Acuerdo por el que se Crea el Sistema para Informar a la Autoridad del Trabajo el Nivel de Cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y Seguridad y Salud que Prevalecen en los Centros de Trabajo

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ACUERDO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA PARA
INFORMAR A LA AUTORIDAD DEL TRABAJO EL NIVEL
DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES GENERA-
LES DE TRABAJO, CAPACITACION Y ADIESTRAMIEN-
TO Y SEGURIDAD Y SALUD QUE PREVALECEN EN
LOS CENTROS DE TRABAJO V
Publicado en el D.O.F. del 1 de agosto de 2017
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
JESUS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión So-
cial, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 123, Apartado A, fracciones
XIII, XV y XXXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 16,
26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 132, fracciones, I,
XV, XVI, XVII, 527, 527-A y 529 de la Ley Federal del Trabajo; 1, 2, 4, 5, 6, 11 y 18 del
Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; 1, 2 fracción VI,
12, 22, 23, 46 y 47 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación
de Sanciones; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 123, Apartado A de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 132 de la Ley Federal del
Trabajo, los patrones están obligados a cumplir con la normatividad laboral en las
materias de Condiciones Generales de Trabajo, Seguridad y Salud y, Capacitación
y Adiestramiento, además de organizar el trabajo de tal manera que éste resulte
con la mayor garantía para salvaguardar la seguridad, salud y vida de los traba-
jadores, así como a respetar los derechos de sus trabajadores en términos de la
legislación aplicable;
Que el 30 de noviembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación
el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley Federal del Trabajo, que sienta las bases, para propiciar una mayor ge-
neración de empleo, agilizar la impartición de justicia y alentar la productividad y
competitividad de las empresas del país, así como la incorporación del principio de
trabajo digno o decente;
Que el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de San-
ciones vigente, prevé en sus artículos 2, fracción VI, 46 y 47 lo referente a los
Mecanismos Alternos a la Inspección, los cuales se definen como los esquemas
que la Autoridad del Trabajo pone a disposición de los patrones para que infor-
men o acrediten el cumplimiento de la normatividad laboral, incluida la utilización
de los organismos privados para la evaluación de la conformidad, debidamente
XIV

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