Acuerdo Específico E/JGA/9/2013 que establece las Reglas para la Selección, Envío, Recepción y Distribución de los Expedientes que deberán ser remitidos a las Salas Auxiliares (DOF 18/VI/2013)

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas549-554

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ACUERDO ESPECIFICO E/JGA/9/2013 que establece las Reglas para la Selección, Envío, Recepción y Distribución de los Expedientes que deberán ser remitidos a las Salas Auxiliares (DOF 18/VI/2013)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO E/JGA/9/2013

REGLAS PARA LA SELECCIÓN, ENVIO, RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LOS EXPEDIENTES QUE DEBERÁN SER REMITIDOS A LAS SALAS AUXILIARES.

Acuerdo Específico E/JGA/9/2013 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que establece las reglas para la selección, envío, recepción y distribución de los expedientes que deberán ser remitidos a las Salas Auxiliares.

CONSIDERANDO

Primero. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales del país estarán expeditos para impartirjusticia de manera pronta, completa e imparcial, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los gobernados este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual;

Segundo. Que el artículo 39 de la Ley Orgánica de este Órgano Jurisdiccional establece que laJunta de Gobiernoy Administración, es el órgano del Tribunal quetiene asu cargo laadministración, vigilancia, disciplina y carre-rajurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento desusfunciones, y que en términos de las fracciones I y XXII, del artículo 41 de la misma Ley, es facultad de la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal ydirigir la buena marcha del mismo, dictando las medidas necesarias;

Tercero. Que por Decreto publicado en el Diario Oficial déla Federación el 3 de junio de 2011, se reformó la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a fin de prever la existencia de las Salas Auxiliares quetendrían como propósito esencial apoyaren el dictado de sentencias;

Cuarto. Que mediante Acuerdo SS/3/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, el Pleno de la Sala Superior en su integración de trece Magistrados, en adelante la Sala Superior, reformó el artículo 22, fracciones V y XII y adicionóel 23-Bis, ambos del Reglamento InteriordelTribunal Federal deJus-ticia Fiscal y Administrativa, con el objeto de transformar, a partir del 1 o. de marzo de 2012, la Segunda Sala Regional de Oriente y la Tercera Sala Regional de Oriente, ambas con sede en la Ciudad de San Andrés Cholula, Puebla; asícomo laTerceraSala Regional del Norte Centro II, con sede en laCiudad de Torreón, Coahuila, en la Primera, Segunday Tercera Salas Auxiliares del Tribunal, respectivamente. Asimismo, mediante Acuerdos SS/6/2012y SS/1 /2013,

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dictados en sesión de 10 de septiembre de 2012 y 4 de enero de 2013, la Sala Superior transformó la Segunda Sala Auxiliar, con sede en la Ciudad de San Andrés Cholula, Puebla, y la Tercera Sala Regional del Noroeste, con sede en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, y creó la Cuarta Sala Auxiliar, con sede en la Ciudad de Victoria de Durango, Durango, respectivamente;

Quinto. Que el Pleno de la Sala Superior en su integración de once Magistrados, en adelante Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, mediante Acuerdo G/5/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, determinó las Salas Regionales que, a partir del 1o.de marzo de 2012, serían apoyadas por las Salas Auxiliares aquese refiere el considerando anterior, asícomo la cualidad y el número de los asuntos que les serían turnados;

Sexto. Que el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, mediante Acuerdo G/32/2012, dictado en sesión de 10 de septiembre de 2012, modificó el Acuerdo G/5/2012 y determinó las Salas Regionales que, a partir del 1 o. de noviembre de 2012, serían apoyadas por las Salas Auxiliares, asícomo el número de los asuntos que les serían turnados;

Séptimo. Que conforme al artículotercerotransitoriodelAcuerdoSS/3/2012, dictado en sesión de 25 de enero de 2012, la Junta de Gobierno y Administración dictó los acuerdos necesarios para la operación de las Salas Auxiliares del Tribunal;

Octavo. Que en virtud de los diversos obstáculos que enfrentó el desarrollo de la operación de la normatividad descrita, mismosque se detectaron en las Salas Auxiliares durante el proceso de visitas 2012, el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, mediante Acuerdo G/15/2013, dictado en sesión de 22 de mayo de 2013, abrogó los diversos G/5/2012 y...

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