Acuerdo Que Aprueba Reformar, Adicionar y Derogar Diversas Disposiciones del Bando de Policía y Buen Gobierno Que Regula el Comportamiento Cívico en el Municipio de Colima; Así Como, Reformar, Adicionar y Derogar Diversas Disposiciones del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima; Además, Reformar, Adicionar y Derogar Diversas Disposiciones del Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Colima; Reformar el Reglamento de las Funciones de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad del Municipio de Colima, por 'Reglamento Interior y del Servicio Profesional de Carrera de la Policía Municipal de Colima', Así Como, Reformar, Adicionar y Derogar Diversas Disposiciones del MISMO.

DEL GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COLIMA
ACUERDO
QUE APRUEBA REFORMAR, ADICIONAR Y DEROGAR DIVERSAS DISPOSICIONES DEL BANDO DE POLICÍA
Y BUEN GOBIERNO QUE REGULA EL COMPORTAMIENTO CÍVICO EN EL MUNICIPIO DE COLIMA; ASÍ
COMO, REFORMAR, ADICIONAR Y DEROGAR DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL
GOBIERNO MUNICIPAL DE COLIMA; ADEMÁS, REFORMAR, ADICIONAR Y DEROGAR DIVERSAS
DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y DE LA SEGURIDAD VIAL DEL MUNICIPIO DE COLIMA;
REFORMAR EL REGLAMENTO DE LAS FUNCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA, TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL
MUNICIPIO DE COLIMA, POR "REGLAMENTO INTERIOR Y DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE
LA POLICÍA MUNICIPAL DE COLIMA", ASÍ COMO, REFORMAR, ADICIONAR Y DEROGAR DIVERSAS
DISPOSICIONES DEL MISMO.
ACUERDO QUE APRUEBA EL PAQUETE DE REFORMAS, ADICIONES, DEROGACIONES Y MODIFICACIONES A
DIVERSOS REGLAMENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE JUSTICIA CÍVICA EN EL MUNICIPIO
DE COLIMA.
C.P. LEONCIO ALFONSO MORÁN SÁNCHEZ, Presidente Municipal de Colima, a sus habitantes, sabed:
Que el Honorable Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
ACUERDO QUE APRUEBA EL PAQUETE DE REFORMAS, ADICIONES, DEROGACIONES Y MODIFICACIONES
NECESARIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE JUSTICIA CÍVICA EN EL MUNICIPIO DE COLIMA
El Honorable Cabildo Municipal de Colima, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 90, fracción II, tercer párrafo,
de la Constitución Política del Estado de Colima; 45, fracción I, inciso a), y 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de
Colima; ha tenido a bien aprobar el presente Acuerdo, conforme a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que mediante memorándum número S-927/2019 de fecha 26 de abril de 2019, el LIC. SALVADOR
CARDENAS MORALES, titular de la Unidad de Enlace de la Presidencia Municipal turna a esta Comisión de Gobernación
y Reglamentos la iniciativa del Presidente Municipal, C. P. LEONCIO ALFONSO MORÁN SÁNCHEZ que contiene el
paquete de reformas, adiciones, derogaciones y modificaciones necesarias para la implementación del Modelo de Justicia
Cívica en el Municipio de Colima, misma que fuera presentada a la Secretaría del Ayuntamiento mediante oficio número
02-PM-118-2019.
SEGUNDO. Tal como lo señala la iniciativa el Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, como el instrumento que orienta el
actuar de la administración municipal y de la ciudadanía durante la administración municipal, fue elaborado considerando
las necesidades de la población Colimense al amparo de la Ley de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado
de Colima, y en el marco de los compromisos internacionales y de participación activa de México ante la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible impulsada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
El instrumento promueve ocho ejes: 1. Contigo soy Colima-Ciudadanía; 2. Construyamos paz- Seguridad; 3. Unamos a
Colima-Cohesión; 4. Naturalmente Colima-Sostenibilidad; 5. Prosperemos Colima- Economía; 6. Ordenemos a Colima-
Urbanismo; 7. Colima mi tradición- Cultura, y 8. Confiemos en Colima-Gobierno. Cada uno de ellos persigue un propósito
y un objetivo específico; para conseguirlos se determina una estrategia y se definen metas e indicadores que permitirán su
evaluación. A su vez, los ejes se componen de una serie de acciones que son aglutinadas por afinidad, es decir, persiguen
un fin común y se sostienen o impulsan entre sí.
