Acuerdo por el que se determina como obligadas al proceso de entrega y recepción a las personas servidoras públicas de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, no comprendidas en los dos primeros párrafos del artículo 6, del Reglamento para los Procesos de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México.

Miércoles 29 de junio de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 118
11
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: UNEVE Universidad Estatal del Valle de
Ecatepec Non nova. sed secus nova.
MAESTRO JOSÉ ARTURO CAMACHO LINARES, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE
ECATEPEC, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIONES I, IV, XIV Y XVIII
DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE
ECATEPEC, 11, FRACCIONES III, XII Y XVIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL
DEL VALLE DE ECATEPEC, Y 6 DEL REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y
DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el 30 de julio de 2020, se publicó en Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno, el Reglamento para los Procesos
de Entrega y Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México, el cual en su
artículo 6, primero y segundo párrafos, determina a los sujetos servidores públicos obligados al proceso de Entrega y
Recepción, desde la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado de México hasta las personas titulares de jefaturas
de departamento, así como los equivalentes jerárquicos en los Organismos Auxiliares y las personas servidoras
públicas que por comisión, suplencia, encargo o bajo cualquier otra figura, hayan quedado bajo el cargo provisional
de alguna Unidad Administrativa en que la persona titular deba cumplir con esta obligación.
Que en observancia a lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 6 del citado Reglamento, las personas titulares de
las dependencias y organismos auxiliares, previa opinión de la persona titular del Órgano Interno de Control
correspondiente, determinarán, mediante Acuerdo publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", la relación
del personal del servicio público que, en adición a los ya señalados, esté obligado a realizar el proceso de Entrega y
Recepción, señalando nombre, cargo, área de adscripción, ubicación física y tipo de fondos, bienes y valores públicos
que tenga a su cargo.
Que es necesario eficientar y dar transparencia al eventual proceso de Entrega Recepción de las Unidades
Administrativas a cargo de los servidores públicos de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec.
Que en mérito de lo expuesto, debido a lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA COMO OBLIGADAS AL PROCESO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN A
LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC NO
COMPRENDIDAS EN LOS DOS PRIMEROS PÁRRAFOS DEL ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO PARA LOS
PROCESOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN Y DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINSTRACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE MÉXICO.
PRIMERO. Las personas servidoras públicas de la Universidad Estatal del Valle de Ecatepec, sujetas al proceso de
Entrega y Recepción, además de las señaladas en el artículo 6 del Reglamento para los Procesos de Entrega y
Recepción y de Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México, son las siguientes:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR