Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se concede licencia para separarse de la función notarial, por el término de un año renunciable al Licenciado Juan Carlos Villicaña Soto, Titular de la Notaría Pública 85 del Estado de México, con residencia en el municipio de Huixquilucan y se nombra Notario Interino.

Viernes 27 de mayo de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 95
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
LICENCIADO ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado de México, en ejercicio de
la facultad que me confiere el artículo 77, fracciones II, XXXVII, XXXVIII y LI de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 4, 7, 27 y 29 de la Ley
del Notariado del Estado de México, y
CONSIDERANDO
Que la necesidad de dotar de certeza jurídica a los hechos y actos que generan consecuencias de derecho
sustenta la fe pública notarial, con la cual, notarias y notarios atestiguan y hacen constar, a través de la
formalización y dación de dicha fe, coadyuvando con el Estado para garantizar el respeto a los derechos y
bienes de las personas.
Que la función notarial es el conjunto de acciones de orden público para garantizar el adecuado desempeño y la
seguridad jurídica en el ejercicio de dicha actividad autenticadora al servicio de la sociedad, realizada por quien
es profesional del derecho y ha recibido del Gobernador del Estado nombramiento para ejercer las funciones
propias del notariado, investido de fe pública.
Que las fedatarias y fedatarios públicos tienen a su cargo, en los casos en que no estén encomendadas
expresa y exclusivamente a las autoridades, funciones de orden público que incluyen dar formalidad a los actos
jurídicos y dar fe de los hechos que le consten.
Que por Acuerdo del Ejecutivo del Estado, publicado el once de junio de dos mil cuatro, en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, se designó al licenciado Juan Carlos Villicaña Soto, titular de la Notaría Pública 85, del
Estado de México, con residencia en el municipio de Huixquilucan, función que ha desempeñado demostrando
experiencia, capacidad y eficiencia.
Que el cuatro de mayo de dos mil veintidós, el licenciado Juan Carlos Villicaña Soto, titular de la Notaría Pública
85, del Estado de México, con residencia en Huixquilucan, presentó solicitud de licencia para separarse del
ejercicio de la función notarial, por el término de un año renunciable.
Que siendo de orden público la función notarial, su prestación debe darse en forma permanente para no afectar
los intereses de los particulares que tramitan sus asuntos en la notaría de referencia.
Que la solicitud de licencia se encuentra ajustada a derecho conforme a lo dispuesto por la Ley del Notariado
del Estado de México, siendo facultad del Gobernador del Estado designar a notario para que se haga cargo
interinamente de la notaría que se trate.

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