Así, una de las líneas de vocación más importantes para el desarrollo del Municipio, y que la ciudadanía reclama, está
basada en la construcción de la paz y la seguridad. Ante ello, el Plan Municipal de Desarrollo considera dentro del EJE 2,
SEGURIDAD, el programa presupuestario 2.2, Colima Pacifico, mediante el cual se promueven acciones que apuesten a
la mediación de conflictos y al fortalecimiento de los valores humanos:
Tomo 104, Colima, Col., Viernes 17 de Mayo del año 2019; Núm. 36 pág. 1270
1. Acción Emblema 04: Elaboración de un programa integral de cultura de paz y prevención de la violencia; y
2. Acción Emblema 05: Promoción e implementación de un modelo de justicia cívica.
En esta última línea de acción, se estableció que la Presidencia promueva la creación de la figura de Juez Cívico, de tal
manera que este genere e implemente un nuevo modelo de justicia cívica. Pero la ejecución de un proyecto de tal magnitud
que garantice acciones, estrategias y proyectos que coadyuven a la paz s ocial, implica no solo la creación de la figura del
Juez Cívico, pues esto solo fue el primer paso; con la decisión del Cabildo Municipal de solicitar al Gobierno del Estado de
Colima, la seguridad pública y la Policía Preventiva en el Municipio se crea la necesidad de modificar diversos cuerpos
normativos que consoliden, bajo el estado de derecho, el proyecto encauzado; con ello, se garantiza una actuación de
respeto al principio de legalidad en el actuar de las instituciones municipales.
De tal manera que el paquete de reformas, adiciones, derogaciones y modificaciones necesarias para la implementación
del modelo de justicia cívica propone cambios a los siguientes ordenamientos municipales:
I. El Bando de Policía y Buen Gobierno que reglamenta el comportamiento cívico en el Municipio de Colima;
II. El Reglamento del Gobierno Municipal de Colima;
III. El Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del Municipio de Colima; y
IV. El Reglamento de las Funciones de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad del Municipio de Colima.
TERCERO.- En lo que corresponde al Bando de Policía y Buen Gobierno que Regula el Comportamiento Cívico en el
Municipio de Colima, se propone la modificación de su denominación, para pasar a ser el Reglamento de Orden y Justicia
Cívica en el Municipio de Colima; si bien es cierto que tanto el bando como el reglamento revisten una similitud en sus
objetivos de creación y trascendencia de aplicación, ha resultado un término más aceptado para la población los
reglamentos; además, esta nueva nomenclatura permite identificar su principal propósito, regular el comportamiento de la
ciudadanía y la impartición de justicia ante actos contrarios al mismo; con ello, se pretende que la ciudadanía Colimense
se identifique, adopte y se aproxime, a estas nuevas políticas de justicia cívica, recordemos que los resultados de proyectos
como el que se proponen, dependen en gran medida del involucramiento de la sociedad.
Se establece también los principios de la justicia cívica, destacando entre ellos la corresponsabilidad de los ciudadanos, el
respeto a las libertades y derechos de los demás y la prevalencia del dialogo para la resolución de conflictos. En el artículo
4, se incluyen los nuevos conceptos que enmarcarán las directrices de este nuevo modelo de justicia cívica, como la
conciliación, la cultura cívica, los mecanismos alternativos de solución de controversias, y la mediación.
Dentro de la regulación del funcionamiento del Juzgado Cívico, se establece un horario oficial de funcionamiento de 24
horas, los 365 días del año, con el siguiente personal por turno: I. El Juez Cívico; II. Un secretario; III. Alcaide; IV. Los
oficiales custodios y procesales que sean necesarios; V. Un mediador; VI. Un trabajador social, y VII. Un médico.
Además, de dos espacios físicos, una sala de audiencias y las oficinas administrativas, el Juzgado Cívico, contará con un
Centro de Detención Municipal, pero desde su creación, el proyecto prevé que el inmueble donde este se albergue, cumpla
con los estándares en materia de derechos humanos; se establece también el procedimiento de mediación y conciliación,
en donde las partes involucradas en un conflicto que comparezcan ante el Juzgado Cívico, podrán ser invitadas por el Juez
a llevar a cabo un procedimiento de mediación o conciliación, se les informará de los beneficios, del desarrollo de los
procedimientos y sus características. Los métodos alternativos de solución de controversias coadyuvan a la creación de
una nueva cultura de paz, a través de mecanismos simples de acceso a la justicia; con esto se posiciona al Municipio de
Colima, como el primero en la entidad en ofrecer a los ciudadanos estos mecanismos alternos de acceso a la justicia.
CUARTO. Estas propuestas en materia de justicia cívica y policía de proximidad hacen forzosa la modificación del
Reglamento de Gobierno Municipal de Colima, adecuando el nombre de las dependencias involucradas en el sistema
propuesto, asignando obligaciones, facultades y requisitos, así como su forma de designación. De manera que se propone
una duración de cuatro años para los jueces cívicos, quienes serán nombrados por el Cabildo a propuesta del Presidente
Municipal.
