Acuerdo por el que se autoriza la Modificación a la Normatividad por Zonificación respecto del Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS); Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS), así como de la Altura Máxima Permitida, para el predio identificado con Clave Catastral 14 01 001 22 152 999, Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor. Municipio de Querétaro, Qro.

12 de octubre de 2018 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 36819
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO,
EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR
DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 10 de julio de 2018 dos mil dieciocho, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo por el que se Autoriza la Modificación a la Normatividad
por Zonificación respecto del Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS); Coeficiente de Utilización de Suelo
(CUS), así como de la Altura Máxima Permitida, para el predio identificado con Clave Catastral 14 01 001 22 152
999, Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor, el que textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCIÓN
II, 28 FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
25, 28 FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los Municipios,
están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal, así
como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales.
3. Los cambios de uso de suelo y cambios de altura de construcción se refieren a la posibilidad de modificación
de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales, atendiendo a la utilización del suelo de un predio y
a la altura de la edificación del mismo.
4. Mediante escrito de fecha 30 de agosto de 2017, dirigido a la Secretaría del Ayuntamiento, la persona moral
denominada “Grupo Empresarial HHM” S.A. de C.V., a través del Presidente del Consejo de Administración el C.
José María Hernández Montes, solicita la modificación a la Normatividad por Zonificación respecto al Coeficiente
de Utilización de Suelo (CUS), Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS), niveles y altura máxima permitida,
para el predio identificado con Clave Catastral 14 01 001 22 152 999, Delegación Municipal Félix Osores
Sotomayor, radicándose dicha solicitud, bajo el expediente número 115/DAI/2017.

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