Acuerdo por el que se expiden los lineamientos internos del Comité de Admisión y Seguimiento del Programa “Canasta Alimentaria para Víctimas del Delito de Feminicidio y Desaparición”.

Jueves 28 de abril de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 75
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
EL COMITÉ DE ADMISIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA “CANASTA ALIMENTARIA PARA
VÍCTIMAS DEL DELITO DE FEMINICIDIO Y DESAPARICIÓN”, PARA EL ESTADO DE MÉXICO, DE
CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 9.4.2 INCISOS K Y M, ASÍ COMO EL
ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO DEL ACUERDO DEL SECRETARIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS Y DE LA SECRETARÍA DE LA MUJER POR EL QUE SE EMITEN MODIFICACIONES A
LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “CANASTA ALIMENTARIA PARA VÍCTIMAS DEL
DELITO DE FEMINICIDIO Y DESAPARICIÓN”.
CONSIDERANDO
Que el Programa “Canasta Alimentaria para Víctimas del Delito de Feminicidio y Desaparición”, tiene por
objeto favorecer la adquisición de productos de la Canasta Básica del Núcleo Familiar en el que alguno de
sus miembros es ofendido de delitos de feminicidio, desaparición, homicidio de mujeres por razones de
género y para hijas e hijos de mujeres sobrevivientes de feminicidio que a consecuencia del delito cuenten
con alguna discapacidad física o mental y estas no puedan atender las necesidades alimentarias básicas
de sus hijos e hijas, cometidos, continuados o consumados en el Estado de México, mediante el
otorgamiento de apoyos económicos.
Que el 25 de febrero de 2022 se publicaron en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” las
modificaciones a las Reglas de Operación del Programa “Canasta Alimentaria para Víctimas del Delito de
Feminicidio y Desaparición”.
Que en las reglas de operación del referido programa se contempla la constitución del Comité de Admisión
y Seguimiento como un cuerpo colegiado, que garantice el cumplimiento de estas, la transparencia en el
ejercicio y aplicación de los recursos, así como el seguimiento del Programa, quedando formalmente
instalado el día 17 de marzo de 2022.
Que, en virtud de lo anterior, de conformidad con el numeral 9.4.2 incisos k y m, así como el artículo
octavo transitorio de las reglas de operación del mismo Programa, se formulan los presentes Lineamientos
Internos del Comité de Admisión y Seguimiento, los cuales permitirán eficientar el ejercicio de las
atribuciones del mismo y contar con un instrumento normativo acorde con las necesi dades específicas del
referido Programa.
Que el Comité de Admisión y Seguimiento aprobó los presentes Lineamientos Internos en la Segunda
Sesión Ordinaria del Comité de Admisión y Seguimiento celebrada el día 20 de abril de 2022, mediante
acuerdo CAS-PCA-20-22-3.
En mérito de lo expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y consideraciones previamente
señaladas, el Comité de Admisión y Seguimiento ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DEL COMITÉ DE ADMISIÓN
Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA “CANASTA ALIMENTARIA PARA VÍCTIMAS DEL DELITO DE
FEMINICIDIO Y DESAPARICIÓN”.
CAPÍTULO PRIMERO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

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