Acuerdo por el que se determina la administración directa por parte del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, bajo la figura de Inmueble Federal Compartido, del inmueble propiedad federal con superficie de 80,000.95 metros cuadrados, ubicado en calle Villa Hermosa y Palenque, predio denominado Los Laureles, Municipio de Catazajá, en el Estado de Chiapas, en el que se constituirá el Centro de Atención Integral al Tránsito Fronterizo Catazajá

Fecha de disposición24 Abril 2015
Fecha de publicación24 Abril 2015
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA POR PARTE DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES, BAJO LA FIGURA DE INMUEBLE FEDERAL COMPARTIDO, DEL INMUEBLE PROPIEDAD FEDERAL CON SUPERFICIE DE 80,000.95 METROS CUADRADOS, UBICADO EN CALLE VILLA HERMOSA Y PALENQUE, PREDIO DENOMINADO "LOS LAURELES", MUNICIPIO DE CATAZAJÁ, EN EL ESTADO DE CHIAPAS, EN EL QUE SE CONSTITUIRÁ EL "CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL AL TRÁNSITO FRONTERIZO CATAZAJÁ".

SORAYA PÉREZ MUNGUÍA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción VI; 11, fracción I; 28, fracción I y 106 de la Ley General de Bienes Nacionales; 37, fracciones VI, XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 3 inciso B y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 1, 3, 11 fracciones I, II y XXVI a XXXIV del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.

CONSIDERANDO

  1. Que con fecha 8 de julio de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos instruye la constitución de los Centros de Atención Integral al Tránsito Fronterizo (CAITF´s), a fin de lograr una adecuada coordinación institucional para la revisión de personas y bienes en dichos puntos;

  2. Que en su artículo Primero, dicho Acuerdo señala que en los CAITF´s participarán las siguientes dependencias de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus atribuciones: Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y Secretaría de Salud.

  3. Que el artículo Quinto del...

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