Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Operación de la acción institucional de Fomento a la Transición y la Sustentabilidad Energética en MIPYMES de la Ciudad de México

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 30 de marzo de 2020

Lic. Fadlala Akabani Hneide, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 122 apartado A, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15 apartados A y B, 16 apartados A numeral 3 y 4, F numeral 4 inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 11 fracción I, 13, 14, 16 fracción V, 18, 20 fracción III, 30 fracciones I, II, VI, IX y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7 fracción V, inciso E) del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones VII, VIII y XVI, 4 fracción II, 7 fracción I, II y IV, 16, 17 y 21 de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal; 2, 10 y 11 fracciones I y IV de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal; así como 14 de su Reglamento; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo, y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la Constitución; entendiendo por competitividad el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo; el Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, para llevar a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga la Constitución; así mismo dispone que al desarrollo económico nacional concurrirán con responsabilidad social el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.

Que el artículo 16 apartados A y F de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece que la Ciudad de México minimizará su huella ecológica a través de una infraestructura urbana compacta y vertical, a través de la introducción de nuevas tecnologías y haciendo uso de energías renovables; para lo cual se establecerán las medidas necesarias para la transición energética acelerada del uso de combustibles fósiles al de energías limpias. Además, de integrar sistemas propios de generación y abasto de energía, a través de la implementación progresiva de energías limpias. Lo anterior se ejecutará a través de la elaboración de planes y programas de corto y mediano plazo, en concurrencia con los sectores social y privado, para desarrollo, inversión y operación de infraestructura de abasto de energía, entre otras.

Que en el Objetivo "3.5 Establecer una política energética soberana, sostenible, baja en emisiones y eficiente para garantizar la accesibilidad, calidad y seguridad energética" del Plan Nacional de Desarrollo (2019-2024) se menciona que para satisfacer la demanda creciente de energía a precios accesibles y así garantizar la soberanía y seguridad energética nacional, será necesario potenciar la producción nacional de energía de manera sostenible, promoviendo su generación con fuentes renovables. Asimismo, dentro del mismo objetivo, en el numeral 3.5.8 se propone fomentar la generación de energía con fuentes renovables y tecnologías sustentables, y coadyuvar a la reducción de las emisiones del sector energético, promoviendo la participación comunitaria y su aprovechamiento local, así como la inversión.

Que de acuerdo con el objetivo "3.10 Fomentar un desarrollo económico que promueva la reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero y la adaptación al cambio climático para mejorar la calidad de vida de la población" del Plan Nacional de Desarrollo (2019-2024) es importante articular las acciones del gobierno federal y local en conjunto con la sociedad y todos los sectores productivos para transitar a un nuevo modelo basado en la sostenibilidad. Que como parte de este objetivo, dos ACCIÓNES INSTITUCIONALES propuestas son "3.10.2 Promover la inversión pública y fomentar la transferencia de otras fuentes de financiamiento para invertir en medidas de mitigación y adaptación al cambio climático" y "3.10.3 Fomentar instrumentos económicos y de mercado que impulsen la reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero en sectores estratégicos, respectivamente".

Que el Gobierno de la Ciudad de México ha establecido el "Programa Ambiental y de Cambio Climático de la Ciudad de México 2019-2024", el cual fue anunciado por la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México el pasado 5 de Junio de 2019, y constituye el mayor esfuerzo que se implementa desde la administración pública con el objetivo claro de mejorar el ambiente y hacer frente al problema del Cambio Climático, a través de metas específicas en torno a siete ejes fundamentales: 1. Revegetación del campo y la ciudad; 2. Rescate de ríos y cuerpos de agua; 3. Manejo Sustentable de Agua; 4. Cero basura; 5. Movilidad Integrada y sustentable; 6. Calidad del Aire; y 7. Ciudad Solar.

Que el séptimo eje "Ciudad Solar" tiene el objetivo de atender a un universo de más de 164 mil hogares, comercios y edificios públicos mediante la instalación de tecnologías de aprovechamiento de las fuentes renovables de energía y la implementación de medidas de aumento en la eficiencia de consumo de energía, a través de una inversión pública y privada de 13,656 MDP, permitiendo la generación de 10,700 empleos y la mitigación de 2 millones 26 mil 600 toneladas de CO2 durante el período 2019 2013 2024

Que el Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024 a través del eje "Ciudad Sustentable" busca conseguir un desarrollo económico sustentable que fortalezca la capacidad para generar empleos en las diversas actividades productivas de la ciudad, sin detrimento del medio ambiente y promoviendo la generación de nuevas fuentes de energía renovable y empresas ambientales. Además reconoce que frente a los problemas ambientales locales y globales, es indispensable generar un desarrollo económico sustentable e incluyente así como sectores productivos que disminuyan la contaminación y promuevan nuevas tecnologías como las energías renovables y el uso eficiente de los recursos naturales. Asimismo, en dicho eje se establecen como acciones del apartado 2.1.1 Apoyo a la industria innovadora, sustentable y la economía circular, generar incentivos para promover el uso de fuentes renovables de energía en las industrias de la ciudad e incentivar su permanencia en diversas zonas de la ciudad, así como fomentar el uso de energías renovables, en particular la energía solar en calentadores solares y paneles fotovoltaicos.

Que el Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024 a través del eje Desarrollo económico sustentable, preservación del medio ambiente, disminución de la contaminación, apoyo al campo y protección del suelo de conservación busca promover el desarrollo económico y de empleo de la Ciudad a partir de potenciar y fortalecer: las tecnologías de fuentes renovables de energía: solares, eólicas, biomasa sustentable y reciclaje, que involucren a los propietarios del suelo y a los usuarios en esquemas de producción y uso, tecnologías que atraigan empleos y contribuyan, a la vez, al uso sustentable de los recursos y a reducir la contaminación, así como fortalecer a la micro y pequeña empresa con apoyos a fondo perdido y créditos blandos y la promoción de la economía social.

Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30, fracciones I, VI, IX y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Económico tiene atribuciones para establecer las políticas y programas generales en materia de desarrollo, promoción y fomento económico, así como promover, orientar y estimular el desarrollo y modernización del sector empresarial de la Ciudad; establecer, conducir y coordinar los mecanismos de apoyo al sector empresarial, incluyendo el respaldo financiero, asesorías, asistencia técnica, entre otros, a través de diversos instrumentos para apoyar la actividad productiva; y generar programas de producción y uso de energía limpia y ponerlos en operación, en coordinación con todos los sectores públicos y privados de la economía.

Que atendiendo a lo establecido en el artículo 7, fracciones I y II, de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Económico tiene atribuciones para programar, conducir, coordinador, orientar y promover el fomento de las actividades productivas, así como definir, promover, coordinar, impulsar y, en su caso, disponer los instrumentos y estímulos para el desarrollo económico en la Ciudad de México.

Que de conformidad a lo señalado en el artículo 21 de la Ley para el Desarrollo Económico del Distrito Federal, las dependencias, entidades de la administración Pública así como las Delegaciones (hoy Alcaldías), en el ámbito de su competencia, propiciarán el desarrollo y la consolidación de las personas físicas o morales que desarrollan una actividad económica (agentes económicos) por medio de diversas directrices, entre las que destacan, el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, en adelante las MIPYMES.

Que en términos de los artículos 2, 10 y 11 fracciones I y IV de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Distrito Federal, en la planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES, la Secretaría de...

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