Acuerdo CCNO/17/2019 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos mercantiles no orales, por tiempo indefinido al Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali; así como la distribución de comunicaciones oficiales y asuntos en materia mercantil, relativos a concursos mercantiles y acciones colectivas, entre los Juzgados de Distrito Mixtos y el Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali.

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2019
EmisorPrimera Seccion

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevo Órganos.

ACUERDO CCNO/17/2019 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIÓN DE TURNO DE NUEVOS ASUNTOS MERCANTILES NO ORALES, POR TIEMPO INDEFINIDO AL JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL FEDERAL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CON RESIDENCIA EN MEXICALI; ASÍ COMO LA DISTRIBUCIÓN DE COMUNICACIONES OFICIALES Y ASUNTOS EN MATERIA MERCANTIL, RELATIVOS A CONCURSOS MERCANTILES Y ACCIONES COLECTIVAS, ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO MIXTOS Y EL JUZGADO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL FEDERAL EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CON RESIDENCIA EN MEXICALI.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO

El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito o de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio...

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