Acuerdo por el que se autoriza la nomenclatura, números oficiales, relotificación de la manzana 1, y licencia de ejecución de obras de urbanización para el Fraccionamiento Real de San Isidro. Municipio de San Juan del Río, Qro.

Pág. 3174 PERIÓDICO OFICIAL 4 de febrero de 2022
GOBIERNO MUNICIPAL
DEPENDENCIA:
SECRETARÍA DEL H.
AYUNTAMIENTO
SECCIÓN
CABILDO
RAMO:
CERTIFICACIONES
N° DE OFICIO:
SHA/0403/2020
La que suscribe Lic. Liliana San Martín Castillo, Secretaria del Ayuntamiento Constitucional de San Juan del Río,
Qro., con fundamento en las facultades que me confiere el artículo 47 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
------------------------------------------------------------------Certifica:---------------------------------------------------------------------
Que mediante Sesión Ordinaria de cabildo de fecha 24 de abril de 2020, en el sexto punto del orden del día, se
emitió el siguiente acuerdo: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VI. Dictamen que emite la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto del escrito suscrito por el
Ing. Sergio Hurtado Perea, Representante Legal de la persona moral denominada Inmobiliaria EXA S.A.
de C.V., por medio del cual solicita la relotificación de la manzana 1, la nomenclatura para vialidad de
nueva creación y su correspondiente licencia de obras de urbanización para el fraccionamiento Real de
San Isidro en este Municipio.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
------------------------------------------------------------------Acuerdo-----------------------------------------------------------------------
Primero.- Por unanimidad, y con fundamento en lo establecido en el artículo 115, fracción V, inciso d), de la
Querétaro, en su numeral 35; el Código Urbano del Estado de Querétaro, en su artículo 1, fracciones II, VI y X,
en su artículo 12, el artículo 186 fracciones IV, V, VI y VII; la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, en
su numerales 30, fracción II, incisos a), d) y f) respectivamente; el artículo 42 de del Reglamento de Interior del
Ayuntamiento de San Juan del Río, Qro.; se aprueba el Dictamen que emite la Comisión de Desarrollo
Urbano y Ecología, por lo cual se otorgan las siguientes autorizaciones:----------------------------------------------
I. Visto bueno al proyecto de relotificación de la manzana 1 lote 1;-----------------------------------------------
II. Nomenclatura y números oficiales;-----------------------------------------------------------------------------------------
III. Licencia de obras de urbanización;-----------------------------------------------------------------------------------------
En favor del Fraccionamiento denominado “Real de San Isidro”, ubicado en calle prolongación Álvaro
Obregón S/N, Barrio de San Isidro, Municipio de San Juan del Río, Qro., propiedad de la persona moral
Inmobiliaria EXA, S.A. de C.V., el cual fuera solicitado por el Ing. Sergio Hurtado Perea, Representante
Legal de la persona moral antes mencionada; Dictamen que se inserta en este momento a partir de sus
considerandos:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
“CONSIDERANDOS------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
competencia de los municipios la facultad de autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en su respectiva jurisdicción
territorial.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que así también, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, en su numeral 35, reconoce al municipio
como la base de la división territorial y de organización política y administrativa del Estado de Querétaro. --------------------------
III. Que de forma particular, el Código Urbano del Estado de Querétaro, en su artículo 1, fracciones II, VI y X, da expresamente
la atribución al municipio pa ra determinar las provisiones, usos , reservas y destinos de áreas y predios, considerando los
rangos de densidad de población, la temporalidad y los coeficientes de ocupación y utilización del suelo; las especificaciones
generales para las obras de urbanización de los diferentes desarrollos inmobiliarios; así como la normas técnicas para la
ejecución de vialidades urbanas, y su derecho de vía, así como cualquier otra restricción. -----------------------------------------------
IV. Que de forma particular, el ord enamiento en cita, en su artículo 12 establece las facultades de los Municipios para la
aprobación y autorización de los desarrollos inmobiliarios previstos en tal Código, así como la atribución de autorizar las etapas
previstas en el artículo 186 fracciones IV, V, VI y VII, del mismo, dentro de las cuales se contempla la “IV. Licencia de ejecución
de obras de urbanización”. “V. Denominación del fraccionamiento y nomenclatura de c alles” y “VI. En su caso, autorización
para venta de lotes”. Por otra parte y en correlación a lo antes citado, el artículo 13, fracciones, III, IV y VII da expresamente
la atribución al municipio para supervisar, por conducto de su área encargada del desarrollo urbano, que las obras de
urbanización de los desarrollos inmobiliarios se apeguen a las especificaciones autorizadas; verificar la terminación y correcto
funcionamiento de la totalidad de las obras de urbanización y de los servicios en los desarrollos inmobiliarios; verificar, que
los desarrolladores cubran los impuestos, derechos y demás cargas fiscales establecidas en la Ley de Hacienda de los
Municipios del Estado de Querétaro. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
V. Que en lo que respecta a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, se declara puntualmente como competencia
de los ayuntamientos, en su numerales 30, fracción II, incisos a), d) y f) respectivamente, para aprobar la zonificación y planes
de desarrollo urbano, autorizar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de nuestra competencia, así como para otorgar
licencias y permisos para construcciones. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR