Acuerdo por el que se crea el Comité Interno de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra y se establecen los lineamientos para su operación y funcionamiento.

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRA
LICENCIADO RAFAEL DÍAZ LEAL BARRUETA, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRA DEL
ESTADO DE MÉXICO Y PRESIDENTE DEL COMITÉ INTERNO DE MEJORA REGULATORIA DE ESTA
DEPENDENCIA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 13, 14, 17, 19 FRACCIÓN VIII Y 31 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, 5 FRACCIÓN IV, 27 Y 28 DE LA
LEY PARA LA MEJORA REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; ASÍ COMO LOS
ARTÍCULOS 23 FRACCIÓN II, 26, 27, 28, 29 Y 30 DEL REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA MEJORA
REGULATORIA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS; 6 FRACCIÓN XV DEL REGLAMENTO
INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO; Y 7 FRACCIÓN VI DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA, ESTOS ÚLTIMOS EN RELACIÓN CON LO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO DEL DECRETO 191 POR EL QUE SE REFORMÓ LA
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EN EL
PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2020; Y
C O N S I D E R A N D O
Que la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicada en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”, el 17 de septiembre de 2018, tiene como objeto la mejora integral, continua y permanente de
la regulación estatal y municipal, mediante la coordinación entre las autoridades de mejora regulatoria, los poderes
del Estado, los ayuntamientos y la sociedad civil.
Asimismo, el Reglamento de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, publicado el 31
de julio de 2019 en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, en cumplimiento a la Ley para la Mejora Regulatoria del
Estado de México y sus Municipios tiene como objeto regular las disposiciones de la Ley, establecer los principios y la
bases que deberán observar los sujetos obligados, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de
Mejora Regulatoria.
Que la importancia de la Mejora Regulatoria es fortalecer la competitividad del Estado de México y sus ventajas
comparativas, ya que su eficaz ejecución influirá positivamente en la economía y en la decisión de los particulares
para invertir sus recursos en esta entidad.
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, es resultado de un esfuerzo plural e incluyente, en el que la
sociedad mexiquense participó con corresponsabilidad en la toma de decisiones y en la construcción del porvenir que
queremos para nuestras familias.
Que como resultado de las consultas públicas, los insumos provistos por las diferentes dependencias, además de las
opiniones y propuestas de especialistas nacionales e internacionales en la materia y de la sociedad, se integró el Plan
de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 que propone impulsar y consolidar la acción de gobierno a través de
los cuatro pilares y tres ejes transversales:
Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente.
Pilar Económico: Estado de México Competitivo, Productivo e Innovador.
Pilar Territorial: Estado de México Ordenado, Sustentable y Resiliente.
Pilar Seguridad: Estado de México con Seguridad y Justicia.
Ejes Transversales: Igualdad de Género, Gobierno Capaz y Responsable; y Conectividad y Tecnología
para el Buen Gobierno.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra, como parte del Ejecutivo Estatal, debe continuar los procesos de
mejora regulatoria y simplificación de trámites, así como fortalecer las acciones de acompañamiento, asesoría y
atención empresarial, de modo que el Gobierno del Estado de México se consolide como un aliado estratégico para la
creación de nuevas empresas, al igual que para la diversificación y consolidación de las existentes.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra, es la dependencia encargada del ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos, de regular el desarrollo urbano de los centros de población y la vivienda, y de coordinar y
Oficina del Gobernador
Oficina del Gobernador

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