Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos, correspondientes a la obtención del apoyo de la ciudadanía, precampañas y campañas de los Procesos Electorales Locales Extraordinarios 2021 en los estados de México, Nuevo León y Yucatán.

Fecha de publicación13 Octubre 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos, correspondientes a la obtención del apoyo de la ciudadanía, precampañas y campañas de los Procesos
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos, correspondientes a la obtención del apoyo de la ciudadanía, precampañas y campañas de los Procesos Electorales Locales Extraordinarios 2021 en los estados de México, Nuevo León y Yucatán. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG1549/2021.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PLAZOS PARA LA FISCALIZACIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS, CORRESPONDIENTES A LA OBTENCIÓN DEL APOYO DE LA CIUDADANÍA, PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS DE LOS PROCESOS ELECTORALES LOCALES EXTRAORDINARIOS 2021 EN LOS ESTADOS DE MÉXICO, NUEVO LEÓN Y YUCATÁN
ANTECEDENTES
I. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia político-electoral, entre otras, el artículo 41. Respecto de dicho Decreto, se destaca la creación del Instituto Nacional Electoral (INE).
II. En el citado Decreto, en su artículo 41, Base V apartado B, penúltimo párrafo, se establece que corresponde al Consejo General del INE la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos relativas a los procesos electorales (federal y local), así como de las campañas de las candidaturas.
III. El 23 de mayo de 2014 se publicaron en el DOF los Decretos por los que se expiden la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), que entre otros, establecen las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, relativas a los derechos de la ciudadanía; la integración de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, los Organismos Públicos Locales Electorales; las reglas de los procesos electorales; el voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero; registro de las candidaturas, las personas aspirantes a candidaturas independientes; las candidaturas independientes; la propaganda electoral; el financiamiento y fiscalización de recursos; la capacitación electoral; el registro federal de electores; monitoreo y distribución de los tiempos del Estado en radio y televisión; las precampañas y campañas electorales; paridad de género; el régimen sancionador electoral y disciplinario interno.
IV. El 15 de junio de 2016, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, se aprobó mediante Acuerdo INE/CG479/2016, el Reglamento de Comisiones del Consejo General del INE.
V. El 7 de septiembre de 2016, el Consejo General del INE, mediante el Acuerdo INE/CG661/2016, aprobó el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, entrando en vigor el 13 de septiembre de 2016; reformado el 9 de julio de 2020, mediante Acuerdo INE/CG164/2020 y publicado en el DOF el 21 de julio del mismo año.
VI. El 5 de enero de 2018, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, se aprobó el Acuerdo INE/CG04/2018 mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SUP-RAP-623/2017 y acumulados.
VII. El 30 de julio de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, mediante el Acuerdo INE/CG174/2020 se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización y del Reglamento de Comisiones del Consejo General del INE, en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
VIII. El 7 de agosto de 2020, en sesión extraordinaria del Consejo General del INE, mediante Acuerdo INE/CG188/2020, se emitió el plan integral y calendarios de coordinación de los Procesos Electorales Locales Concurrentes con el Federal 2020-2021.
IX. El 21 de octubre de 2020, la Comisión de Fiscalización del Consejo General del INE, mediante el Acuerdo CF/019/2020, determinó los alcances de revisión y se establecieron los Lineamientos para la realización de las visitas de verificación, monitoreo de anuncios espectaculares y demás
propaganda colocada en la vía pública, diarios, revistas y otros medios impresos, así como en páginas de internet y redes sociales derivado de la revisión de los informes de precampaña, obtención del apoyo de la ciudadanía y campaña del Proceso Electoral Federal ordinario y locales concurrentes 2020-2021, así como los procesos extraordinarios que se pudieran derivar de dichos procesos.
X. El 6 de junio de 2021 se llevaron a cabo los comicios para la elección de diputaciones federales por ambos principios, para integrar la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, así como diversas elecciones locales a gubernaturas, presidencias municipales, congresos locales y cuarto orden de gobierno.
XI. El 15 de julio, 19 de agosto y 9 de septiembre del año en curso, en las entidades de México, Yucatán y Nuevo León, dentro de los expedientes JI/11/2021, SUP-REC-1178/2021 y JI-066/2021 y acumulados, respectivamente, se declaró la nulidad de las elecciones por ordenamientos jurisdiccionales, al existir causas comprobables de violencia, omisión de celebración de las votaciones, inequidades en la contienda, así como también impedimentos para la celebración de la Jornada Electoral.
XII. En consecuencia, en las referidas resoluciones jurisdiccionales, se mandató a los congresos y/u Organismos Públicos Locales electorales, para que realizaran las acciones necesarias para emitir las convocatorias, así como los actos preparatorios para la realización de las elecciones extraordinarias correspondientes.
XIII. El 1 de septiembre de 2021, mediante Acuerdo INE/CG1494/2021, el Consejo General del INE aprobó la integración y presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos del Instituto Nacional Electoral, así como la creación de la Comisión Temporal de seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2021-2022. En dicho acuerdo se determinó, entre otros, que la Comisión de Fiscalización quedaría integrada por las Consejeras Electorales Dra. Adriana Margarita Favela Herrera, Mtra. Carla Astrid Humphrey Jordán, los Consejeros Electorales Dr. Uuc-kib Espadas Ancona, Dr. Ciro Murayama Rendón, y presidida por el Mtro. Jaime Rivera Velázquez.
XIV. El 8 de septiembre de 2021, mediante Acuerdo IEEM/CG/159/2021 el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó el Calendario para la Elección Extraordinaria de Nextlalpan, México en el cual se estableció que la obtención del apoyo de la ciudadanía y precampañas será del 1 al 8 de octubre mientras que la campaña del 27 de octubre al 10 noviembre 2021, a efecto que la Jornada Electoral se celebre el domingo 14 de noviembre 2021.
XV. El 9 de septiembre de 2021, mediante Acuerdo C.G.-117/2021 el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán aprobó los plazos para las etapas del Proceso Electoral Extraordinario por el que se elegirán regidurías de mayoría relativa y representación proporcional en el Municipio de Uayma, Yucatán determinando que la precampaña transcurrirá del 28 de septiembre al 7 de octubre y las campañas del 27 de octubre al 10 noviembre 2021, a efecto de celebrar la Jornada Electoral el domingo 14 de noviembre 2021.
XVI. El 20 de septiembre de 2021, mediante Acuerdo CEE/CG/253/2021 el Consejo General de la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León emitió la convocatoria, calendario y demás determinaciones para la elección extraordinaria en el municipio de Zuazua, Nuevo León estableciendo que las campañas se llevarán a cabo del 20 de octubre al 3 de noviembre y la Jornada Electoral tendrá verificativo el domingo 7 de noviembre 2021.
XVII. El 27 de septiembre de 2021, en su décima segunda sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Fiscalización, aprobó por votación unánime de los presentes, el contenido del presente Acuerdo.
CONSIDERANDO
1. El artículo 35, fracción II, de la CPEUM, en relación con el artículo 7, párrafo 3, de la LGIPE, establecen que es derecho de la ciudadanía poder ser votada para todos los puestos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de las candidaturas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a las...

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