Acuerdo por el que se expide la Norma Técnica NT-SGIRPC-PIR-002-2-2021, Instalación y Quema de Artificios Pirotécnicos en Espectáculos Públicos y Tradicionales en la Ciudad de México

10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 de julio de 2021

SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

ARQ. MYRIAM VILMA URZÚA VENEGAS, Secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 14 Base A, 16 Base G numeral 7 y Base I, 33 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 16 fracción VIII, 20 fracción XIII, 33 fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 77, 110 fracción III, 115 fracción II y XIV y 221 fracción VI de la Ley Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, 7 fracción VIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 59, 62, 62 BIS fracción II, III inciso B, del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

CONSIDERANDO

Que el Gobierno de la Ciudad de México garantizará el pleno ejercicio de los derechos de las personas que habitan, transitan o visitan la Ciudad de México, estableciendo medidas de prevención, mitigación y gestión integral de riesgos que reduzcan la vulnerabilidad ante eventos originados por fenómenos naturales y por la actividad humana.

Que con fecha 2 de marzo de 2021 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se modifica la denominación de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, así como del Código Civil para el Distrito Federal.

Que con fecha 18 de junio de 2021 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se modifica su denominación, se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.

Que uno de los objetivos de la gestión integral de riesgos es la prevención, identificando los riesgos a que está expuesta la población y esté preparada para disminuir sus efectos, así como mitigar los previamente identificados y estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre.

Que ésta Norma Técnica constituye el marco legal que garantiza a la población, un nivel adecuado de seguridad, eficacia y coordinación administrativa, en materia de gestión integral de riesgos y protección civil, estableciendo la obligación de seguridad mínima para la instalación y quema de artificios pirotécnicos derivado de las actividades en espectáculos públicos y tradicionales en la Ciudad de México y que potencialmente pueden generar o resultar afectada la población por situaciones de emergencia, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE LA "NORMA TÉCNICA NT-SGIRPC-PIR-002-2-2021.- INSTALACIÓN Y QUEMA DE ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS EN ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y TRADICIONALES EN LA

CIUDAD DE MÉXICO"

Índice

  1. - Introducción

  2. - Objetivo

  3. - Alcances

  4. - Definiciones

  5. - Clasificación de artificios pirotécnicos

  6. - Aspectos operativos

  7. - Funciones

  8. - Aspectos documentales

  9. - Interpretación, supervisión y verificación

    1.- Introducción

    En la Ciudad de México se encuentran los principales establecimientos de entretenimiento, en los que cada fin de semana se concentran miles de personas que acuden a diversos espectáculos públicos y todos los días se realizan festividades tradicionales con la utilización de artificios pirotécnicos.

    La Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil tiene como objetivo principal garantizar la vida e integridad física de todas las personas, que podrían ser afectadas en situaciones de emergencia o desastre, por tal motivo resulta de suma importancia contar con una norma técnica que establezca los lineamientos para realizar de forma segura las actividades de montaje, quema y retiro de artificios pirotécnicos en espectáculos públicos y tradicionales.

    La presente Norma Técnica establece la clasificación de los artificios pirotécnicos, define las funciones de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y de las Unidades de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de las Alcaldías, así como las responsabilidades del organizador del espectáculo público, el permisionario y su personal técnico pirotécnico, y de los Responsables Oficiales de Protección Civil. Así mismo establece las medidas de seguridad y los documentos que se requieren en la instalación, quema y desmantelamiento de artificios pirotécnicos.

    2.- Objetivo

    Establecer los lineamientos para la utilización de artificios pirotécnicos en espectáculos públicos y tradicionales en la Ciudad de México, con los parámetros de seguridad indispensables para salvaguardar la integridad física y psicológica, así como los bienes de los asistentes a dichos eventos y el entorno.

    3.- Alcances

    La presente Norma Técnica será instrumentada por las autoridades, entidades, órganos y organismos del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial locales, Órganos Autónomos, Alcaldías, Organismos Paraestatales, Universidades públicas y privadas, Responsables Oficiales de Protección Civil en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil y en general cualquier persona física o moral que cuenten con el permiso general otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional.

    4.- Definiciones

    Además de las definiciones que se refiere la Ley General de Protección Civil, la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México y su Reglamento, para efectos de la presente Norma Técnica se entenderá por:

    4.1 Área de quema o lanzamiento: Espacio especialmente acotado y protegido por el personal técnico pirotécnico destinado exclusivamente al montaje del espectáculo y quema de artificios pirotécnicos;

    4.2 Área de seguridad: Espacio que rodea a la zona de quema o lanzamiento, vigilada por personal de seguridad privada o seguridad ciudadana, que delimita la presencia del público espectador y cuya finalidad es la de proporcionar a éste un desarrollo razonablemente seguro del espectáculo;

    4.3 Artificio pirotécnico: Aquel que contenga materia destinada a producir un efecto calorífico, luminoso, sonoro, gaseoso, fumígeno, o una combinación de tales efectos, como consecuencia de reacciones químicas elaborado de manera artesanal o industrial que sea destinado para fines recreativos, de entretenimiento o tradicionales;

    4.4 Autorización de quema: Documento que expide la Alcaldía señalando: evento, lugar, fecha y hora de quema;

    4.5 Carta de corresponsabilidad: Documento con formato previamente establecido por la Secretaría, en el que el Responsable Oficial de Protección Civil avala plenamente el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas en materia de la Ley y su Reglamento y con el que se responsabiliza legalmente con la persona moral o física que obligatoriamente deba presentar el Programa Interno o Especial de Protección Civil;

    4.6 Alcaldía: El órgano político administrativo de cada demarcación territorial de la Ciudad de México;

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    4.7 Distancia de seguridad: Distancia existente entre el castillo, los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artificio de mayor potencia y la línea perimetral del área de seguridad;

    4.8 Encargado: Persona designada por el permisionario que asume la dirección del montaje y disparo, que funge como la persona interlocutora de la empresa con el organizador y las autoridades competentes;

    4.9 Espectáculo público: La representación, función, acto, evento o exhibición artística, musical, deportiva, taurina, cinematográfica, teatral...

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