Acuerdo delegatorio de facultades en materia de comunicaciones y desarrollo tecnológico, así como en materia de desarrollo ferroviario y multimodal competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. JORGE ARGANIS DÍAZ LEAL, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 14, 16 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y y del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal prevé que los Titulares de las Secretarías de Estado, para la mejor organización del trabajo podrán delegar facultades en los servidores públicos de la Secretaría, excepto aquellas que por disposición de Ley o del Reglamento Interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares.

Que el artículo 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes establece que el Secretario, para la mejor distribución y desarrollo del trabajo, podrá delegar facultades a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, a cuyo efecto expedirá los acuerdos correspondientes que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Que el Presidente de la República, mediante Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2020, instruyó cancelar diez subsecretarías de estado.

Que a mediados del mes de agosto del presente año, se determinó cancelar la plaza de la titular de la Subsecretaría de Comunicaciones, instancia cuya competencia corresponde el cumplimiento de las atribuciones previstas para esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y demás normatividad aplicable en la materia.

Que en tanto se realizan los ajustes al marco normativo aplicable, así como al Reglamento Interior, esta Secretaría tiene la responsabilidad de dar cumplimiento a las atribuciones en materia de telecomunicaciones y desarrollo tecnológico.

Por otra parte, en materia ferroviaria competencia de esta Dependencia, puede advertirse que con motivo de las reformas a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2015, así como las subsecuentes modificaciones al Reglamento del...

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