ACUERDO Delegatorio de las facultades sancionadoras contenidas en los artículos 637 fracción II y 1008 (Título Dieciséis) de la Ley Federal del Trabajo, al Secretario del Trabajo y Asuntos Jurídicos.

EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 91 fracción XXIX y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, 2 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, así como la contenida en el artículo 120 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 637 fracción II y 1008 de la Ley Federal del Trabajo.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que es función del Estado regular y organizar la conducción de la política laboral de la entidad, así como del establecimiento, funcionamiento y vigilancia de los órganos de impartición de justicia laboral, en los términos de los ordenamientos legales aplicables.

SEGUNDO.- Que con motivo del Decreto LXI-495 del H. Congreso del Estado, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, de fecha 28 de agosto del 2012, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de dicho mes y año, se crea la Secretaría del Trabajo y Asuntos Jurídicos, como dependencia del Ejecutivo Estatal encargada de ejercer las funciones que en materia de trabajo y previsión social le corresponden, así como del establecimiento, funcionamiento y vigilancia de los tribunales laborales de acuerdo a los ordenamientos legales que rigen la materia.

TERCERO.- Que bajo ese contexto, la Ley Federal del Trabajo establece diversas disposiciones sancionadoras cuya aplicación compete al Titular del Ejecutivo del Estado, de acuerdo a diversas causales en las que pueden incurrir los servidores públicos adscritos a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, así como a los particulares por incumplimiento a las normas establecidas en la citada ley laboral.

CUARTO.- Que con base en las consideraciones expuestas y las atribuciones conferidas a mi cargo he estimado conveniente delegar las facultades sancionadoras establecidas en la Ley Federal del Trabajo, al Secretario del Trabajo y Asuntos Jurídicos, con el propósito de contribuir a una impartición de la justicia laboral de manera pronta, completa e imparcial.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, y sobre la base...

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