Acuerdo del Consejo General, por el que se aprueba el contenido del denominado, “Políptico', el cual formará parte delPaquete Electoral Postal (PEP) y de la información electrónica para el voto de las y los ciudadanos de la Ciudad deMéxico, residentes en el extranjero en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, (IECM/ACU-CG-154/2021)

O R G A N I S M O S A U T Ó N O M O S INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

IECM/ACU-CG-154/2021

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se aprueba el contenido del denominado "Políptico", el cual formará parte del Paquete Electoral Postal (PEP) y de la información electrónica para el voto de las y los ciudadanos de la Ciudad de México residentes en el extranjero en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Antecedentes:

I. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Diario Oficial) el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), en materia político-electoral.

II. El 23 de mayo de 2014, se publicaron en el Diario Oficial los Decretos por los que se expidieron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General) y la Ley General de Partidos Políticos (Ley de Partidos).

III. El 29 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial, el Decreto por el que se reformaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Federal, en materia de la reforma política de la Ciudad de México.

IV. El 7 de septiembre de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General del INE) aprobó el Acuerdo INE/CG661/2016, por el que expidió el Reglamento de Elecciones de dicho Instituto (Reglamento de Elecciones), el cual tiene por objeto regular las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, así como la operación de los actos y actividades vinculados al desarrollo de los procesos electorales que les corresponde realizar, en el ámbito de sus respectivas competencias, tanto al Instituto Nacional Electoral (INE) como a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPL).

V. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (Gaceta Oficial) el Decreto por el que se expidió la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local), misma que entró en vigor el 17 de septiembre de 2018, excepto por lo que hace a la materia electoral, vigente a partir del día siguiente al de su publicación.

VI. El 7 de junio de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial, el Decreto que contiene las observaciones del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, respecto del diverso por el que se abroga el Código y la Ley Procesal Electoral del Distrito Federal, se expiden el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código Electoral) y la Ley Procesal Electoral de la Ciudad de México (Ley Procesal); y se dispuso el cambio de nombre del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el de Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral).

VII. El 15 de abril de 2019, el Consejo General del Instituto Electoral, mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-025/2019, aprobó la creación del Comité Especializado en torno a la figura de la Diputación Migrante (CODIM) y designó a sus integrantes; mismo que se instaló el 22 del mismo mes y año.

VIII. El 7 de mayo de 2019, se presentó ante el Pleno del Congreso Local, la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se propuso derogar los artículos 4º, Apartado B, fracción III, 6, fracción I, 13, 76 y Vigésimo Quinto Transitorio del Código Electoral.

IX. El 28 de noviembre de 2019, el pleno del Congreso Local aprobó el dictamen que reformó los artículos 6º, fracción I; 13, párrafo primero, y 76, fracción VII; asimismo, derogó los artículos 4º, apartado B, fracción III; 13, párrafo tercero; 76, fracción V, y Vigésimo Quinto Transitorio del Código Electoral, con la finalidad de modificar la participación en las elecciones locales de las personas originarias de la Ciudad de México que residen fuera del país.

40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 16 de abril de 2021

X. El 9 de enero de 2020, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial el Decreto que reformó los artículos 6º, fracción I; 13, párrafo primero, y 76, fracción VII; asimismo, derogó los artículos 4º, apartado B, fracción III; 13, párrafo tercero; 76, fracción V, y Vigésimo Quinto Transitorio del Código Electoral (Decreto que modificó diversos artículos del Código Electoral).

XI. El 14 de enero de 2020, se presentó ante el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (Tribunal Local), el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía TECDMX-JLDC-003/2020, a fin de impugnar el Decreto que modificó diversos artículos del Código Electoral.

XII. El 28 de enero de 2020, el Tribunal Local declaró en acuerdo plenario, que era incompetente para conocer el juicio de la ciudadanía identificado con la clave TECDMX-JLDC-003/2020.

XIII. El 7 de febrero de 2020, la parte actora del juicio TECDMX-JLDC-003/2020 impugnó la resolución del Tribunal Local ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Sala Regional), con lo cual se radicó el juicio para la protección de los derechos políticoelectorales del ciudadano SCM-JDC-27/2020.

