Acuerdo por el Que Se Aprueba el Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Cuauhtémoc, COLIMA.

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 16 de Mayo del año 2015; Núm. 26, pág. 2.

DEL GOBIERNO MUNICIPAL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUHTÉMOC, COL.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC, COLIMA.

ACUERDO

MERCEDES CARRAZCO ZUÑIGA, Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Colima, a sus Habitantes, sabed:

Que el Honorable Cabildo Constitucional de este Municipio, se ha servido dirigirme La Aprobación del Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Cuauhtémoc, Para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

El siguiente Acuerdo:

CUMPLIENDO CON EL PUNTO NUMERO V DEL ORDEN, DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 79, DE FECHA 30 DE MARZO DEL 2015 (DOS MIL QUINCE), REFERENTE AL ANALISIS Y APROBACIÓN EN SU CASO DE SOLICITUD PARA APROBACIÓN DEL "REGLAMENTO DE TRANSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE CUAUHTEMOC", EL CUAL DEBE QUEDAR HOMOLOGADO CON TODOS LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO.

UNA VEZ ANALIZADO Y EXPRESADO CADA UNO DE LOS PRESENTES EL ARGUMENTO QUE CADA UNO DE ELLOS CONSIDERABA OPINANDO A FAVOR DEL ACUERDO, SE DIO POR CONCLUIDO EL "REGLAMENTO DE TRANSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE CUAUHTEMOC."

SIN COMENTARIOS AL RESPECTO, SE APRUEBA POR UNANIMIDAD LA APROBACIÓN DE DICHO REGLAMENTO.

POR LO TANTO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y OBSERVE.- DADO EN PALACIO MUNICIPAL DE CUAUHTEMOC, A LOS 30 DIAS DEL MES DE MARZO DEL 2015.- MERCEDES CARRAZCO ZUÑIGA, PRESIDENTE MUNICIPAL - Rúbrica. JUAN MANUEL PRECIADO BARBOSA, Síndico .- Rúbrica.- ARMANDO RAMIREZ RAMIREZ, MYRNA FATIMA RAMIREZ GARCIA, ESTEPHANY ISABEL CORTES CARDENAS, ARMANDO OROZCO LIZARDO, SERGIO SILVA AGUIRRE, SAMUEL OMAR ZAMORA JIMENEZ, JULIO CESAR FACIO VELASCO, RAFAELA VALDOVINOS SOLIS Regidores, Rúbricas.- La Encargada de la Secretaria del Honorable Ayuntamiento, ZANIAH LISBETH GUERRERO VELASCO- Rúbrica.-C. MERCEDES CARRAZCO ZUÑIGA, PRESIDENTA MUNICIAL.- Rúbrica; LICDA. ZANIAH LISBETH GUERRERO VELASCO.- SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO. Rúbrica.

  1. MERCEDES CARRAZCO ZUÑIGA PRESIDENTA MUNICIPA. Rúbrica.

LICDA. ZANIAH LISBETH GUERRRERO VELASCO SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO.

Rúbrica.

Mtra. Mercedes Carrazco Zúñiga, Presidente Municipal de Cuauhtémoc, Colima, a sus habitantes, sabed:

Que el Honorable Cabildo Constitucional de este Municipio, se ha servido dirigirme, para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, el siguiente Acuerdo:

"El Honorable Cabildo Constitucional del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 87, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; y con fundamento en el artículo 2° de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.- Que con fecha 16 de Junio de 2004, este Honorable Cabildo aprobó el Reglamento de Tránsito y Vialidad para nuestro Municipio, el cual fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el 24 de Julio de 2004.

SEGUNDO.-Que han transcurrido aproximadamente 11 años de vigencia, en los que se considera necesario evaluar si este ordenamiento sigue siendo funcional para regular adecuadamente el fenómeno del tránsito y de la vialidad en nuestro Municipio.

TERCERO.-Que a principios del año en curso, el Ciudadano Presidente Municipal de CUAUHTÉMOC suscribió con sus homólogos de los restantes 9 municipios, un acuerdo institucional para revisar la funcionalidad de los reglamentos de la materia y homologar su contenido, con el propósito de categorizar adecuadamente las hipótesis normativas, incorporar nuevas disposiciones, actualizar señalamientos viales y regulaciones de tránsito, así como para establecer causas similares de infracción, sanciones y procedimientos administrativos para su concreción, homologados con el resto de los municipios, dado que la vialidad y el tránsito en el Estado de Colima es similar en toda su geografía y carece de sentido una diversidad reglamentaria, a veces contradictoria, en la materia en comento, por lo que llegaron al acuerdo los ciudadanos presidentes municipales de homologar las disposiciones normativas relativas a la materia señalada.

