio”.

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