Acuerdo por el que se emiten los lineamientos del Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Secretaría de la Mujer del Estado de México, para su operación y funcionamiento.

Viernes 26 de noviembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 101
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SECRETARÍA DE LA MUJER
Al margen Escudo del Estado de México y una leyenda que dice: Secretaría de la Mujer.
DRA. MARÍA ISABEL SÁNCHEZ HOLGUÍN, TITULAR DE LA SECRETARÍA DE LA MUJER Y PRESIDENTA DEL
COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE ESTA DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE XICO; 1, 2 DE LA LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS
MUNICIPIOS; 23 FRACCIÓN II, 26, 27, 28, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA
REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; ARTÍCULO 33 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 8 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA
DE LA MUJER; Y
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, el 17 de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y permanente de
la regulación estatal y municipal que, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria y los
poderes del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil:
I.
Dé lugar a un sistema integral de gestión regulatoria que esté regido por los principios de máxima
utilidad para la sociedad y la transparencia en su elaboración;
II.
Promueva la eficacia y eficiencia gubernamental en todos sus ámbitos;
III.
Fomente el desarrollo socioeconómico y la competitividad de la entidad;
IV.
Implemente la desregulación para la apertura, instalación, operación y ampliación de empresa;
V.
Mejore la calidad e incremente la eficiencia del marco regulatorio, a través de la disminución de los
requisitos, costos y tiempos en que incurren los particulares para cumplir con la normativa aplicable, sin
incrementar con ello los costos sociales;
VI.
Modernice y agilice los procesos administrativos que realizan las personas sujetas de esta Ley, en
beneficio de la población del Estado;
VII.
Otorgue certidumbre jurídica sobre la regulación, transparencia al proceso regulatorio, y continuidad a la
mejora regulatoria;
VIII.
Fomente una cultura de gestión gubernamental para la atención de la ciudadanía;
IX.
Promueva e impulse la participación social en la mejora regulatoria;
X.
Coadyuve para que sea más eficiente la administración pública, eliminando la discrecionalidad de los
actos de autoridad; y
XI.
Los demás demás contenidas en esta Ley y la Ley General.
Asimismo, el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicado el 31
de julio de 2019 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, tiene como objeto:
I.
Regular las disposiciones de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios
en el ámbito de la administración pública estatal;
II.
Establecer los principios y las bases que deberán observar quienes son sujetos obligados, en el ámbito
de sus respectivas competencias, en materia de Mejora Regulatoria;
III.
Establecer los procedimientos para la integración y funcionamiento del Consejo;
IV.
Regular los procedimientos para impulsar y consolidar la mejora continua de la regulación estatal;
V.
Establecer los mecanismos para que los trámites, servicios, actos y procesos administrativos,
comunicaciones y procedimientos derivados de la regulación estatal sometida al proceso de Mejora
Regulatoria, puedan ser gestionados con el uso de las tecnologías de la información y comunicación, en
los términos de la ley de la materia; y
VI.
Reconocer asimetrías en el cumplimiento regulatorio.
Que uno de los objetivos de la Ley General de Mejora Regulatoria, es, entre otros, establecer la obligación de las
autoridades de todos los órdenes de gobierno, para que en el ámbito de su competencia, implementen políticas
públicas de mejora regulatoria para el perfeccionamiento de las regulaciones y la simplificación de los trámites y

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