Acuerdo que autoriza la venta provisional de lotes del fraccionamiento 'Punta Telma', ubicado en el Barrio de la Cruz, en la Localidad de Granja Cuasinada, en el Municipio de San Juan del Río, Qro.

Fecha de publicación20 Agosto 2021
Fecha de disposición20 Agosto 2021
Número de Gaceta70
Pág. 34278 PERIÓDICO OFICIAL 20 de agosto de 2021
GOBIERNO MUNICIPAL
DEPENDENCIA:
SECRETARÍA DEL H.
AYUNTAMIENTO
SECCIÓN
CABILDO
RAMO:
CERTIFICACIONES
N° DE OFICIO:
SHA/0735/2021
La que suscribe Lic. Liliana San Martín Castillo, Secretaria del Ayuntamiento Constitucional de San Juan del Río,
Qro., con fundamento en las facultades que me confiere el artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------Certifica:---------------------------------------------------------------------
Que mediante la Segunda Sesión Ordinaria de cabildo de fecha 30 de junio de 2021, en el quinto punto del orden
del día, se emitió el siguiente acuerdo: ------------------------------------------------------------------------------------------------
V. Dictamen que emite para su aprobación la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto del
escrito suscrito por el Ing. Luis Rafael de la Fuente Woodul, apoderado de Dinámica del Hábitat, S.A. de
C.V., mediante el cual solicita autorización provisional de Venta de Lotes para el Fraccionamiento
Habitacional denominado “Punta Telma”, ubicado en Barrio de la Cruz, en la localidad de Granja
Cuasinada, en este municipio de San Juan del Río, Qro., desarrollo propiedad de la persona moral
Fideicomiso 21991 Banco del Bajío, Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple, fiduciaria.-------------
------------------------------------------------------------------Acuerdo-----------------------------------------------------------------------
Primero.- Por mayoría, y con fundamento en lo establecido en el artículo 115, fracción V, inciso d), de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el numeral 11, fracción XI, de la Ley General de
Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; el artículo 35, de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Querétaro; los artículos 12, 186 fracciones IV, V, VI, y VII, del Código Urbano del
Estado de Querétaro; el artículo 30, fracción II, incisos a) y d), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro; el artículo 42, del Reglamento de Interior del Ayuntamiento del Municipio de San Juan del Río, Qro.;
se aprueba el Dictamen que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, por lo cual se autoriza la
venta provisional de lotes del fraccionamiento “Punta Telma”, ubicado en el Barrio de la Cruz, en la
Localidad de Granja Cuasinada, en el Municipio de San Juan del Río, propiedad de la persona moral
Fideicomiso 21991 Banco del Bajío, Sociedad Anónima Institución de Banca Múltiple Fiduciaria, el cual
fuera solicitado por el Ing. Luis Rafael de la Fuente Woodul, apoderado de Dinámica del Hábitat, S.A. de
C.V.; Dictamen que se inserta en este momento a partir de sus considerandos:--------------------------------------------
“CONSIDERANDOS-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
I. Que el artículo 115, fracción V, inciso d) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece
como competencia de los municipios la facultad de autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en su
respectiva jurisdicción territorial. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que por su parte la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano,
define como acción urbanística los actos o actividades tendientes al uso o aprovechamiento del suelo dentro de
Áreas Urbanizadas o Urbanizables, tales como subdivisiones, parcelaciones, fusiones, relotificaciones,
fraccionamientos, condominios, conjuntos urbanos o urbanizaciones en general, así como de construcción,
ampliación, remodelación, reparación, demolición o reconstrucción de inmuebles, de propiedad pública o privada,
que por su naturaleza están determinadas en los planes o programas de Desarrollo Urbano o cuentan con los

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