Acuerdo por el que se crea el sistema de datos personales denominado, “Registro de la Revisión por parte del corresponsable en Seguridad Estructural de los Proyectos Estructurales de obra nueva, de rehabilitación y de obra nueva por reconstrucción de edificios dañados por el sismo del 19 de septiembre de 2017”

Dr. en I. Renato Berrón Ruiz, Director General del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, con fundamento en los artículos 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7 apartado E, numerales 2, 3 y 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México, 45 y 54 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 5 y 9, fracción VII, de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones del Distrito Federal; 6, 9, 36, 37 fracción I y 40 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México y artículo 63 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México y,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé en su artículo 16, que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos de la ley de la materia, en la cual se establecerán los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

Que el cinco de febrero de dos mil diecisiete se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Decreto por el que se expidió la Constitución Política de la Ciudad de México, en cuyo artículo 7, apartado E, numerales 2, 3 y 4, se estableció el deber de proteger la información que se refiera a la privacidad y los datos personales, en los términos y con las excepciones previstas en la Constitución Federal y las leyes secundarias.

Que la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México es el ordenamiento legal que tiene por objeto establecer los principios, derechos, obligaciones y procedimientos que regulan la protección y tratamiento de los datos personales en posesión de los Sujetos Obligados, y en su artículo 37 prevé que el sujeto obligado publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la creación, modificación o supresión de sus sistemas de datos personales.

Que los artículos 63 y 64 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 23 de septiembre de 2019, establecen que los sistemas de datos personales de los sujetos obligados se efectúan mediante acuerdo emitido por el titular del mismo y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que el Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal es un organismo descentralizado que cuenta con atribuciones específicas en materia de seguridad estructural, en términos de lo previsto en el artículo 1 de la Ley del...

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