Acuerdo por el que se autoriza el programa 'Apoyo a la liquidez de las unidades de producción agropecuaria, acuícola, de pesca y forestal del Estado de Querétaro'.

Pág. 11378 PERIÓDICO OFICIAL 22 de mayo de 2020
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
ING. CARL HEINZ DOBLER MEHNER, Secretario de Desarrollo Agropecuario del Poder Ejecutivo del Estado
de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los Numerales los 19 Fracción V y 26 Fracción III
de Querétaro; y
CONSIDERANDO
I.- Que la Organización Mundial de la Salud, declaró en fecha 11 de marzo de 2020, que COVID-19, es
considerado como pandemia, luego que el número de países afectados se ha triplicado y se cuenta con más de
cuatro millones de contagios en el mundo.
II.- De conformidad al Artículo 4 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, la protección a la
salud es un derecho fundamental y ante el impacto de la pandemia de COVID-19, se considera necesaria la
colaboración de las instituciones gubernamentales para coadyuvar en la protección de la salud, así como el
impulso de programas o acciones fomentar la producción e impulsar el desarrollo Integral del sector rural en el
Estado, correspondiéndole entre otras atribuciones, la de determinar y conducir la política, programas y
organización de los productores en el sector agropecuario estatal, en torno a los programas y planes de desarrollo
en la materia de desarrollo agropecuario.
III.- Mediante acuerdo emitido por el Secretario de Salud y sancionado por el Presidente de los Estados Unidos
Mexicanos Andrés Manuel López Obrador, emitido en fecha 24 de marzo del 2020, donde se expidió el “Acuerdo
por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los
riesgos para la salud, que implica la enfermedad por el virus COVID-19”, el cual establece las medidas preventivas
que los sectores público, privado y social, deberán poner en práctica, destacando la suspensión temporal de las
actividades, que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, a partir de la entrada
en vigor de este acuerdo, así como sus respectivas adecuaciones, mismas que podrán modificarse o extenderse
mediante comunicado oficial de esta Dependencia, en estricto apego a las facultades de su titular, atendiendo las
circunstancias y recomendaciones que emitan las autoridades de salud.
IV.- Mediante publicación de fecha 30 de marzo del 2020, en el “Diario Oficial de la Federación”, se dio a conocer
el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de
enfermedad generada por el virus COVID-19.
V.- Mediante Acuerdo publicado en fecha 13 de marzo del 2020, en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado
de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, se creó el Comité Técnico para la Atención del COVID-19. Referido como
Comité COVID-19.
VI.- Que la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en ejercicio de su facultad conferida
de Querétaro, con el fin de salvaguardar la salud de las personas, tuvo a bien emitir el Acuerdo de
Recomendaciones Generales COVID-19, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, en fecha 18 de marzo del año en curso, el cual establece aplicar las alternativas o
modalidades para la ejecución de actividades laborales a fin de disminuir las presenciales.
VII.- Mediante acuerdo emitido por el Consejo Estatal de Seguridad, publicado en fecha 19 de marzo del 2020,
en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, se em itió el Acuerdo de
Medidas de Seguridad Sanitaria, el cual establece que: “Las autoridades estatales y municipales en el ámbito de
su competencia determinará acciones que aseguren el distanciamiento social, para garantizar el cumplimiento de
las recomendaciones de las autoridades sanitarias”.

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