Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA) para el ejercicio fiscal 2021.

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EmisorSecretaria de Agricultura y Desarrollo Rural

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- AGRICULTURA.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 4, párrafo tercero, 25, 26, 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 17, 23, 26, 35 y Artículo Décimo Séptimo Transitorio de las modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 9, 12, 13, 32, 33, 34, 35, 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183, 190 fracciones I y II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 5, 6, 21 y 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana; 3, fracción XII, 26, 27, 28 y 30, los Anexos 11, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; y los Artículos 1, 3 y 5, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su Artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo, así como una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales;

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia.

Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas;

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 08, "Agricultura y Desarrollo Rural", entre ellos, el Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA), se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía;

Que para estar acordes con los objetivos internacionales de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, en el ejercicio fiscal 2021 se desarrollarán mejores esfuerzos y estrategias para combatir la pobreza y el hambre y buscar en la medida de nuestras posibilidades la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición en la población objetivo;

Que para contribuir a las Directrices del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, este Programa se encuentra alineado a la Directriz 3 "Desarrollo Económico Incluyente", así como también a los objetivos del Programa Sectorial del Programa de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024 y de los programas institucionales de SEGALMEX y de DICONSA;

Que la población que habita en localidades de alta y muy alta marginación padece de un acceso insuficiente a productos básicos y complementarios de calidad y su capacidad de adquirirlos es baja en función de su nivel de ingresos, para lo cual se establece el Programa de Abasto Rural a cargo de DICONSA, S.A. de C.V.

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria ordena que las Reglas de Operación deberán ser simples y precisas, con el objeto de facilitar la eficiencia y la eficacia en la aplicación de los programas; y,

Que para cumplir con todo lo anterior, en todo caso se cuidará aplicar las leyes y demás normas en vigor en lo que toca a la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, la eliminación de toda forma de discriminación y se buscará en todas las acciones, tener presentes los principios de sustentabilidad para

preservar y mejorar el medio ambiente.

En este tenor, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ABASTO RURAL A CARGO DE DICONSA, S.A. DE C.V. (DICONSA) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

ÍNDICE

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales
Capítulo II Objeto del Programa de Abasto Rural
Capítulo III Lineamientos Generales
TÍTULO SEGUNDO Operación del Programa
Capítulo I Instancias
Capítulo II Mecánica Operativa
TÍTULO TERCERO Seguimiento, Supervisión y Evaluación del Programa
Capítulo I Evaluación
Capítulo II Supervisión
TÍTULO CUARTO Disposiciones Complementarias
Capítulo I Derechos
Capítulo II Control y Auditoría
Capítulo III Acceso a la Información y Rendición de Cuentas
Capítulo IV Quejas y Denuncias y Solicitudes de Información

ANEXOS

ANEXO I. Guía Rápida para el Beneficiario

ANEXO II. Diagrama de Flujo - Programa de Abasto Rural operado por DICONSA, S.A. de C.V.

ANEXO III. Canasta Básica (Productos Alimenticios y de Demanda Social)

ANEXO IV. Solicitud de Apertura de Tienda

ANEXO V. Indicadores del Programa

ANEXO VI. Formato para la Verificación de Abasto Local Suficiente en el Área de Influencia de la Tienda

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
Capítulo I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 23
Artículo 1 El presente Acuerdo tiene como objeto establecer las Reglas de Operación que estarán vigentes para el Ejercicio Fiscal 2021, para la ejecución del Programa de Abasto Rural.
Capítulo II Artículos 2 a 4

Objeto del Programa de Abasto Rural

Artículo 2 Objetivo General del Programa

Contribuir a fortalecer el cumplimiento efectivo del derecho social a la alimentación, facilitando el acceso físico y económico a la Canasta Básica (Productos Alimenticios y de Demanda Social), para mejorar la seguridad alimentaria de la población que habita en las localidades de alta o muy alta marginación.

Artículo 3 Objetivo Específico

Facilitar el acceso a productos básicos económicos y de calidad, en forma eficaz y oportuna, para mejorar la seguridad alimentaria de la población en localidades de alta o muy alta marginación con cobertura de tienda comunitaria.

Artículo 4 Glosario de Términos

Para efectos y aplicación del Programa, en las presentes Reglas de Operación independientemente de que el término se utilice en plural o singular, se entenderá por:

  1. Canasta Básica (Productos Alimenticios y de Demanda Social).- Productos contenidos en el Anexo III de las presentes Reglas de Operación.

  2. Capital de Trabajo.- Monto asignado por DICONSA en artículos de la Canasta Básica (Productos Alimenticios y de Demanda Social), de forma suficiente para cubrir por lo menos 21 días de venta, con el fin de asegurar el abasto. El cual se calcula a partir de los resultados del estudio socioeconómico. Dicho capital es con el que inicia la operación la Tienda.

  3. Capital Comunitario (CC).- Recursos aportados por la comunidad para adquirir productos adicionales a los asignados por DICONSA para la operación de la...

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