Acuerdo por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales subterráneas del acuífero San José del Cabo, Clave 0319, en el Estado de Baja California Sur, Región Hidrológico-Administrativa I, Península de Baja California.

Fecha de entrada en vigor25 Febrero 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
Fecha de publicación24 Febrero 2022
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales subterráneas del acuífero San José del Cabo, Clave 0319, en el Estado de Baja California Sur, Región Hidrológico-Administrativa I, Península de Baja California
ACUERDO por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales subterráneas del acuífero San José del Cabo, Clave 0319, en el Estado de Baja California Sur, Región Hidrológico-Administrativa I, Península de Baja California. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
GERMÁN ARTURO MARTÍNEZ SANTOYO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con los artículos 32 Bis, fracciones III, XXI, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración PúblicaFederal; 1, 2, 4, 7 BIS, fracción IV, 9, fracciones I, VI, XVII, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12, fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14, fracción I y 73 del Reglamento de la Ley de AguasNacionales, y 1, 8, primer párrafo, 13, fracciones I, II, XI y XXX del Reglamento Interior de la ComisiónNacional del Agua, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;
Que el artículo 7 BIS fracción IV de la Ley de Aguas Nacionales, declara de interés público el mejoramiento permanente del conocimiento sobre la ocurrencia del agua en el ciclo hidrológico, en su explotación, uso o aprovechamiento, en su conservación en el territorio nacional, y en los conceptos y parámetros fundamentales para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos, así como la realización periódica de inventarios de usos y usuarios, cuerpos de agua, infraestructura hidráulica y equipamiento diverso necesario para la gestión integrada de los recursos hídricos;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, establece como tema prioritario en el apartado II denominado "Política Social", el construir un país con bienestar, comprometido a impulsar el desarrollo sostenible para la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin afectar a las generaciones futuras, teniendo como propósito el cuidado del medio ambiente, en el que además, el Ejecutivo Federal se guiará por una idea de desarrollo que subsane las injusticias sociales e impulse el crecimiento;
Que el Programa Nacional Hídrico 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2020, establece como objetivo 4 preservar la integralidad del ciclo del agua a fin de garantizar los servicios hidrológicos que brindan cuencas y acuíferos, cuya estrategia prioritaria es reglamentar cuencas y acuíferos con el fin de asegurar agua en cantidad y calidad para la población y reducir la sobreexplotación;
Que el 5 de diciembre del 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado", a través del cual, al acuífero objeto de este estudio técnico, se le asignó el nombre oficial de San José del Cabo, clave 0319, en el Estado de Baja California Sur;
Que el 28 de agosto de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos", a través del cual se modifican los límites del acuífero San José del Cabo, clave 0319, en el Estado de Baja California Sur identificados con vértices de la poligonal simplificada en coordenadas geográficas que fueron determinadas con base en la versión magnética del Marco Geoestadístico Municipal 2000 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y su base cartográfica escala 1:250,000, en coordenadas geográficas y NAD27 como Datum;
Que el 17 de septiembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de los 653 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológico-administrativas que se indican", en el que se actualizó la disponibilidad media anual del acuífero San José del Cabo, clave 0319, en el Estado de Baja California Sur, obteniéndose un déficit de 5.256470 millones de metros cúbicos anuales, con fecha de corte en el Registro Público de Derechos de Agua al 20 de febrero de 2020;
Que la disponibilidad media anual de las aguas nacionales subterráneas, se determinó de conformidad con la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada el 27 de marzo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación;
Que el acuífero San José del Cabo, clave 0319, en el Estado de Baja California Sur, se encuentra totalmente vedado por los siguientes instrumentos jurídicos vigentes:
a) "ACUERDO que establece el Distrito Nacional de Riego de Baja California Sur, declarando de utilidad pública la construcción de las obras que lo forman", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de julio de 1954, que establece veda de aguas subterráneas.
b) "DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la región meridional del Territorio Sur de Baja California", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 1954.
Que con los instrumentos jurídicos referidos en el Considerando anterior, se procuró evitar que se agravara la problemática del acuífero San José del Cabo, clave 0319, y que se presentaran en el acuífero los efectos adversos de la explotación intensiva, tales como el abatimiento del agua subterránea, con el consecuente aumento en los costos de extracción e inutilización de pozos, así como el deterioro de la calidad del agua por intrusión marina; sin embargo dichos instrumentos jurídicos no han sido suficientes, y las condiciones deficitarias del acuífero indican una situación de peligro en el abastecimiento de los habitantes de la zona y el impacto de las actividades productivas que dependen del recurso hídrico;
Que la Comisión Nacional del Agua, con fundamento en el artículo 38, párrafo primero de la Ley de AguasNacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, ha procedido a formular el estudio técnico del acuífero San José del Cabo, clave 0319, en el Estado de Baja California Sur, con el propósito de determinar si es necesario modificar el marco regulatorio vigente en materia de control de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, conforme a las causales de utilidad e interés público, previstas en la propia Ley, y en su caso, sustentar la emisión de un ordenamiento mediante el cual se establezcan los mecanismos para su regulación, que permita llevar a cabo su administración y uso sustentable;
Que para la realización de dicho estudio técnico, se promovió la participación de los usuarios a través del Comité Técnico de Aguas Subterráneas de San José del Cabo, A.C., Órgano auxiliar del Consejo de Cuenca de Baja California Sur, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la reunión realizada el día 28 de febrero de 2020, en San José del Cabo, en el Estado de Baja California Sur, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO TÉCNICO DE LAS
AGUAS NACIONALES SUBTERRÁNEAS DEL ACUÍFERO SAN JOSÉ DEL CABO, CLAVE 0319, EN EL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, REGIÓN ...

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