Acuerdo por el cual se autoriza la Venta de Lotes para el fraccionamiento 'Moralta' etapa 2, el cual se ubica en la Parcela 128 Z-4 P1/1 del Ejido Los Ángeles, Municipio de Corregidora, Qro.

6 de julio de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 25805
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe, Ciudadano, Licenciado Samuel Cárdenas Palacios, Secretario del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XII del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I,
IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Querétaro, hago
constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 15 (Quince) de mayo de 2018 (dos mil dieciocho), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo por el cual se autoriza la Venta de Lotes para el
fraccionamiento “Moralta” etapa 2 el cual se ubica en la Parcela 128 Z-4 P1/1 del Ejido Los Ángeles,
Municipio de Corregidora, Qro., con superficie total de 31,584.386 m2, solicitado por el “Banco
Inmobiliario Mexicano” S.A.I.B.M. del fideicomiso número F/85100022, mismo que se transcribe
textualmente a continuación:
“Miembros Integrantes del H. Ayuntamiento:
Con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fra cciones II y V, incisos d) y f) de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción II,
inciso d) de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 1, 13 Fracciones I, II, VII y XX, 131, 136, 145,
184, 186, 189, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203 y demás relativos del Código Urbano del Estado de Querétaro;
15 fracción XVII, 29, 34 y 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., 5, 15, 18 y 27 del
Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro., corresponde, al H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., conocer y resolver el Acuerdo por el cual se autoriza la Venta de Lotes
para el fraccionamiento “Moralta” etapa 2 el cual se ubica en la Parcela 128 Z-4 P1/1 del Ejido Los
Ángeles, Municipio de Corregidora, Qro., con superficie total de 31,584.386 m2, solicitado por el “Banco
Inmobiliario M exicano” S.A.I.B.M. del fideicomiso número F/85100022, cuyos expedientes administrativos
se encuentran radicados ante la Secretaría del Ayuntamiento bajo el números DAC/CAI/027/2018
C O N S I D E R A N D O
1. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 115 fracción I de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos los municipios son gobernados por un Ayuntamiento y la competencia que se otorga al
gobierno municipal se ejercerá de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el
gobierno del Estado.
2. Asimismo el artículo 115 fracción II párrafo Segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que los municipios se encuentran facultados para emitir y aprobar disposiciones que
organicen la administración pública municipal así como para regular las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia como lo es lo relativo al Desarrollo Urbano.
3. Que el artículo 186 del Código Urbano del Estado de Querétaro, establece las siguientes etapas en cuanto
al proceso de un fraccionamiento se refiere:
Artículo 186. El procedimiento de autorización de fraccionamientos se conforma de ETAPAS
que se otorgarán de forma sucesiva, a la conclusión de cada una de éstas; siendo las
siguientes:
I. Dictamen de USO DE SUELO;
II. Autorización de ESTUDIOS TÉCNICOS;
III. Visto Bueno al PROYECTO DE LOTIFICACIÓN;
IV. LICENCIA DE EJECUCIÓN de obras de urbanización;

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