XIV. Con fecha 2 de junio de 2020, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó sentencia en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con el número de expediente SCM-JDC-27/2020, en la que resolvió que los efectos producidos por el Decreto que modificó diversos artículos del Código Electoral publicado el nueve de enero de 2020 eran inconstitucionales, por lo que el contenido de esa enmienda debía inaplicarse para el proceso electoral 2020-2021 y ordenó al Instituto Electoral dar continuidad a los trabajos y consolidar su aplicación en el próximo proceso electoral en la Ciudad de México.

XV. El 2 de junio de 2020, la Sala Regional, revocó el acuerdo plenario a que se hizo referencia en el antecedente XI y, en plenitud de jurisdicción determinó inaplicar las disposiciones del Decreto publicado en la Gaceta Oficial el 9 de enero de 2020, que implicó la eliminación de la figura de la Diputación Migrante; y en consecuencia, determinó que para el proceso electoral 2020-2021, debía prevalecer el contenido del Código Electoral previo a dicha modificación legislativa, por lo que, se ordenó al Instituto Electoral dar continuidad a los trabajos y consolidar su aplicación en el próximo Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

XVI. El 8 de junio de 2020, la representación del partido político MORENA ante el Consejo General del Instituto Electoral interpuso, en la Sala Superior, recurso de reconsideración para controvertir la resolución de la Sala Regional, por lo que se integró el expediente SUP-REC-88/2020.

XVII. El 19 de junio de 2020, el Consejo General del Instituto Electoral, emitió el Acuerdo IECM/ACU-CG-035/2020, por el que se aprobó la realización de actividades institucionales para instrumentar la elección de la Diputación Migrante en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Regional en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave SCM-JDC-27/2020.

XVIII. El 10 de agosto de 2020, mediante Acuerdo IECM/ACU-CG-051/2020, el Consejo General, aprobó la Convocatoria dirigida a la ciudadanía y partidos políticos a participar en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, para elegir diputadas y diputados al Congreso de la Ciudad de México; alcaldesas y alcaldes, así como concejalas y concejales de las dieciséis demarcaciones territoriales, cuya jornada electoral se celebrará el 6 de junio de 2021.

XIX. El 14 de agosto de 2020, la Sala Superior dictó sentencia en el expediente SUP-REC-88/2020, en la que declaró fundada la afectación del grupo de ciudadanas y ciudadanos inconformes, y estableció la necesidad de inaplicar el Decreto que derogó diversos artículos del Código Electoral, para garantizar el pleno goce y hacer efectivos los derechos de las personas originarias de la Ciudad de México residentes en el extranjero.

XX. El 26 de agosto de 2020, el Consejo General del INE, aprobó mediante los Acuerdos clave INE/CG224/2020, INE/CG231/2020 y INE/CG232/2020, el Marco Geográfico que se utilizará en los Procesos Electorales Federal y Locales 2020-2021.

XXI. El 7 de septiembre de 2020, el Consejo General del INE aprobó, mediante el Acuerdo clave INE/CG284/2020, que las credenciales para votar que perdieron vigencia el 1 de enero de 2020 y no han sido renovadas, continúen vigentes hasta el 6 de junio de 2021, con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19, por lo que podrán ser utilizadas por la ciudadanía como instrumento para votar y como medio de identificación para la realización de diversos trámites.

XXII. El 11 de septiembre de 2020, el Consejo General del Instituto Electoral declaró el inicio formal del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

XXIII. El 18 de septiembre de 2020, el Consejo General del Instituto Electoral, emitió el Acuerdo IECM/ACU-CG-060/2020, por el que se aprueban los Lineamientos para el registro de la Diputación Migrante electa por el principio de representación proporcional, para el proceso electoral local 2020-2021.

XXIV. El 9 de octubre de 2020, el Consejo General del Instituto Electoral, mediante el Acuerdo IECM/ACU-CG-080/2020, aprobó la creación del Comité encargado de coordinar las actividades tendientes a recabar el voto de las ciudadanas y los ciudadanos de la Ciudad de México residentes en el extranjero para la elección de la Diputación Migrante para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 (COVECM 2021) y se designó a las consejeras electorales Carolina del Ángel Cruz y Sonia Pérez Pérez como integrantes y al consejero electoral Mauricio Huesca Rodríguez como presidente de dicho Comité.

XXV. El 27 de octubre de 2020, se llevó a cabo la sesión de instalación del...

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