Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2018.

Fecha de disposición30 Diciembre 2017
Fecha de publicación30 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEXTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSÉ RAMÓN NARRO ROBLES, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 y 29, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, así como 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho humano que toda persona tiene a la protección de la salud;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta Nacional México Incluyente, Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, Estrategia 2.3.3. Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad, prevé como línea de acción, la relativa a fomentar el desarrollo de infraestructura y la puesta en marcha de unidades médicas móviles y su equipamiento en zonas de población vulnerable;

Que el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA), en su segundo Objetivo Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad, establece como estrategias avanzar en el acceso efectivo a servicios de salud de la población mexicana, independientemente de su condición social o laboral, así como mejorar la calidad de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud;

Que el PROSESA, en su cuarto Objetivo Cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país, Estrategia 4.3. Fortalecer los servicios de promoción y atención brindados a la población indígena y otros grupos en situación de vulnerabilidad, prevé como una de sus líneas de acción, la relativa a fortalecer la red de atención primaria a la salud, con énfasis en unidades móviles de salud;

Que el PROSESA, en su quinto Objetivo Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, para obtener mejores resultados en salud, plantea entre otras estrategias como forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud; la relativa a establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud;

Que conforme al Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, el Programa Caravanas de la Salud, hoy Fortalecimiento a la Atención Médica, coadyuva con acciones de promoción, prevención, atención médica y odontológica;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 29, párrafo primero y el Anexo 26, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre del 2017, el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, estará sujeto a las Reglas de Operación que se emitan, de conformidad con el artículo 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y

Que el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados, así como cobertura, y los gastos indirectos de dicho programa, para el Ejercicio Fiscal 2018, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación 10 de diciembre de 2012; su modificación publicada el 30 de diciembre de 2013; los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados el 30 de enero de 2013 y los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados el 22 de febrero del 2016, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO Se emiten las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2018.
TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil dieciocho.

Dado en la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- El Secretario de Salud, José Ramón Narro Robles.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

Índice

  1. - Introducción

    1.1.- Glosario de términos

  2. - Marco Jurídico y Programático

    2.1.- Marco Jurídico aplicable al Programa

    2.2.- Marco Programático

    2.2.1.- Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

    2.2.2.- Programa Sectorial de Salud 2013-2018

    2.3.- Elementos Estratégicos para la Planeación del Programa

    2.3.1.- Accesibilidad a la Red Integral de Servicios de Salud

    2.3.2.- Orientación Estratégica del Programa

  3. - Misión y visión del Programa

    3.1.- Misión

    3.2.- Visión

  4. - Objetivos y matriz de indicadores para resultados

    4.1.- Objetivo General

    4.2.- Objetivos Específicos

    4.3.- Matriz de Indicadores para resultados del Programa

  5. - Generalidades

    5.1.- Descripción, modalidades de atención y características del Programa

    5.2.- Cobertura

    5.3.- Áreas de Enfoque

    5.4.- Criterios de inclusión para las Rutas de UMM

    5.5.- Focalización

    5.6.- Servicios que otorgan los SES a través de UMM

    5.7.- Beneficiarios del Programa

    5.8.- Obligaciones y derechos

    5.8.1.- Bienes en comodato

    5.8.2.- UMM en mantenimiento

    5.9.- Clasificación de las UMM y servicios que otorgan

    5.10.- Participantes

    5.10.1.- Instancia Normativa

    5.10.1.1.- Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud

    5.10.1.2.- Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud

    5.10.1.3.- Otras Unidades Administrativas de la Secretaría

    5.10.2.- Instancia Ejecutora

    5.10.2.1.- Servicios Estatales de Salud

    5.10.2.2.- Régimen Estatal de Protección Social en Salud

    5.10.2.3.- Coordinación del Programa

    5.10.2.4.- Jurisdicción Sanitaria

    5.10.2.5.- Comité Local de Salud

  6. - Operación

    6.1.- Proceso de Inclusión de Localidades del Programa

    6.2.- Rutas fijas de UMM del Programa

    6.2.1.- Integración de las Rutas de UMM

    6.2.2.- Operación en Rutas de UMM

    6.2.3.- Multi-ruta de UMM

    6.3.- UMM para la atención de Contingencia

    6.3.1.- Funcionamiento del Programa en caso de Contingencia

    6.3.2.- Recursos del COPAC

    6.3.3.- Funciones del COPAC

    6.3.4.- Mecanismos de activación del COPAC

    6.4.- Criterios para la sustitución de UMM

    6.5.- Recursos humanos

    6.5.1.- Criterios de reclutamiento y selección

    6.5.2.- Perfil del personal

    6.5.3.- Capacitación

    6.6.- Referencia, seguimiento y contrarreferencia de pacientes

    6.7.- Afiliación al Sistema de Protección Social en Salud

    6.8.- Proceso de Acreditación

    6.9.- Comunicación educativa

    6.10.- Información de productividad

    6.11.- De los Convenios

  7. - Financiamiento

    7.1.- Fuentes de Financiamiento

    7.1.1.- Programación

    7.1.2.- Transferencia de recursos presupuestarios federales a favor de las Entidades Federativas

    7.1.3.- Ejercicio de los recursos

    7.2.- Comprobación

    7.3.- Recursos no ejercidos

    7.4.- Cierre del ejercicio...

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