Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se efectúa el cómputo total, se declara la validez de la elección de Senadores por el Principio de Representación Proporcional y se asignan a los partidos políticos nacionales Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y Morena, las Senadurías que les corresponden para el periodo 2018- 2024.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG1180/2018.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EFECTÚA EL CÓMPUTO TOTAL, SE DECLARA LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE SENADORES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Y SE ASIGNAN A LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES ACCIÓN NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DEL TRABAJO, VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, MOVIMIENTO CIUDADANO Y MORENA, LAS SENADURÍAS QUE LES CORRESPONDEN PARA EL PERIODO 2018-2024

La presente determinación asigna las senadurías por el principio de representación proporcional tomando en consideración la fórmula establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (en adelante LGIPE), así como el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de los escaños por el principio de representación proporcional en la Cámara de Senadores, que correspondan a los partidos políticos, con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral del uno de julio de dos mil dieciocho", para quedar como sigue:

PARTIDO POLÍTICO NACIONAL
SENADURÍAS
HOMBRES
MUJERES
Partido Acción Nacional
6
3
3
Partido Revolucionario Institucional
6
3
3
Partido de la Revolución Democrática
2
1
1
Partido del Trabajo
1
-
1
Partido Verde Ecologista de México
2
1
1
Movimiento Ciudadano
2
1
1
Morena
13
6
7
Total
32
15
17

ANTECEDENTES

  1. Reforma constitucional 1996. Con fecha veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados aprobaron una reforma constitucional en materia político-electoral, la cual comprendió modificaciones a las reglas de integración de las cámaras del Congreso de la Unión, destacando la introducción del principio de representación proporcional para la elección de 32 senadurías de la República, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional.

  2. Aprobación de diseño de boletas y documentación electoral. En sesión extraordinaria celebrada el cinco de octubre de dos mil diecisiete, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban el diseño y la impresión de la boleta y demás documentación electoral para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG450/2017, publicado el diez de noviembre de ese año en el Diario Oficial.

  3. Criterios para el registro de candidaturas. Con fecha ocho de noviembre de dos mil diecisiete, en sesión extraordinaria, fue emitido el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular que presenten los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones ante los consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG508/2017, publicado el treinta de noviembre del mismo año en el Diario Oficial.

  4. Modificación a la documentación electoral. El treinta de marzo de dos mil dieciocho, en sesión extraordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el

    que se aprueban las modificaciones a los formatos de la diversa documentación electoral, con motivo del registro de la coalición denominada Coalición Por México al Frente' integrada por los Partidos Políticos Nacionales: Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano; la coalición denominada Juntos Haremos Historia' integrada por los Partidos Políticos Nacionales: del Trabajo, Morena y Encuentro Social; y la coalición Todos por México' integrada por los Partidos Políticos Nacionales: Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como de candidaturas independientes a la Presidencia de la República, Senadurías y Diputaciones federales por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG301/2018, publicado en el órgano de difusión federal el veintitrés de abril de dos mil dieciocho.

  5. Registro de plataformas electorales de los partidos políticos. El treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, en sesión ordinaria, el Consejo General del INE aprobó los Acuerdos relativos al registro de las plataformas electorales presentadas por los Partidos Políticos Nacionales para contender en las elecciones de diputaciones federales y senadurías, sin mediar coalición, durante el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

  6. Mecanismo para la asignación de senadurías de representación proporcional. En sesión extraordinaria efectuada el cuatro de abril de dos mil dieciocho, este órgano superior de dirección aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de los escaños por el principio de representación proporcional en la Cámara de Senadores, que correspondan a los partidos políticos, con base en los resultados que obtengan en la Jornada Electoral del uno de julio de dos mil dieciocho", identificado con la clave INE/CG303/2018, publicado el veintisiete de abril de dos mil dieciocho en el Diario Oficial.

  7. Registro de candidaturas a la Cámara de Senadores. En la sesión especial celebrada el veintinueve de marzo de dos mil dieciocho, este órgano superior de dirección emitió el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran las candidaturas a senadoras y senadores al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones con registro vigente, así como las candidaturas a senadoras y senadores por el principio de representación proporcional, con el fin de participar en el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG298/2018, el cual fue publicado en el órgano de difusión federal el veintitrés de abril del presente año.

  8. Sustitución y cancelación de candidaturas a diputados y senadores. En las sesiones celebradas los días diecisiete, veinticinco y veintisiete de abril; cuatro, once y veintiocho de mayo; veinte y treinta de junio, todos de dos mil dieciocho el Consejo General de este Instituto aprobó los Acuerdos relativos a las solicitudes de sustitución de candidatas y candidatos a diputados y senadores por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, presentadas por los Partidos Políticos Nacionales y coaliciones. De igual manera, en las sesiones de veinte y treinta de junio de esta anualidad, el Consejo General aprobó la cancelación de candidaturas a senadores y diputados por ambos principios.

  9. Consulta de Encuentro Social en materia de asignación por el principio de representación proporcional. El veintisiete de marzo del año en curso, durante la celebración de la Décima Sesión Extraordinaria Urgente de Carácter Público de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, el representante de Encuentro Social planteó una consulta en materia de asignación de una diputación federal por el principio de representación proporcional, cuya fórmula contienda simultáneamente por el principio de mayoría relativa y obtenga el triunfo.

    El veintiocho de marzo de dos mil dieciocho, a través del escrito ES/CDN-CPL/INE/008/2018, el representante suplente de Encuentro Social ante el Consejo General del INE formalizó ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) la consulta mencionada.

  10. Respuesta a consulta de Encuentro Social. En sesión extraordinaria efectuada el once de mayo de esta anualidad, mediante el Acuerdo INE/CG452/2018, publicado en el Diario Oficial el día 31 del mismo mes y año, se dio respuesta a las consultas formuladas por Encuentro Social.

  11. Escritos de Juan Manuel Zepeda Hernández y Omar Obed Maceda Luna. El ocho de julio del presente año, a las ocho horas con quince minutos y ocho horas con dieciséis minutos, se recibieron en la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el Estado de México, los escritos signados por Juan Manuel Zepeda Hernández y Omar Obed Maceda Luna, candidatos propietario y suplente, respectivamente, de la primera fórmula de candidaturas a senadores por el principio de mayoría relativa en el Estado de México, postulada por la "Coalición por México al Frente".

    El Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de México, mediante oficio INE-JLE-

    MEX/VE/1368/2018, de fecha ocho de julio de dos mil dieciocho, remitió los citados escritos al Secretario del Consejo General de este Instituto, mismos que fueron turnados en la misma fecha a la DEPPP, para estudio y atención.

    Respuesta a pretensiones de Juan Manuel Zepeda Hernández y Omar Obed Maceda Luna. En sesión extraordinaria realizada el seis de agosto del año en curso, mediante el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina lo procedente respecto a las pretensiones formuladas por Juan Manuel Zepeda Hernández y Omar Obed Maceda Luna, candidatos propietario y suplente, respectivamente, de la primera fórmula de candidaturas al Senado por el principio de mayoría relativa en el Estado de México postulada por la Coalición Por México al Frente' con relación a la persona a la que debe asignarse la senaduría de primera minoría", INE/CG1177/2018, publicado en el Diario Oficial el...

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