CUARTO.- Que, con ese propósito, se instruyó a la Dirección Jurídica para que representara al Municipio en el grupo interinstitucional formado por todos Ayuntamientos para proceder a la homologación del Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial, tomando como base el reglamento del Municipio Colima.

Este grupo interinstitucional trabajó en la ciudad de Colima, en las instalaciones del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública, durante los meses de junio, julio y agosto, sosteniendo numerosas reuniones entre todos los representantes de los 10 municipios y del Consejo Estatal para la Prevención de Accidente, concluyendo su cometido el viernes 15 del mes en curso.

El documento constituye un ordenamiento de vanguardia que mejora en todos los sentidos el contenido de los ordenamientos vigentes, incorporando en su texto nuevas hipótesis fácticas y categorizaciones en la materia; clarifica conceptos para una más adecuada aplicación; ordena convenientemente los códigos que contienen las hipótesis de infracciones, ordenándolas y mejorando su redacción para una mayor comprensión de los automovilistas; y regula con mejor sentido social sus disposiciones, en aras de un ordenado y seguro tránsito vehicular en el Estado de Colima.

En tal virtud, ha tenido a bien expedir el siguiente

A C U E R D O:

ARTÍCULO ÚNICO Se aprueba el Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Cuauhtémoc, Colima, de conformidad con los términos siguientes:

REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE CUAUHTÉMOC.

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 253
ARTÍCULO 1° Este reglamento es de orden público e interés social y sus disposiciones son de observancia general en el Municipio de Cuauhtémoc.
ARTÍCULO 2°

El presente ordenamiento tiene como objetivo primordial establecer las normas de tránsito y vialidad que regulen la correcta circulación de vehículos y el movimiento de peatones en las vías públicas del Municipio, así como en las que, siendo de jurisdicción federal o estatal, se asuma la competencia por materia de conformidad con los acuerdos o convenios correspondientes, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87 de la Constitución Política local, la Ley del Transporte y de la Seguridad Vial para el Estado de Colima y su reglamento y la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

ARTÍCULO 3° Para efectos del presente reglamento se entiende por:
  1. Agente de tránsito y vialidad.- El agente facultado por la Dirección de Seguridad Pública y Vialidad, para aplicar este ordenamiento.

  2. Alcoholímetro.-El sistema electrónico que cuantifica la presencia de la sustancia etílica en el aliento del sujeto analizado, siendo este valor obtenido del intercambio de bióxido de carbono por oxígeno durante el proceso pulmonar de transferencia en la sangre que determina el valor de porcentaje de alcohol en la muestra obtenida.

  3. Antidoping.- Prueba química que se realiza para detectar la presencia de drogas en el organismo del conductor, del pasajero o de peatones.

  4. Ayuntamiento.- El H. Ayuntamiento de Cuauhtémoc.

  5. Cabildo Municipal.- Elórgano de autoridad política y de gobierno, conformado por el Presidente Municipal, el Síndico y los Regidores, de conformidad con lo que establece la Ley del Municipio Libre.

  6. Cámara fotográfica.- El Instrumento electrónico que captura imágenes, reproduciéndolas en gráficas de colores o en blanco y negro, para conservar y archivar las imágenes obtenidas, con un fin de aplicación legal de indicios o evidencias en un hecho de tránsito o infracción vial.

  7. Cámara de video de vigilancia vial.- El dispositivo electrónico que tiene la capacidad de captar y archivar imágenes, que son evidencias objetivas de hechos de tránsito o de las infracciones que el usuario de las vialidades ejecuta en el ámbito del presente reglamento.

  8. Centro de monitoreo.- Es el área central operativa de vigilancia, donde se almacena y recupera la información obtenida a través de la red, donde las cámaras fotográficas y de video mandan su información, para que el personal de vialidad, despache y alerte a los agentes operativos de los hechos de tránsito ocurridos o de las infracciones que se cometan, para que realicen las acciones correctivas, preventivas y la aplicación de sanciones viales, así como de la prestación de servicios de seguridad vial que demande la población.

  9. Conductor.- La persona que maniobre o ponga en movimiento un vehículo de motor o de propulsión humana y/o animal en la vía pública.

  10. Corporación.- La Dirección de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio de Cuauhtémoc;

  11. dB (A).- El Nivel Sonoro, es el nivel de presión acústica sopesada en ponderación o sea, el nivel de presión acústica ponderado por una curva. Se mide dB, en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR