Acuerdo por el que declaran inhábiles los días del mes de octubre que se señalan, para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las oficinas de representación (antes delegaciones federales) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y órganos desconcentrados que se indican, en los estados de Quintana Roo y Yucatán, por existir causas de fuerza mayor originadas por el huracán Zeta.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;

Que el artículo 28 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, faculta a los titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal para suspender labores por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada;

Que con motivo de la situación de emergencia que se presentó en la Península de Yucatán debido al fenómeno meteorológico Huracán "Zeta", mismo que a su paso por tierra ocasionó afectaciones debido al viento y lluvias intensas en la región, se estimó necesario declarar inhábiles los días que se señalan en el presente Acuerdo, en las Oficinas de Representación (antes Delegaciones Federales) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y órganos desconcentrados señalados a continuación, conforme se indica más adelante, en los Estados de Quintana Roo y Yucatán, a efecto de resguardar la integridad física de los servidores públicos y de la población usuaria de las mismas;

Que la inhabilitación de días que se establece, implica que no corran los términos de ley para efecto de los trámites, diligencias y actuaciones en los procedimientos que se tramitan ante las oficinas que se indican en los artículos Primero y Segundo del presente Acuerdo, y

Que a efecto de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite...

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