Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se responde a las consultas presentadas al amparo del INE/CG352/2021 relacionadas con propaganda gubernamental para la Consulta Popular 2021.

Fecha de publicación12 Julio 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se responde a las consultas presentadas al amparo del INE/CG352/2021 relacionadas con propaganda gubernamental para la Consulta Popular 2021
ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se responde a las consultas presentadas al amparo del INE/CG352/2021 relacionadas con propaganda gubernamental para la Consulta Popular 2021. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG626/2021.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE RESPONDE A LAS CONSULTAS PRESENTADAS AL AMPARO DEL INE/CG352/2021 RELACIONADAS CON PROPAGANDA GUBERNAMENTAL PARA LA CONSULTA POPULAR 2021
ANTECEDENTES
I. Acuerdos sobre normas reglamentarias relativas a propaganda gubernamental. El Consejo General ha emitido diversos acuerdos relacionados con la atención a solicitudes para exceptuar la prohibición a la difusión de propaganda gubernamental, desde el inicio de las campañas hasta el fin de la Jornada Electoral, identificados como: CG40/2009; CG601/2009; CG155/2010; CG135/2011; CG180/2011; CG220/2011; CG75/2012; CG94/2013; CG131/2013; CG83/2014; INE/CG61/2015; INE/CG120/2015; INE/CG133/2015; INE/CG199/2015; INE/CG1081/2015; INE/CG78/2016; INE/CG173/2016; INE/CG280/2016; INE/CG396/2016; INE/CG65/2017; INE/CG 172/2018; INE/CG119/2019; INE/CG245/2019 INE/CG235/2020; INE/CG310/2020; INE/CG311/2020; e INE/CG109/2021, que sirven de base para el análisis de las solicitudes para exceptuar la suspensión de propaganda gubernamental en el periodo establecido para la difusión de la Consulta Popular.
II. Criterios, plazo de presentación de solicitudes y formulario. El trece de enero de dos mil diecisiete, en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (en adelante Consejo General), se aprobó el "Acuerdo [...] mediante el cual se establece el plazo de presentación de solicitudes sobre la propaganda gubernamental a que se refiere el artículo 41, Base III, Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", identificado con la clave INE/CG03/2017.
III. Promulgación de la Ley General de Comunicación Social (en adelante LGCS). El once de mayo de dos mil dieciocho, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en lo sucesivo DOF) la LGCS.
IV. Catálogo Nacional de Emisoras. El veintinueve de septiembre de dos mil veinte, en la cuarta sesión ordinaria del Comité de Radio y Televisión (en lo subsecuente CRT), se aprobó el "Acuerdo [...] por el que se declara la vigencia del Marco Geográfico Electoral relativo a los mapas de cobertura, se aprueba el Catálogo Nacional de estaciones de radio y canales de televisión que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Federal 2020-2021, de los Procesos Electorales Locales coincidentes con el Federal, así como del Periodo Ordinario durante 2021, y se actualiza el Catálogo de Concesionarios autorizados para transmitir en idiomas distintos al español y de aquellos que transmiten en lenguas indígenas nacionales que notifiquen el aviso de traducción a dichas lenguas", identificado como INE/ACRT/14/2020. Publicación ordenada mediante el diverso INE/CG506/2020.
V. Revisión de la constitucionalidad de la materia de la consulta Popular 1/2020. El uno de octubre de dos mil veinte, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió la revisión de la constitucionalidad de la materia de Consulta Popular 1/2020, en los términos siguientes:
R E S U E L V E:
PRIMERO. Es constitucional la materia de Consulta Popular a que este expediente se refiere.
SEGUNDO. La pregunta aprobada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de lo previsto en el artículo 26, fracción II, de la Ley Federal de Consulta Popular, es la siguiente: "¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?".
VI. Aprobación del Decreto por el que se resuelve sobre la procedencia y trascendencia de
Consulta Popular. El veintidós de octubre de dos mil veinte, la Cámara de Diputados aprobó el decreto por el que se resuelve sobre la procedencia y trascendencia de la petición de Consulta Popular presentada por el presidente de la República, y se expide la convocatoria a Consulta Popular.
VII. Publicación del Decreto por el que se expide la convocatoria a Consulta Popular. El veintiocho de octubre de dos mil veinte se publicó en el DOF, el Decreto emitido por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos por el que se expidió la convocatoria para la celebración de la Consulta Popular.
VIII. Reforma al artículo primero transitorio de la convocatoria a Consulta Popular. El diecinueve de noviembre de dos mil veinte se publicó en el DOF el Decreto emitido por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos por el que se reformó el artículo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular.
IX. Plan Integral y Calendario de la Consulta Popular. El seis de abril de dos mil veintiuno, en sesión extraordinaria del Consejo General, se aprobó el "Acuerdo [...] por el que se aprueba el Plan Integral y Calendario de la Consulta Popular 2021." Identificado como INE/CG350/2021.
X. Acuerdo de Consulta Popular. El seis de abril de dos mil veintiuno, en sesión extraordinaria del Consejo General, se aprobó el "Acuerdo [...] por el cual se asignan los tiempos en radio y televisión para la difusión de la Consulta Popular, se aprueban los criterios de distribución de tiempos para autoridades electorales, así como el procedimiento que regule la suspensión de propaganda gubernamental" identificado como INE/CG352/2021.
XI. Oficio informativo a SEGOB. El dieciocho de mayo del dos mil veintiuno, mediante oficio INE/DEPPP/DE/DAGTJ/8676/2021, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, informó a la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación de la Secretaría de Gobernación, la fecha límite de presentación de solicitudes relacionadas con la propaganda gubernamental.
XII. Oficio de solicitud de colaboración a las Juntas Vocales Ejecutivas. El dieciocho de mayo del dos mil veintiuno, mediante oficio INE/DEPPP/DE/DAGTJ/8677/2021, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, solicitó el auxilio de las Juntas Locales Ejecutivas del mismo Instituto, para que informaran a los gobiernos estatales correspondientes a su entidad y, por su conducto, a los respectivos gobiernos municipales de cada estado la fecha límite de presentación de solicitudes relacionadas con la propaganda gubernamental.
XIII. Solicitudes de la Secretaría de Gobernación y diversas dependencias de la Administración Pública Federal. El nueve de junio de dos mil veintiuno, mediante oficio SC/UNMC/0019/2021, el Titular de la Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación de la Secretaría de Gobernación, remitió once (11) solicitudes de diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los formularios y soportes correspondientes a sus campañas de comunicación social que pretenden difundir durante el periodo de difusión de la Consulta Popular, con la finalidad de que sean sometidas a las instancias competentes del INE como temas de excepción a las reglas de suspensión de propaganda gubernamental en el Proceso Consultivo 2021. Las mencionadas solicitudes son las siguientes:
a) Solicitud de la Secretaría de Salud. El veintiuno de mayo de dos mil veintiuno, la Directora General de Comunicación Social de la Secretaría de Salud, mediante oficio DGCS-955-2021, solicitó, a través de la Secretaría de Gobernación, que dos (2) de sus campañas fueran vinculadas con los conceptos de excepción a las reglas de suspensión de propaganda gubernamental. Las campañas son las siguientes:
1. "Vacunación contra COVID-19, versiones varias", y
2. "Alimentación saludable por amor a la vida".
b) Solicitud INAH. El veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, el Director de Medios...

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