Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los Lineamientos Generales que, sin afectar la libertad de expresión y la libre manifestación de las ideas ni pretender regular dichas libertades, se recomiendan a los noticiarios, respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de las candidaturas independientes del Proceso Electoral Federal 2020-2021, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 160, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG197/2020.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS GENERALES QUE, SIN AFECTAR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LA LIBRE MANIFESTACIÓN DE LAS IDEAS NI PRETENDER REGULAR DICHAS LIBERTADES, SE RECOMIENDAN A LOS NOTICIARIOS, RESPECTO DE LA INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2020-2021, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 160, NUMERAL 3 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

ANTECEDENTES

I. Lineamientos generales 2011-2012. El catorce de septiembre de dos mil once, el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral (en adelante Consejo General del IFE), emitió en sesión extraordinaria el "Acuerdo [...] por el que se aprueba el proyecto de sugerencias de Lineamientos generales aplicables a los noticiarios de radio y televisión respecto de la información o difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012", identificado con la clave CG291/2011.

II. Reforma artículo 6° constitucional. El once de junio de dos mil trece, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (en adelante DOF), la reforma al artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de integrar en su párrafo cuarto, Apartado B, numeral IV, lo siguiente: "Se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa; se establecerán las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad de los concesionarios respecto de la información transmitida por cuenta de terceros, sin afectar la libertad de expresión y de difusión".

III. Reforma constitucional política- electoral. El treinta y uno de enero de dos mil catorce, se promulgó la Reforma Constitucional en Materia Político-Electoral, aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales, por lo que el diez de febrero de dos mil catorce se publicó en el DOF el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral".

IV. Reforma legal político- electoral. El veintitrés de mayo de dos mil catorce, se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos", con entrada en vigor al día siguiente de su publicación.

V. Consulta 2014-2015. El diecisiete de julio de dos mil catorce, en la tercera sesión especial del Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral (en adelante Comité de Radio y Televisión) se aprobó el "Acuerdo [...] por el que se aprueba la consulta a las organizaciones que agrupan concesionarios de radio y televisión y a los profesionales de la comunicación con motivo de los Lineamientos Generales que se recomiendan a los noticieros respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de los candidatos independientes en el Proceso Electoral Federal 2014-2015", identificado con la clave INE/ACRT/05/2014.

VI. Lineamientos Generales 2014-2015. El veinte de agosto de dos mil catorce, en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (en adelante Consejo General), se emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueban los Lineamientos Generales que, sin afectar la libertad de expresión y la libre manifestación de las ideas ni pretender regular dichas libertades, se recomiendan a los noticiarios respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de los candidatos independientes en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 160, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y

Procedimientos Electorales", identificado con la clave INE/CG133/2014.

VII. Ley de Derecho de Réplica. El cuatro de noviembre de dos mil quince se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica"

VIII. Consulta 2017-2018. El quince de junio de dos mil diecisiete, en la quinta sesión ordinaria del Comité de Radio y Televisión, se emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueba la consulta a las organizaciones que agrupan concesionarios de radio y televisión y a los profesionales de la comunicación con motivo de los Lineamientos Generales que se recomiendan a los noticieros respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de los candidatos independientes en el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/ACRT/14/2017.

IX. Lineamientos Generales 2017-2018. El dieciocho de agosto de dos mil diecisiete, en sesión extraordinaria del Consejo General, se emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueban los Lineamientos Generales que, sin afectar la libertad de expresión y la libre manifestación de las ideas ni pretender regular dichas libertades, se recomienda a los noticiarios respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de las candidaturas independientes del PEF 2017-2018, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 160, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales", identificado con la clave INE/CG340/2017.

X. Informe del monitoreo de noticieros. El dieciocho de julio de dos mil dieciocho, en sesión ordinaria del Consejo General, se presentó el "Informe sobre el Monitoreo de Noticieros y la difusión de sus resultados durante el periodo de Campañas (Periodo acumulado del 30 de marzo al 27 de junio de 2018)", mediante el cual se dieron a conocer los resultados del monitoreo realizado.

XI. Resultados del monitoreo de noticieros. Dentro de los resultados obtenidos del monitoreo realizado en el Proceso Electoral Federal 2017-2018 se encuentran los reportados a continuación:

PRECAMPAÑA

En este periodo, la UNAM presentó nueve informes semanales sobre las Precampañas para Presidente, Senadores y Diputados, y ocho informes acumulados correspondientes al periodo que abarcó del 14 de diciembre 2017 al 11 de febrero 2018.

El tiempo total de horas efectivas monitoreadas por la UNAM durante las Precampañas fue de: 4,479 horas, 06 minutos, 02 segundos y el tiempo total efectivo monitoreado por la UNAM fue:

Tiempo monitoreado total
TIPO
RADIO
TELEVISIÓN
TOTAL
Noticiero
1,672:57:41
1,978:03:22
3,651:01:03
Espectáculo y revista
380:30:44
447:34:15
828:04:59
Total
2,053:28:25
2,425:37:37
4,479:06:02

El tiempo total dedicado a las precampañas fue:

Tiempo total dedicado
TIPO
PRESIDENTE
DIPUTADOS
SENADORES
TOTAL
Noticiero
397:33:29
37:10:30
38:08:54
472:52:53
Espectáculo y revista
12:00:30
2:39:37
2:16:12
16:56:19
Total
409:33:59
39:50:07
40:25:06
489:49:12

De igual forma, en el periodo se transmitieron 78,388 promocionales en los que se reportaron los resultados del monitoreo realizado por la UNAM (47,684 en radio y 30,704 en televisión).

CAMPAÑA

En esta etapa, la UNAM presentó 14 informes semanales de monitoreo sobre las campañas para Presidente, Senadores y Diputados y 13 informes acumulados correspondientes al periodo del 30 de marzo al 27 de junio de 2018. El tiempo total de horas efectivas monitoreadas por la UNAM fue de: 39,840 horas, 00 minutos, 55 segundos y el tiempo total efectivo monitoreado por la UNAM fue:

Tiempo monitoreado total
TIPO
RADIO
TELEVISIÓN
TOTAL
Noticiero
27,613:44:20
10,890:54:36
38,504:38:56
Espectáculo y revista
574:34:03
760:47:56
1,335:21:59
Total
28,188:18:23
11,651:42:32
39,840:00:55

El tiempo total dedicado a las campañas fue:

Tiempo total dedicado
TIPO
PRESIDENTE
DIPUTADOS
SENADORES
TOTAL
Noticiero
5,109:16:12
1,642:03:58
1,718:22:34
8,469:42:44
Espectáculo y revista
46:44:48
5:58:04
6:25:51
59:08:43
Total
5,156:01:00
1,648:02:02
1,724:48:25
4,479:06:02

De igual forma, en el periodo se transmitieron 25,291 promocionales (16,304 en radio y 8,987 en televisión) por medio de los cuales se invitaba a la ciudadanía a visitar el portal del monitoreo y conocer así los resultados de dicho ejercicio realizado por la UNAM.

Los resultados anteriores, dan cuenta de que los procesos electorales en México se realizan en condiciones cada vez más plurales, abiertas y competitivas; que los programas que difunden noticias, durante el Proceso Electoral Federal 2017-2018, realizaron una cobertura equilibrada, principalmente de las candidaturas a la Presidencia de la República.

Lo anterior, permite afirmar que los Lineamientos Generales que se sugieren a los noticieros constituyen una herramienta de soporte para el Instituto, pues coadyuvan en la...

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