Acuerdo de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, que celebran la Secretaría de Salud, con la participación de la Comisión Federal para la Protección contra riesgos Sanitarios, y el Estado de Oaxaca.
Fecha de publicación | 08 Abril 2024 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
ACUERDOde Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, que celebran la Secretaría deSalud, con la participación de la Comisión Federal para la Protección contra riesgos Sanitarios, y el Estado de Oaxaca.
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA EL EJERCICIO DE FACULTADES EN MATERIA DE CONTROL Y FOMENTOSANITARIOS, QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, EN LO SUCESIVO "LASECRETARÍA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, CON LA PARTICIPACIÓN DELA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, EN LO SUCESIVO "LA COFEPRIS", PORCONDUCTO DE SU TITULAR, DR. ALEJANDRO ERNESTO SVARCH PÉREZ Y, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE OAXACA, EN LO SUCESIVO "EL EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR EL ING. SALOMÓN JARACRUZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ASISTIDO POR EL LIC. JOSÉ DEJESÚS ROMERO LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE GOBIERNO, DRA. ALMA LILIA VELASCO HERNÁNDEZ,EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA; AQUIENES, CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA, SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOSSIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.Conforme al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a laprotección de la salud acorde a las bases y modalidades que se definan enlas Leyes.
II.De conformidad con los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con losnumerales 1o., 2o., 21, 22 y 33 de la Ley de Planeación, el Gobierno Federal tiene la responsabilidad de establecer losobjetivos nacionales, estrategias, prioridades del desarrollo integral y sustentable del país mediante los instrumentosconsensuales para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, así como promover el respeto y protección de losderechos reconocidos.
III.A la Secretaría de Salud, le corresponde, en términos de lo establecido en los artículos 11, 22, 26 y 39 de la Ley Orgánicade la Administración Pública Federal; 1o., 9o., y 13 de la Ley General de Salud, en materia de salubridad general,establecer, entre la Federación y las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, las bases ymodalidades para garantizar que se cumplan las leyes y los reglamentos sanitarios a fin de garantizar el bienestar social.
IV.En términos de los artículos 4o., fracción III y 17 bis de la Ley General de Salud, la Secretaría de Salud como autoridadsanitaria, ejerce las atribuciones de regulación, control y fomento sanitarios a través de un órgano desconcentradodenominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en las materias a que se refiere el artículo 3o.de la Ley General de Salud, en sus fracciones I, en lo relativo al control y vigilancia de los establecimientos de salud a losque se refieren los artículos 34 y 35, de dicho ordenamiento; XIII, XIV, XXII, XXIII, XXIV, XXV y XXVI, ésta salvo por lo quese refiere a cadáveres, y XXVII, esta última por lo que se refiere a personas.
V.La Secretaría de Salud, conforme a lo establecido por el artículo 18, párrafo segundo, de la Ley General de Salud, estáfacultada para proponer la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas para laparticipación de éstos en la prestación de los servicios a que se refieren, entre otras, las fracciones I, XXII, XXIII, XXIV,XXV, XXVI y XXVII, del artículo 3o. de dicha Ley.
VI.La Secretaría de Salud del Estado de Oaxaca, ejerce las atribuciones que le correspondenen materia de salubridadgeneral y local, conforme a los artículos 27, fracción III y 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca;4, 12, apartado A), fracción VI y 22 de laLey Estatalde Salud.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 4o., párrafo cuarto, 26 y 116, fracción VII, de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 de la Ley de Planeación; 2o.,3o., fracciones I, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y XXVII, 9o., 13, apartado A, fracción III, 17 bis, 18, 19, 20 y 21 de la Ley General deSalud; 1, 2, inciso C, fracción X, 6 y 7, fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3 del Reglamento de laComisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; así como en los artículos 12, párrafo séptimo, 79, fracción XIX,primer párrafo, 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 2, 3, 12, 15, 27, fracción III y 36 de laLey Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 4, 12, apartado A), fracciones VI y 22 de la Ley Estatal de Salud; 4,fracción I, 5, 12, fracción XII y 14, fracciones I y VIII, del Decreto número 27 del Ejecutivo Estatal publicado en el Periódico Oficialdel Gobierno del Estado el 23 de septiembre de 1996 y sus reformas publicadas en el mismo medio el 28 de octubre y 02 dediciembre de 2006, 04 de diciembre de 2010 y 26 de septiembre de 2015; 8, fracción XVII del Reglamento Interno de los Serviciosde Salud de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el 5 de marzo de 2016, "LA SECRETARÍA" y "ELEJECUTIVO ESTATAL", establecen suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, cuya ejecución se realizará al tenor de lassiguientes:
DECLARACIONES
I. Declara "LA SECRETARÍA" que:
I.1Es una Dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, según lo dispuesto por los artículos 2 y 26 dela Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que funge como autoridad sanitaria y coordinadora del SistemaNacional de Salud, correspondiéndole establecer y conducir la política nacional en materia de salubridad general,asistencia social y servicios médicos, en términos de lo dispuesto por los artículos 39 del citado ordenamiento; 7o. y13, apartado A, de la Ley General de Salud.
I.2El Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela, en su carácter de Secretario de Salud, cuenta con las facultades y legitimaciónpara suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad con lo establecido por los artículos 6 y 7, fracciónXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
I.3En términos de lo dispuesto por el artículo 2, literal C, fracción X de su Reglamento Interior, cuenta con un órganodesconcentrado denominado Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el cual, de conformidadcon lo establecido por el artículo 1 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra RiesgosSanitarios goza de autonomía técnica, administrativa y operativa, que tiene a su cargo el ejercicio de las atribucionesque en materia de regulación, control y fomento sanitarios, le corresponden a "LA SECRETARÍA" conforme a la LeyGeneral de Salud y demás ordenamientos aplicables, las que lleva a cabo a través de las unidades administrativasque la integran.
I.4El Dr. Alejandro Ernesto Svarch Pérez, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra RiesgosSanitarios, cuenta con las facultades y legitimación para suscribir el presente instrumento, de conformidad con loestablecido por los artículos 38, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 10, fracciones III, VII,IX y XVI del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5Para efectos del presente Acuerdo de Coordinación señala como su domicilio el ubicado encalle Oklahoma número14, colonia Nápoles, demarcación territorial Benito Juárez, códigopostal 03810, en la Ciudad de México.
II.Declara "EL EJECUTIVO ESTATAL" que:
II.1El Estado de Oaxaca es parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido por los artículos 40 y 43de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, primer párrafo, 26 y 27 de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Oaxaca.
II.2El Ing. Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, cuenta con lasfacultades y legitimación para celebrar el presente Acuerdo de Coordinación, en términos de lo establecido por losartículos 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66, 79, fracción XIX y XXVIII,80 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 9 y 10, de la Ley Orgánica delPoder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y demás disposiciones locales aplicables,...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
