Acuerdo CCNO/8/2009 de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, relativo al cambio de domicilio del Tribunal Colegiado y Tribunal Unitario del Vigésimo Tercer Circuito, con residencia en Zacatecas, Zacatecas

Fecha de disposición28 Octubre 2009
Fecha de publicación28 Octubre 2009
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónCUARTA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos. ACUERDO CCNO/8/2009, DE LA COMISION DE CREACION DE NUEVOS ORGANOS, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL TRIBUNAL COLEGIADO Y TRIBUNAL UNITARIO DEL VIGESIMO TERCER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN ZACATECAS, ZACATECAS.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO. En sesión de diecinueve de noviembre de dos mil ocho, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el acuerdo que reforma la fracción VIII del artículo 57 del diverso Acuerdo General que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo para facultar a la Comisión de Creación de Nuevos Organos, el acordar las acciones tendentes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales dentro de la misma ciudad o localidad;

CUARTO. El artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón la Comisión de Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar...

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