QUINTO. Además, se proponen diversas reformas y adiciones al Reglamento de Tránsito y de la Seguridad Vial del
Municipio de Colima, así como la derogación de diversas disposiciones contenidas en este ordenamiento. Destaca el ajuste
de la norma para adecuar la denominación de la dependencia municipal encargada de la seguridad publica en el Municipio:
La Dirección General de la Policía Municipal de Colima, trasladando dicha denominación a los cuerpos normativos que se
proponen más adelante; con este nuevo nombre, se presenta ante la ciudadanía como una nueva institución, ya no solo
para controlar el tránsito municipal, ahora, encargada de otorgar la seguridad pública en el Municipio a través de los
elementos que serán conocidos como “policías municipales”.
Sustancialmente, las reformas propuestas consideran los siguientes aspectos:
a. La figura: Policía Municipal, este a su vez, podrá ser reconocido como especialista, según sus capacidades
acreditadas, como perito de hechos de tránsito;
b. La figura de primer respondiente;
c. La facultad de los jueces cívicos como autoridad de tránsito y vialidad;
d. La atribución del Director General de la Policía Municipal y de los jueces cívicos para solicitar la cancelación o
suspensión de las licencias de conducir de infractores del municipio;
e. La posibilidad para que los elementos de la policía municipal realicen funciones de policía y aquellas referentes a
la regulación del tránsito;
f. Disposiciones específicas para los hechos en donde se encuentre involucradas las bebidas alcohólicas,
estupefacientes, sustancias toxicas, etc.;
g. Y finalmente, se incluye en las modificaciones, una serie de disposiciones impulsadas por el Colectivo Pedaléale
con la finalidad de establecer los conceptos previstos en la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Colima en
materia de ciclismo, fijando además derechos y obligaciones para los usuarios de la bicicleta.
SEXTO. Que el proyecto integra modificaciones sustanciales al Reglamento de las Funciones de Seguridad Pública,
Tránsito y Vialidad, partiendo de la denominación del ordenamiento legal, pues se propone cambiar por Reglamento Interior
y del Servicio Profesional de Carrera de la Policía Municipal de Colima, de manera que las modificaciones propuestas
incluyen sustancialmente los siguientes temas:
I. Se amplían los conceptos insertados en el artículo 3°, acorde al contenido del reglamento completo, y aquellos
mayormente utilizados en la materia;
II. Se adecuan las denominaciones de cada una de las áreas de la Dirección General, de conformidad con las
reformas efectuadas al Reglamento de Gobierno Municipal; se establece a la Policía Municipal de Colima como la
instancia responsable de preservar el orden público, la legalidad, la seguridad, el tránsito y la paz pública, prevenir
la comisión de los delitos y en su caso, investigarlos en términos del artículo 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos;
III. Se incluye la justicia cívica, como una herramienta indispensable para lograr los objetivos de las políticas en materia
de Seguridad Pública, Tránsito y Vialidad;
IV. Se asignan funciones específicas a cada uno de las Áreas de la Dirección General;
V. Se establece la estructura del servicio profesional en cinco vertientes: planeación y control de recursos humanos,
ingreso, permanencia y desarrollo, régimen disciplinario y conclusión del servicio profesional de carrera;
VI. Se regula la integración, atribuciones y sesiones de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial; y
VII. Se detallan las directrices para los actos procesales de la Comisión, procurando salvaguardar los derechos de los
integrantes.
SÉPTIMO. Los miembros de la Comisión de Gobernación y Reglamentos consideramos viable el paquete de reformas,
adiciones y modificaciones tendientes a la implementación del modelo de justicia cívica en el Municipio de Colima en virtud
de que este incorpora una visión de justicia cívica que procura facilitar y mejorar la convivencia de la comunidad, evitando
que los conflictos escalen a conductas delictivas o actos de violencia, contribuyendo de manera notable a la construcción
de ciudadanía a través de una visión sistémica que involucra al juzgado cívico como el articulador de un conjunto de actores,
con la incorporación de audiencias públicas en la impartición de la justicia cívica, la actuación policial en el lugar con enfoque
de proximidad, la incorporación de medidas para mejorar la convivencia cotidiana como un nuevo tipo de trabajo a favor de
la comunidad que busca canalizar a los infractores con perfil de riesgo y la implementación de mecanismos alternativos de
solución de controversias.
Por lo anterior expuesto y fundado la Comisión de Gobernación y Reglamentos, someten a la consideración del H. Cabildo
el siguiente:

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